Ensayo Académico Sobre la Familia y el matrimonio
Enviado por Josselyn-cepa20 • 21 de Julio de 2023 • Ensayo • 2.070 Palabras (9 Páginas) • 208 Visitas
ENSAYO ACADÉMICO SOBRE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO
En la familia y el matrimonio se constituyen algunos pilares muy fundamentales en toda la sociedad ecuatoriana, en la regulación constitucional de estos aspectos es de vital importancia para poder garantizar los derechos y los deberes de los individuos que son involucrados. El ensayo tiene como objetivo explorar la regulación constitucional de la familia, analizar la definición constitucional y legal del matrimonio, y examinar los requisitos de validez que, de ser omitidos, pueden llevar a la nulidad matrimonial según la normativa ecuatoriana.
El Derecho en la familia es el conjunto de muchas leyes y reglamentos que rigen en las interacciones personales y financieras en los miembros de una familia, tanto entre la familia y personas ajenas.
FAMILIA - CONSTITUCIÓN
La diversidad de los tipos de familia, tiene la responsabilidad el Estado de proteger fundamentalmente en la sociedad que promuevan plenamente la realización de sus objetivos, todas las familias pueden formarse a través de lazos legales o basarse en la igualdad de derechos y oportunidades para todos los miembros de la familia.
El matrimonio es la unión voluntaria entre un hombre y una mujer, donde el consentimiento es libre de las personas que contraen matrimonio, es fundamental porque se garantiza la igualdad de derechos, deberes y capacidad legal para ambos cónyuges.
CÓDIGO CIVIL, ARTÍCULO 67.-
1.- La presunción de muerte debe declararse por el juez del último domicilio que el desaparecido haya tenido en el Ecuador, se justifica que previamente se ignora el paradero que se ha hecho las posibles diligencias para averiguarlo, y desde la fecha de las últimas noticias que se obtuvo la existencia del desaparecido, han transcurrido dos años.
2.- En estas pruebas la citación al desaparecido que se practicará conforme con lo establecido para el efecto en el Código Orgánico General de Procesos.
3.-La declaración puede ser pedida por cualquier persona que tenga interés en ella, con tal que hayan transcurrido tres meses, a lo menos, desde la última citación.
4.- El juez fijará el día presuntivo de la muerte, contado desde la fecha de las últimas noticias; y transcurridos tres años desde la misma fecha, concederá la posesión provisional de los bienes del desaparecido.
Una relación estable y monógama entre dos personas que no tienen vínculo matrimonial y que forman un hogar de facto, durante el tiempo y bajo las condiciones y circunstancias establecidas por la ley, otorgará los mismos derechos y responsabilidades que tienen las familias constituidas a través del matrimonio.
En cuanto a la adopción, esta se limitará a parejas conformadas por personas de distinto sexo.
Constitución de la República del Ecuador, Artículo 68.- Toda unión estable y monogámica entre dos personas libres del vínculo matrimonial que forman un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señala la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen todas las familias constituidas mediante matrimonio.
La adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo ósea hombre y mujer.
Artículo 69.- Para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia:
- Se promueve la maternidad y paternidad responsables, la madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijas e hijos, en particular cuando se encuentren separados de ellos por cualquier motivo.
- El Estado protege a las madres, a los padres y a quienes sean jefas y jefes de familia, en el ejercicio de sus obligaciones, y prestará especial atención a las familias disgregadas por cualquier causa.
- La corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.
- Las hijas e hijos tendrán los mismos derechos sin considerar antecedentes de filiación o adopción.
- No se exigirá declaración sobre la calidad de la filiación en el momento de la inscripción del nacimiento, y ningún documento de identidad hará referencia a ella.
FAMILIA / PARENTESCO
Toda familia es un grupo de individuos que están totalmente unidos a través del matrimonio, la unión de hecho es la filiación o la adopción. Mientras que el parentesco es la relación legal que une a dos o más personas basada en su vínculo familiar.
En el Código Civil señala en el Artículo 22 y 23 lo siguiente:
Artículo 22.- La consanguinidad entre dos personas se cuentan por el número de generaciones. El nieto está en segundo grado de consanguinidad con el abuelo y dos primos hermanos, en cuarto grado de consanguinidad entre sí.
Una de las dos personas es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea recta y cuando las dos personas proceden de un ascendiente común, y una de ellas no es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea colateral o transversal.
Artículo 23.- El parentesco que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer, entre uno de los padres de un hijo y los consanguíneos del otro progenitor.
En la línea y grado de afinidad dos personas se determinan por la línea y grado de consanguinidad respectivos así, entre suegros y yernos hay línea recta o directa de afinidad en primer grado y entre cuñados, línea colateral de afinidad en segundo grado.
LA UNIÓN DE HECHO.
Cuando una relación de convivencia estable y duradera entre dos personas sin estar formalmente casadas. La relación se basa en un compromiso mutuo que se puede tener aspectos similares al matrimonio, como la cohabitación, el apoyo mutuo y la responsabilidad compartida. Aunque varía según la legislación de cada país, en general, la unión de hecho puede otorgar ciertos derechos y obligaciones legales a las parejas involucradas.
En el Código Civil, Artículo 222.- La unión estable entre dos personas libres de vínculo matrimonial, mayores de edad, que formen un hogar de hecho, genera los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante un matrimonio y da origen a una sociedad de bienes.
EL MATRIMONIO
Un matrimonio es toda la unión legal y totalmente reconocida entre dos personas, generalmente un hombre y una mujer, con el propósito de establecer una relación comprometida, en formar una familia y brindarse apoyo mutuo, eso establece en nuestra normativa ecuatoriana en el Código Civil, Articulo 81.- El matrimonio es un contrato solamente por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente en todo momento.
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