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Trabajo de arraigo


Enviado por   •  19 de Abril de 2016  •  Ensayo  •  10.799 Palabras (44 Páginas)  •  183 Visitas

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Trabajo de arraigo

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INTRODUCCION

Uno de los problemas que más preocupa a la sociedad mexicana es el relativo a la seguridad.

El incremento de la delincuencia en todos los niveles, el aumento en la comisión de ilícitos de gran impacto social como son el narcotráfico; el robo de vehículos, las violaciones, los secuestros y los homicidios, que se han extendido de manera alarmante por toda la Republica, ha traído como consecuencia que el Estado Mexicano haya modificado su esquema de ataque al delito, reestructurando sus policías y buscando herramientas jurídicas para el combate contra la delincuencia. Una muestra de ello es que desde el 1 de enero de 1991 hasta el 31 de diciembre de 2000 se registraron 16 reformas en el Código Federal de Procedimientos Penales y 28 al Código Penal Federal. Esta década es en la que se han presentado mas reformas a las leyes penales Federales. Asimismo en marzo de 1996 se creo La Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, misma que contiene la descripción normativa de delitos como son el terrorismo, lavado de dinero, acopio y tráfico de armas entre otros y sin lugar a dudas una de las reformas más importantes de nuestro tiempo ha sido la del 18 de junio de 2008, pues marca una nueva etapa del derecho penal en nuestro país.

Una de estas figuras creada por el Estado como herramienta para la lucha contra la delincuencia es la del arraigo, el cual se encuentra en la legislación Federal desde la década de los 80, y ha sido incorporado de manera paulatina en las legislaciones de

diversos Estados de nuestro país.

Mediante el arraigo, el Ministerio Publico restringe la libertad de una persona sobre la que existe una investigación criminal, por un tiempo determinado para integrar pruebas al expediente y consignarlo ante el Juez, para que resuelva sobre la respectivas orden de aprehensión.

El presente trabajo de investigación tiene como finalidad realizar un análisis de la normatividad relativa al arraigo, así como de las decisiones que el Poder Judicial ha realizado en la materia.

Como sabemos naturaleza del derecho penal tanto sustantivo como subjetivo, exige de las autoridades un irrestricto apego a las normas que lo regulan, comenzando por aquellas planteadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, que ponen limite a sus acciones.

El Ministerio Publico fue creado para procurar justicia, realizando todas las acciones necesarias para investigar hechos que puedan constituir un delito y perseguir a los probables responsables, por lo que esta habilitado para realizar diversas acciones, unas de manera oficiosa y otras cuando sea autorizado por un Juez. Ante estas acciones son oponibles las garantías individuales se le concede al acusado por mandato expreso de nuestra Carta Magna.

Con la aplicación del arraigo una persona involucrada en una investigación o proceso judicial debe permanecer en un lugar determinado, lo que afecta directamente la libertad de las personas, y esto nos remite a pensar en las garantías individuales que tenemos como gobernados y la afectación que se puede producir en ellas derivado de la aplicación de esta medida cautelar.

Si bien es cierto que las opiniones con respecto al tema se encuentran divididas, es necesario desde mi punto de vista que se unifique criterios respecto a la materia, pues el no tener delimitado el alcance de la aplicación del arraigo, pone en una situación de inseguridad jurídica a los gobernados del Estado Mexicano.

Capitulo I CONSIDERACIONES GENERALES

1. Antecedentes

Es importante conocer el origen de esta medida y la evolución que ha tenido en la historia legislativa del país.
Al respecto podemos comentar que es una de las medidas cautelares que mas polémica a suscitado en los últimos años, sin embargo no se trata de una figura nueva o novedosa, sus antecedentes se remontan al derecho Romano, en donde la figura del arraigo tenía la finalidad de garantizar, a través de una fianza, el resultado de un juicio. Esta figura siguió evolucionando y nos llega de España a través de las Leyes del Fuero Juzgo, Las Leyes de Partida y las Leyes de Toro. [1]

En nuestro país el arraigo encuentra su antecedente mas remoto en el año de 1977 en el que mediante acuerdo de fecha 1 de Julio del Procurador de Justicia del Distrito Federal dónde se determinó su aplicación, dentro de ciertos supuestos, sobre todo en averiguaciones previas por delitos culposos cuya pena no excediera de cinco años de prisión.

Mediante un acuerdo posterior del 18 de Julio de 1977, se dispuso que en las

averiguaciones previas en el que el probable responsable se encontrará bajo arraigo en su domicilio, sujeto a custodia de otra persona, y se ejercitara acción penal en su contra, ordenaría la presentación de aquél que por conducto de la Policía Judicial ante el Juez competente resolvería su situación jurídica.

Posteriormente el Procurador de Justicia del Distrito Federal , el 14 de febrero de 1978, estableció que en las averiguaciones previas donde procedía el arraigo domiciliario, se debía autorizar a los probables responsables a trasladarse a su lugar de trabajo, a efecto de que pudiera cumplir con sus labores habituales, siempre y cuando fuera solicitado por el interesado ante el Ministerio Publico, precisando su centro de trabajo, ubicación de éste en el Distrito Federal, horario y naturaleza de sus labores, para que posteriormente el Ministerio Publico otorgará la autorización respectiva, recabando la conformidad del custodio y en su caso la del responsable del centro de trabajo, quien asumía el compromiso de dar las facilidades al arraigado para que cumpliera con sus obligaciones ante el Ministerio Publico.

