Aborto investigación
Enviado por Jerson Ludeña Oyola • 1 de Febrero de 2017 • Informe • 803 Palabras (4 Páginas) • 177 Visitas
ARGUMENTACIÓN
- EL ABORTO
El primer país que causa muerte materna es en Argentina, ya que cada año mueren fetos en un valor de 500 mil mujeres que acuden al aborto clandestino y otros 15 mil quedan afectados psicológicamente o en su estado de salud por causas del aborto, ya que esto ocurre cada año. En argentina está permitido la legalidad del aborto “cuando peligra la vida y la salud de la madre” (art.86.1) y si “el embarazo proviene de una violación o un atentado al pudor cometido sobre la mujer idiota o demente” (art.86.2); no obstante, podríamos decir que estos argumentos son legales en muerte de la ley.
La penalización del aborto provoca a la clandestinidad y al nacimiento de un mercado en el cual la vida y la salud de las mujeres tienen insuficiente valor, ya que esto beneficia a la ilegalidad del aborto a unas pocas personas o aun negocio sumamente lucrativo. Entonces la ilegalidad viene a ser una discriminación social o un recurso que puedan acudir las mujeres jóvenes ante esta situación que solo tiene temor a ser denunciadas y no recurre a solicitar una asistencia médica.
El aborto es un homicidio que es dar una muerte a una persona humana o la interrupción del embarazo antes de las 22 semanas de gestación, esto es los 5 meses contados a partir del primer día de la última menstruación en este caso viene a ser ese feto o embrión que tiene derecho a nacer y a vivir; por ende al ser esta persona tiene una totalidad grave a la ley natural y a la Constitución Política, que resulta directamente defensora por el Artículo 2, inciso uno de la Constitución Política, que asegura la vida a todas las personas.
Sin embargo, el llamado aborto terapéutico, viene hacer el fallecimiento de un embrión para salvar la vida de la mujer, ya que los médicos no sustentan condiciones en que para salvar la vida de la madre se tiene que sacrificar al hijo, pero si en todo argumento para salvar a la madre fuera necesario el aborto, este sería igualmente contrario a la ley natural y a la Constitución por tanto nunca puede ser lícito dar muerte a un ser humano para salvar la vida de otro. Es igual si en el caso de la atención a la madre de una terapia forzosa contra una enfermedad, por ejemplo un cáncer, destinada a salvar su vida, trae como efecto ocasional ni como fin ni como medio, la muerte del feto. Entonces el Código penal peruano, nos dice en su artículo 119 que: “no es punible el aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave o permanente”.
Conclusiones:
- Concluimos que el aborto no se puede concretar ni como bueno ni como malo, ya que nadie estaría de acuerdo con las opiniones de los demás, porque cada uno tiene su punto de vista ante este caso que es el aborto, porque para lo que uno es buena opinión para otros es un pecado, ya que Dios nos conoce antes de formarnos en el vientre de la madre por ello debemos analizar si la madre puede aplicar el aborto siempre y cuando no afecte en ninguna situación en la pareja que quiera abortar, ya que en este caso vendría ser la mujer, simplemente por tener “la cabeza caliente” como se dice comúnmente, eso no quiere decir que el ser que está creciendo o se está desarrollando dentro de la mujer, no tiene la culpa de los errores que cometió la pareja, por un capricho o por una vanidad de la mujer etc.
- La palabra abortar lleva formulada a la palabra vida. Por eso, el aborto provocado es una violación, es matar a un inocente indefenso que no puede aprovechar la fuerza, aunque sí “grita” pero es inútil porque no se le escucha, es un problema que enfrentamos en la actualidad y es una de las causas de muerte en nuestro país, muy aparte de que el feto es asesinado también hay riesgos de enfermedades o infecciones que le pueden provocar a la mujer o hasta la muerte, ya que es un problema gravemente que se vive cada día mientras va pasando los años por una simple calentura de los jóvenes.
Referencias bibliográficas:
- Lamas, M. (2003). Aborto, derecho y religión en el siglo XXI. debate feminista,27, 139-164. (aborto, derecho y religión en el siglo XXI)
- Giustiniani, R. Hablar de Aborto. Pagina/12, Edici6n del Viernes (November 15, 2002). Available at http://www. paginal2. com. ar/diario/suplementos/lasl2/13-425-2002-1, 1, 15. (hablar del aborto)
- Ugarte Godoy, J. J. (2006). El derecho a la vida y la Constitución. Revista chilena de derecho, 33(3), 509-527.
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