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Importancia y relación del derecho como orden normativo con respecto a los otros ordenes normativos que son la religión, la sociedad y la moral.


Enviado por   •  11 de Julio de 2022  •  Síntesis  •  1.662 Palabras (7 Páginas)  •  125 Visitas

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IMPORTANCIA Y RELACIÓN DEL DERECHO COMO ORDEN NORMATIVO CON RESPECTO A LOS OTROS ORDENES NORMATIVOS QUE SON LA RELIGIÓN, LA SOCIEDAD Y LA MORAL.

INTRODUCCIÓN

Hans Kelsen en su obra “Teoría General del Derecho y del Estado” dice que “El derecho es un orden de la conducta humana y que la aspiración a la justifica, es el eterno anhelo humano de felicidad. El individuo aislado no puede, en cuanto tal, encontrar la felicidad, y por ella la busca en la sociedad. Justifica es felicidad social”.

Kelsen consideraba que la felicidad no se consolidaba en un orden social, sino más bien esta debería se relacionada a un sentido colectivo, es decir, la satisfacción de ciertas necesidades que el legislador reconoce como dignas de ser satisfechas, y esto es regulado por las normativas.

Entre los aspectos mas importantes del Derecho como tal, es la normativa, que son decretos de ordenes normativos, y que, entre sus principales características, es que no son expresión de lo es o acontece, sino de lo que debe ser o acontecer. Estás tienen su principal diferencia con las leyes en que son enunciados referidos a fenómenos culturales y humanos. Las normas no son contempladas como una ley fáctica, es decir, siempre se contempla la posibilidad de su violación y de su incumplimiento.

Están elaboradas en base al principio esencial de la libertad y la posibilidad de elección de ser cumplida o no por los destinatarios, es por esto que la norma tiene sentido como tal, como normas dirigidas a personas libres. Es por esta razón, que una norma es una orden general, dada por quien tiene autoridad, para un grupo de personas con el fin de regular la conducta de otros. Es de esta manera, que se presentan las normas que dirigen las acciones del hombre y el sentido de estas, esto dependerá en gran medida del tipo de norma a la cual se sujete el individuo. Existen una variedad de normas en las que cada una tiene distinciones propias, entre ellas encontramos las normas jurídicas, normas morales, normas sociales y normas religiosas. El mismo Kelsen afirma que una norma es el sentido de un acto con el cual se ordena o permite, y en especial, se autoriza un comportamiento; El que obedece a la norma está regulando su conducta conforme a la regla dada y contenida en la norma.

CONTENIDO

El Derecho y la Religión como órdenes normativos

Se define por religión como un modo de pensar, de sentir y de actuar, por el cual el ser humano se vincula con una entidad religiosa y le da culto. Partiendo de este concepto, las normas religiosas son el conjunto de normas enunciadas al hombre por Dios, estas normas son manifestadas en la tradición, cultura y documentos religiosos. A través de estos mandatos que son de carácter obligatorio, se regula la conducta del hombre en relación a una deidad, las cuales han sido enunciadas por el mismo Dios o sus representantes en la tierra o en el mundo físico, cuyo cumplimiento está impuesto por la fé que los individuos profetizan.

Las normas religiosas están estrechamente relacionadas con las normas morales, por lo tanto, la dimensión moral es esencialmente religiosa y no deberían ser consideradas como independientes entre sí. En el pensamiento puro, se dice que todo hombre sinceramente moral será, a la vez, realmente religioso, ya sea que este reconozca o no su religiosidad. Y, a su vez, todo hombre auténticamente religioso será un hombre verdaderamente moral.

En la actualidad, el pensamiento religioso ha empezado a tomar un giro filosófico de creencias, el termino “religión” se empieza a utilizar para describir lo natural, se admite que, por su razón natural y su pensamiento moderno, reconocer tan solo la existencia de una deidad, y la obligatoriedad de algunas conductas y normas parece mas adecuado y correcto para un gran colectivo, que la afinación a una iglesia determinada la cual reclama una manifestación propia de un Dios. Es decir, no admiten religiones reveladas o positivas.

Las normas religiosas guardan relación con el Derecho y las normas jurídicas, prima el principio de Obligatoriedad y ejercen la coacción a los individuos que violan las mismas. Es bastante común que, entre las normas de una determinada religión revelada, se encuentren algunas que sean el fundamento de la institución de una iglesia y la obligación de los fieles de obedecerla. Esa iglesia podrá, entonces, promulgar normas obligatorias para sus fieles; es aquí, donde nace un Derecho eclesiástico, conocido como Derecho Canónico.

Las normas de una iglesia, que promulga una religión o da culto a una deidad, son ya consideradas normas jurídicas, aunque tengan su base en las normas religiosas; tienen como objetivo el bien común de la comunidad, tanto de sus fieles como de los no seguidores de la iglesia, regulan asuntos temporales y espirituales de la comunidad e individuos pertenecientes, con colectividad del Gobierno, pueden imponer sanciones e incluso actos de coactividad.

El Derecho y la Sociedad como órdenes normativos

Ubí societas, ibis ius: donde hay sociedad, hay derecho. Y donde hay derecho hay personas que se ocupan de crear nomas, aplicarlas y explicarlas. Se trata de funciones con tradición de siglos que en muchos aspectos han cambiado.

El estudio del Derecho es un fenómeno que pertenece a la Sociedad, y el término “Sociedad”, nace de la necesidad humana de agruparse estableciendo normas sociales y jurídicas. Se puede definir las normas sociales como el método de regularización que adoptan espontáneamente un grupo o un subgrupo de individuos para hacer mas previsible y humana la convivencia, y así limar las asperezas que puedan emerger de lo insólito, de lo tosco o grosero o simplemente, de lo incivilizado.

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