El régimen de arraigo domiciliario o administrativo fue elevado a ley mediante la adición al artículo 217 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal el 26 de diciembre del mismo año.[2]

Posteriormente se realizan reformas a los Códigos Federal de Procedimientos Penales y de Procedimientos Penales del Distrito Federal de 1983, para finalmente establecer esta medida cautelar en el Articulo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales y en diversos Códigos de Procedimientos Penales de las Entidades Federativas, así como en el articulo 12 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.”

1.2 Definición

El Diccionario de la Lengua Española, editado por la Real Academia Española, menciona el sentido jurídico del verbo arraigar, y precisa: “Afianzar la responsabilidad a las resultas de un juicio. Se usa así porque esta fianza suele hacerse en bienes raíces, pero también se puede hacer por medio de depósito en metálico o presentando fiador abonado”.

Se entiende perfectamente que el Diccionario defina el arraigo como una fianza, porque en materia civil la institución pretende asegurar que una persona no pueda por su propia voluntad abandonar la jurisdicción dentro de la cual habita, para evadir así su responsabilidad civil, y nulifique la capacidad de su adversario, que requiere que su próximo contrincante no abandone el lugar donde se le pueda emplazar y enfrentar sus responsabilidades.

ARRAIGO EN SENTIDO AMPLIO

Acción y efecto de arraigar; del latín ad y radicare, echar raíces). Se le considera como una medida precautoria dictada por el juzgador, a petición de parte, cuando hubiere temor de que se ausente u oculte la persona contra quien deba entablarse o se haya entablado una demanda. Tiene por objeto o finalidad impedir que el arraigado abandone el lugar del juicio sin dejar un apoderado que pueda contestar la demanda, seguir el proceso yresponder de la sentencia que se dicte”.[3]

Por su parte Jorge Alberto Silva Silva establece que el Arraigo “es una condición para obtener la libertad provisional y consiste en el acatamiento a la orden que se le da al sujeto, para que no se ausente del lugar dónde se está llevando a cabo el proceso y pueda comparecer a todas las diligencias a las que sea citado, esencialmente esa es la finalidad del arraigo.

Para Jesús Martínez Granelo, el arraigo es imponer a uno la obligación de no salir del lugar del juicio, sino, mediante condiciones.

De las anteriores definiciones podemos establecer que el arraigo es una medida cautelar que tiene por objeto asegurar la disponibilidad del probable responsable en la investigación previa o durante el proceso, es decir es una medida cautelar que se impone durante la averiguación previa, como un medio de vigilancia, de la autoridad al indiciado, para los efectos de que éste cumpla con los requerimientos del Ministerio Publica, en razón de la investigación de un hecho delictivo.

Como podemos advertir las medidas en los procedimientos penales pueden ser también de carácter personal para garantizar el desarrollo del proceso, así como la efectividad de la sanción privativa de libertad, en los casos de sentencias condenatorias de que merezcan tal pena.”[4]

Cabe destacar que el arraigo es un acto esencialmente prejudicial puesto que sirve como herramienta a la autoridad investigadora para que previamente a un proceso logre conformar los elementos deltipo penal.

Aunque excepcionalmente la figura del arraigo puede ser un acto procesal una vez que se solicite cuando está abierto el procedimiento. Hay que puntualizar que los sujetos que intervienen en el arraigo son necesariamente el Ministerio Publico de la Federación en su Calidad de Peticionario o solicitante del arraigo, el órgano jurisdiccional o Juez en materia penal competente de conocer la procedencia de la citada solicitud y el indiciado o individuo que debe quedar arraigado si es que procede la solicitud.

1.2.1. Etimología

Sustantivo formado del verbo arraigar (se), procedente del latín vulgar arradicare (por ad-radicare) "echar raíces" (compuesto de ad-y radico, -are, denominativo de radix, -icis "raiz").

1.3 Naturaleza Jurídica

Es una medida restrictiva de la libertad, que se aplica al probable autor de un hecho delictivo, en los supuestos en que haya peligro de fuga, la prohibición de salir del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez o tribunal.[5]

1.4 Finalidad

Desde el primer acto de procedimiento de la averiguación previa o, en su caso judicial, deben adoptarse medidas o procedimientos cautelares, asegurativos o precautorios que tiendan a proteger la materia y objeto del proceso, con la finalidad de hacer factible la imposición de penas en la sentencia condenatoria.

El arraigo como medida precautoria sirve para preservar la eficacia de la consignación y, en su caso, de la sentencia condenatoria definitiva, en tanto permite al Ministerio Publico tener a su disposición al probable responsable durante la averiguación, lo cual, a su vez, se traduce en una forma de garantizar la seguridad jurídica ya que impide que el sujeto se dé a la fuga y con ello se propicie la impunidad.

Es obvio el ius puniendi que se otorga al Estado, en virtud de la protección de bienes jurídicos, se vería menguado sino pudieran realizarse de parte del representante social consignaciones que requirieran ir con detenido ante el Juez, por virtud de que los indiciados se evadieran de la acción de la justicia. Es por ello que se tolera el arraigo, el que si bien es cierto por un lado vulnera como excepción algunos derechos del inculpado, por el otro también lo es que se tutela los intereses de toda la sociedad dado que el derecho penal es eminentemente público.
Las medidas de aseguramiento en el procedimiento penal pueden ser también de carácter personal, para garantizar el desarrollo del proceso, así como la efectividad de la sanción privativa de libertad, en los casos de sentencias condenatorias. Para estos supuestos nadie duda que desde la averiguación previa se debe efectuar las medidas conducentes a efecto de estar en posibilidades de integrar el los elementos del tipo delictivo y la probable responsabilidad del inculpado y, así ejercitar la acción penal; asimismo, nadie ignora que los sujetos a averiguación previa son proclives a eludirla, ocultándose o fugándose, por lo cual es manifiesta la dificultad en la

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