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Impuesto al valor agregado El 'IVA'


Enviado por   •  8 de Julio de 2013  •  Tesis  •  2.100 Palabras (9 Páginas)  •  365 Visitas

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Impuesto al valor agregado El 'IVA' es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo entregar la diferencia al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sín derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad de la empresa.

Lo que conocemos actualmente como IVA, en las antiguas civilizaciones como la egipcia y ateniense existía un impuesto a las ventas. Después de la primera guerra mundial apareció en la legislación de muchos países y se fue generalizando.

• En términos generales el IVA es un impuesto nacional a los consumos que tiene que ser abonado por las personas en cada una de las etapas del proceso económico, en proporción al valor agregado del producto, así como sobre la realización de determinadas obras y locaciones, y la prestación de servicios. En Venezuela comenzó a regir a partir de enero de 1975 por la Ley 20.631. El IVA reemplazó al impuesto nacional a las ventas, también debía reemplazar los impuestos locales de actividades lucrativas.

• Los cambios profundos que trae aparejados cualquier proceso de transformación, han requerido la adopción de ciertas estrategias que permitan lograr eficientemente los objetivos planteados, la primera de dichas estrategias se inició en el año 1929, con la propuesta de una administración para el impuesto del valor agregado

• Además de este impuesto, también en Venezuela se aplica uno conocido como el IDB o impuesto al debito bancario, este impuesto es aplicado con el objeto de percibir mas fácilmente ingresos extraordinarios de manera mas rápida a los percibidos por las negociaciones petroleras con la finalidad de ser empleados dentro de las operaciones financieras de la empresa y lograr una optimización de los servicios por ellos prestados. Sin embargo, hay que tomar en cuenta los efectos que tienen en los venezolanos la aplicación de estos o cualquier otro impuesto, tomando en cuanta las razones por las cuales son implementados, quien lo hace, que características presentan, etc., lo cual se explicara en le presente informe.

Es el impuesto que se paga por la transferencia de bienes y por la prestación de servicios. Se denomina Impuesto al Valor Agregado por ser un gravamen que afecta a todas las etapas de comercialización pero exclusivamente en la parte generada o agregada en cada etapa.

¿Quién debe pagar?

Deben pagar todos los adquirentes de bienes o servicios, gravados con tarifa 12%. El pago lo hará al comerciante o prestador del servicio, quien a su vez, luego de percibir el tributo lo entrega al Estado mediante una declaración. En el caso de importaciones paga el importador el momento de desaduanizar la mercadería.

¿Sobre qué se paga?

El IVA se paga sobre la base imponible que está constituida por el precio total en el que se vendan los bienes o se presten los servicios, precio en el que se incluirán impuestos, tasas u otros gastos atribuible. En importaciones sobre el valor CIF más impuestos, aranceles y otros gastos imputables al precio.

¿Cuál es el Período Tributario?

El IVA es un impuesto que debe ser declarado y pagado en forma mensual, sin embargo, la declaración puede ser semestral cuando los bienes vendidos o los servicios prestados están gravados con tarifa cero por ciento.

¿Existen retenciones en este impuesto?

Si, el sector público, las sociedades, los contribuyentes especiales y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, están obligados a retener el IVA, cuando adquieran bienes o servicios a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Para mayor información relacionada con este tema, por favor, haga clic en el siguiente enlace.

¿Cuándo se debe pagar?

La declaración y pago del IVA se debe realizar desde el primer día hábil del mes siguiente al que corresponde la información hasta las fechas que se detallan a continuación:

Noveno Dígito

Declaración Mensual

Declaración Semestral

Primer semestre

Segundo semestre

1

10 del mes siguiente 10 de enero

10 de julio

2

12 del mes siguiente 12 de enero 12 de julio

3

14 del mes siguiente 14 de enero 14 de julio

4

16 del mes siguiente 16 de enero 16 de julio

5

18 del mes siguiente 18 de enero 18 de julio

6

20 del mes siguiente 20 de enero 20 de julio

7

22 del mes siguiente 22 de enero 22 de julio

8

24 del mes siguiente 24 de enero 24 de julio

9

26 del mes siguiente 26 de enero 26 de julio

Las Instituciones del Sector Público pueden presentar su declaración hasta el 28 del mes siguiente al que corresponde la información, independientemente de su noveno dígito.

¿Cómo declara una persona natural?

En el formulario 104 las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que realizan operaciones de comercio exterior, el resto de personas naturales presentarán su declaración en el formulario 104-A. Para la declaración podrán utilizar las siguientes alternativas:

• En las Instituciones del Sistema Financiero utilizando los formularios preimpresos.

• En las oficinas del SRI cuando se trata de declaraciones sin valor a pagar, utilizando los formularios preimpresos.

• En las oficinas del SRI en medio magnético, solo en el caso de Contribuyentes Especiales.

• A través de Internet, utilizando el DIMM para elaborar la declaración.

¿Cómo declara una sociedad?

Deberán presentar su declaración en el formulario 104, utilizando las siguientes alternativas:

• En las Instituciones del Sistema Financiero utilizando los formularios preimpresos.

• En las oficinas del SRI cuando se trata de declaraciones sin valor a pagar, utilizando los formularios preimpresos.

• En las oficinas del SRI en medio magnético, solo en el caso de Contribuyentes Especiales.

• A través de Internet, utilizando el DIMM

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