Bases legales de la enfermería
Enviado por Marie Ramirez • 21 de Mayo de 2021 • Trabajo • 1.629 Palabras (7 Páginas) • 282 Visitas
[pic 1]REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA FUERZA ARMADA
BARQUISIMETO-EDO LARA
[pic 2]
María Peroza 30.146.021
Docente: Maritza Gordillo
Materia: Ética de Enfermería 3D01
Se entiende como responsabilidad profesional en Enfermería la serie de elementos que son el conocimiento del campo profesional así como la capacidad de hacer frente a algo protegiendo la seguridad y el conocimiento en que se desarrolla su labor. Todo esto lleva a que la responsabilidad sea definida como la obligación o la responsabilidad moral o intelectual de cubrir un deber, mandato u obligación. Los profesionales de enfermería adquieren su responsabilidad a través de su formación teniendo su fin en las acciones que desarrolla y van enfocadas a las personas, tanto de manera individual como también de manera social.
Primeramente existen distintos tipos de responsabilidad sobre el cual puede incurrir un profesional tales como la responsabilidad ético-moral, en el que el profesional sanitario tiene la obligación de responder por la consecuencia de sus actos desde la perspectiva moral, cuando se ha actuado de manera incorrecta infringiendo el código deontológico y ético que asume el profesional por el hecho de pertenecer al equipo sanitario, por otro lado la responsabilidad legal es donde el profesional de enfermería tiene la obligación de responder ante el Estado por todas sus actuaciones basándose en unas leyes impuestas, qué, éstas deben estar equilibradas en cuanto a las obligaciones y derechos elaboradas por un poder, con el fin de conseguir un bien común antes que el bien particular.
También encontramos en el ámbito de responsabilidad; la responsabilidad penal, qué , es el tipo de responsabilidad que se deriva del derecho penal , encargándose de castigar los comportamientos antijurídicos que atentan contras los bienes jurídicos más preciados.
Aquí se ven envueltos tanto profesionales sanitarios privados, como profesionales sanitarios empleados de la sanidad pública.
La responsabilidad penal se basa en dos pilares básicos: el delito y la pena; el delito se refiere a la conducta no permitida desde el punto de vista legal que se ha llevado a cabo y la pena hace referencia a la sanción que dicho acto conlleva; ésta la impone el Estado.
En este contexto, en lo que al ámbito de sanidad se refiere , esta responsabilidad legal se dirige hacia la acción u omisión de procedimientos sanitarios, sea de manera dolosa o imprudente, acciones que están tipificadas como delito en nuestro código penal. En este caso es oportuno hablar de dolo y de imprudencia.
Se dice que el personal sanitario actúa de forma dolosa, cuando sabe lo que hace y aun así quiere hacerlo; de otra forma se dice que el profesional actúa de manera imprudente, cuando omite algún procedimiento ya sea por desconocimiento u olvido.
Responsabilidad civil es aquella que nace de la Ley, de los contratos o cuasi contratos, y de las omisiones o actos ilícitos en el que intervenga la culpa o negligencia. De esta manera podemos decir, que se trata de establecer la posible existencia de alguna responsabilidad; es inevitable que se den los 3 elementos tales como; Acción u omisión ilícita, Daño, Relación de causalidad. No obstante la responsabilidad contentioso-administrativa es aquella responsabilidad tipo común que es la encargada responder a los actos del personal sanitario en el caso que se produzcan lesiones provocadas por el buen funcionamiento o mal funcionamientos de los servicios públicos. Afecta solo y exclusivamente a los profesionales de la Sanidad Pública y a los centros concertados cuando atiendan a pacientes derivados de la Seguridad Social. Para exigir responsabilidad contencioso-administrativa, es necesario que concurran los elementos de acción/omisión, daño y relación de causalidad. Con respecto a las situaciones legales en las que el personal sanitario puede enfrentarse esta Iatrogenia que son aquellas complicaciones que se generan a pesar de haber tenido una buena técnica, prudencia y observación de los reglamentos, la negligencia definida como aquella ignorancia, imprudencia o mala organización que le provoca al paciente un daño temporal o incluso la muerte, Negligencia la cual es la falta de cuidado que implica riesgo para el personal y para terceros, Incompetencia se trata de la falta de capacidad del personal para llevar a cabo una tarea determinada, Impericia es la falta de capacidad,habilidad,experiencia y conocimiento de la persona que emprende una asistencia, un tratamiento, particularmente cuando éstos no han sido certificados por alguna institución reconocida legalmente. Imprudencia es la realización de un acto sin las adecuadas prevenciones. Por ultimo esta la inobservancia forma de acción culposa existiendo una orden verbal o escrita con un fin de prevenir un daño y ordenado por un superior responsable. La práctica de enfermería como profesión, constantemente se guía con un conjunto de investigaciones científicas la cual ayuda identificar los problemas y a tomar las decisiones para así poder resolverlos, inclusive se guía por principios de las ciencias sociales, biológicas y físicas.
Por otra parte la responsabilidad vicariante es aquella obligación que tiene el personal de salud de reparar la consecuencia de los actos realizados, descuidos y errores intencionados o involuntarios cometidos en el ejercicio de su profesión, es decir el personal sanitario que en la hora de administrar un medicamento ocasiona un daño a paciente, este debe repararlo y esa responsabilidad tiene un gran presupuesto en los principios de la responsabilidad, los cuales se definen como “todo hecho ejercido con capacidad, voluntad del personal y libertad, genera una gran obligación si esta llega a causarle algún daño a otra persona.
...