Contestación incidente de liquidacion de pención.
Enviado por davidmoyao • 1 de Junio de 2016 • Ensayo • 3.220 Palabras (13 Páginas) • 5.930 Visitas
Ileana Dafne Solis Parroquin
Vs.
Luis Alonso Barragán Pérez
Controversia del orden familiar.
Expediente 350/2006
Secretaria tercera.
C. JUEZ SEXTO CIVIL EN MATERIA FAMILIAR Y DE
SUCESIONES DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.
P R E S E N T E.
C. Luis Alonso Barragán Pérez, promoviendo por propio derecho, personalidad acreditada en autos del expediente al rubro citado, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en calle Marquelia, número 05, colonia ampliación Lázaro Cárdenas del Río, Municipio de Cuernavaca, Morelos, señalando para esos mismos efectos a los C.C. Erika Trinidad Melgar y David Moyao Bahena, designado como mis abogados patronos a los licenciados en derecho José Moreno Mañón y Ana Lilia Miranda Figueroa, ante Usted C. Juez comparezco a exponer:
Por medio del presente, vengo a dar contestación a la vista que me fue señalada por su Señoría respecto al incidente planteado por la C. Ileana Dafne Solis Parroquin, la cual contesto en los siguientes términos:
Respecto al hecho marcado con el numeral 1), este hecho es cierto en la parte que refiere que existe una sentencia definitiva que me condeno a pagar la cantidad que menciona la actora incidentista, sin embargo es falso que haya dejado de acatar mi obligación de dar alimentos, la verdad, es que lo he hecho, solo que de forma distinta a la resuelta en la sentencia definitiva dictada en autos, tan es así que la misma actora incidentista a confesado expresamente que ha recibido pagos parciales en efectivo y que me ha extendido recibo por esos pagos, sin embargo de forma dolosa omite contabilizarlos en la planilla de liquidación que exhibe, y señala que solo ha firmado doce recibos y que los mismos obran en autos, pero lo cierto es que existen más recibos por concepto de pensión alimenticia, los cuales obran todavía en mi poder y que serán exhibidos en la presente contestación y con lo que se demostrara que he cumplido con mi obligación de dar alimentos, sin que pase por alto que son más de doce los recibos los que obran en autos
Respecto al hecho marcado con el numeral 2), Es falso que me abstenga de cumplir con mi obligación de proporcionar alimentos a mis menores hijos.
Respecto al hecho marcado con el numeral 3), es cierto que existe una interlocutoria de fecha 24 veinticuatro de marzo de 2009, pero la verdad de las cosas es que he cubierto la pensión alimenticia requerida por mis menores hijos, como lo demostrare durante la tramitación del presente incidente, así mismo resulta falso que en todo momento haya contado con una fuente de trabajo, porque no ha sido así, aunado en que al momento de que fuese tramitado el incidente mencionado en este hecho, el suscrito se encontraba incapacitado, y no pude hacerlo saber a ese Juzgado, porque no tenía los recursos para contratar un abogado, y me limite a recibir el apoyo de pasantes en derecho.
El segundo párrafo de este hecho es falso ya que he cumplido con mi obligación de dar alimentos, señalando que existen diversos certificados de entero agregados a los autos del juicio en que se actúa, y como lo señale en la contestación al hecho uno, también he cumplido aunque de forma distinta a la señalada en la sentencia definitiva dictada en autos, y como lo ha aceptado la propia actora incidentista, siendo falso que deba 82 meses de pensiones alimenticias.
Respecto al hecho marcado con el numeral 4), este hecho es falso ya que como he manifestado he cumplido con mi obligación de las formas ya señaladas.
Respecto al hecho marcado con el numeral 5), este hecho contiene la planilla de liquidación siendo falso que adeude la cantidad requerida por la actora incidentista, por lo cual exhibo junto con esta contestación los comprobantes de pago de pensiones alimenticias, los cuales han sido firmados por la actora incidentista, y con los cuales acredito que he cumplido con la obligación de otorgar alimentos.
Es importante hacer del conocimiento a su Señoría que el suscrito he cumplido con mi obligación de proporcionar alimentos, aunque de una forma distinta a la señalada en autos, pues el suscrito le he entregado a la actora incidentista el dinero de la pensión alimenticia en sus manos, e incluso en algunas ocasiones me ha firmado recibos de por ese concepto, y también en otras a omitido firmarme el recibo de alimentos, así mismo de forma directa se los he entregado a mis menores hijos, por lo cual desde este momento solicito sean citados a una audiencia de presentación de menores para que puedan testificar sobre este hecho.
P R U E B A S:
1.- LA CONFESIONAL.- A cargo de la C. Ileana Dafne Solis Parroquin, quien deberá de absolver personalmente y no por conducto de su apoderado las posiciones que se le formulen el día y hora que se señale para tal efecto, debiéndosele citar con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia será declarada confesa de las posiciones que se le formulen, prueba que se relaciona con la contestación a los hechos 1, 2, 3, 4 y 5 del Incidente que se contesta.
2.- LA DECLARACIÓN DE PARTE.- A cargo de la C. Ileana Dafne Solis Parroquin, la cual se desahogara conforme al interrogatorio que se le formule oportunamente, debiéndose citar para tal efecto, prueba que se relaciona con la contestación a los hechos 1, 2, 3, 4 y 5 del Incidente que se contesta.
3.- LA TESTIMONIAL a cargo de los C.C. Gloria Esmeralda Weissenberg Pérez, Jorge Alberto Vázquez Castro y Jorge Barragán Pérez, todos con domicilio ubicado en la avenida Domingo Diez, numero 1585, colonia el Empleado, Cuernavaca, Morelos, quienes declararán al tenor del interrogatorio que se les formule, comprometiéndome a presentarlos ante este Juzgado el día y hora que se señale para el efecto de desahogar las testimoniales ofrecidas, prueba que se relaciona con la contestación a los hechos 1, 2, 3, 4 y 5 del Incidente que se contesta.
4.- DOCUMENTALES PRIVADAS.- Consistentes en:
a) Una factura donde cubro el pago de educación de la menor Barragán Solís Fernanda
b) Un recibo de pago del instituto educativo las fuentes donde se desprende el pago de la colegiatura del menor Barragan, Solís Bruno Alonso
c) Cinco recibos de pago de pensión alimenticia correspondiente al mes de octubre firmado por la actora incidentista.
d) Una copia simple de dos recibos firmados por la actora incidentista donde se señala que recibe diversas cantidades.
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