Delito penal Guía Teoría General del Proceso
Enviado por Alejandro Galvan • 7 de Diciembre de 2015 • Biografía • 1.578 Palabras (7 Páginas) • 189 Visitas
Guía Teoría General del Proceso
Derecho Procesal: Conjunto de actos mediante los cuales se constituye, se desarrolla y determina, la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes, y las demás personas intervinientes; y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados, y en el derecho aplicable.
Procedimiento Judicial (Juicio): Es la actividad del estado que fundamentada en el artículo 17 Constitucional y por conducto de las autoridades jurisdiccionales se lleva a cabo para lograr la aplicación del derecho a un caso concreto controvertido que es planteado. Lo anterior se logra con el pronunciamiento de la sentencia o resolución judicial que corresponda y que emiten dichas autoridades.
La jurisdicción (Ámbito o territorio en el que se ejerce esa autoridad o poder) para un eficaz cumplimiento de dicho objetivo se clasifica en contenciosa, voluntaria y mixta.
- Contenciosa: Una persona exige algo a otra que no está de acuerdo.
- Voluntaria: ambas partes están de acuerdo (Divorcio voluntario).
- Mixta: están de acuerdo en ciertas partes.
Sentencia: Resolución de un juez o un tribunal con la cual se concluye un juicio o un proceso, es lo mismo que una resolución judicial. Puede haber una definitiva o interlocuoria la definitiva pone fin al litigio (resuelve el problema principal) y la segunda pone fin a un accesorio (resuelve el problema que sale del mismo jucio).
Litigio: Conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia de juicio, sinónimo de juicio, situación entre dos partes en el que uno menciona tener un derecho y el otro menciona también tenerlo.
La litis se determina en la contestación.
Pretensión: Voluntad, intensión exteriorizada para someter un interés ajeno al propio es dar o no hacer, Intención de exigirle algo a alguien de dar o no hacer.
Proceso: conjunto complejo de actos del estado como soberano de las partes interesadas y de los terceros a la relación sustancial, toda serie de actos realizados por el acto judicial, partes y terceros (peritos, testigos, etc.)., actos todos que tienden a la aplicación de un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo
Ramas y fuentes del derecho procesal
- Derecho procesal dispositivo
Derecho Procesal Civil: Regula el proceso destinado a solucionar los litigios de carácter civil.
Derecho Procesal Mercantil: Regula el proceso destinado a solucionar los litigios de carácter mercantil.
- Derecho Procesal Civil
Derecho Procesal del Trabajo: Regula el proceso destinado a solucionar litigios derivados de una relación. (Patrones empresarios con trabajadores)
Derecho Procesal Agrario: Regula el proceso destinado a solucionar los litigios de propiedad, posesión y explotación agraria.
Derecho Procesal de la seguridad Social: Regula el proceso destinado a solucionar los conflictos surgidos con motivos de interpretación y aplicación de normas sobre la seguridad social
- Derecho Procesal Publicistico:
Derecho Procesal Penal: Regula el proceso que soluciona las controversias sobre la comisión de los delitos y la aplicación de las penas a los que resultes culpables de ellas.
Derecho Procesal Administrativo: Regula el proceso destinado a solucionar problemas surgidos entre la administración publica, con motivo de la interpretación y aplicación de los actos y contratos de carácter administrativo.
Derecho Procesal Familiar y del Estado Civil: Regula el proceso destinado a solucionar los conflictos que surgen de la familia y el estado civil de las personas.
Derecho Procesal Constitucional: Regula los procesos destinados a resolver los conflictos sobre la interpretación y aplicación de las normas constitucionales.
Grupos procesales: Privado (Civil y mercantil), Social (Agraria laboral, seguro social) y público (derecho penal, constitucional y administrativo)
Etapas del Procedimiento no penal: Expositiva o Postulatoría, Probatoria, Conclusiva, Segunda Instancia, y Ejecución Procesal.
- Expositiva o Postulatoria: las partes expresan sus demandas, contestaciones, sus pretensiones y excepciones así como los hechos y las disposiciones jurídicas en que se fundan aquellas.
Excepciones: Especie de defensa ante el demandante, todas las formas de extinguir oblicaciones pueden ser excepciones.
Consta de: Demanda – Contestación – Replica – Duplica.
- Probatoria: En ella las partes y el juzgados realizan los actos tendientes a proar los hechos controvertidos, pruebas son las que la ley toma como pruebas por parte de las partes. Se da el Ofrecimiento – Admision o desechamiento – Preparación de las pruebas admitidas – practica ejecución o desahogo de los medios de prueba admitidos y preparados
- Conclusiva: Las partes expresan sus alegatos o conclusiones respecto de la actividad procesal y el juzgador también expone sus propias conclusiones en la sentencia, poniendo termino al proceso en su primera instancia.
- Segunda Instancia: Procesde el recurso de apelación y cuando este no procede se aplica el recurso de amparo, a través de este se pueden impugnar tanto las sentencias dictadas en segunda instancia como las sentencias contra las que no procede apelación (Contingentes)
Amparo: garantía que otorga el ordenamiento jurídico cuando se produce una vulneración de los derechos
Tipos de amparo: Directo e Indirecto; El indirecto se da en cualquier parte del jucio y el directo solo al final del juicio
EN LOS JUICIOS CIVILES O MERCANTILES PUEDE HABER APELACIÓN, EN LO LABORAL NO HAY APELACIÓN.
Jurisdiccion: actividad del estado encaminada a la actuación del estado encaminada a la actuación del estado para aplicar el derecho a un caso concreto controvertido, función soberana del estada realizada a través de una serie de actos que están proyectados o encaminados a la solución de un litigio o controversia mediante la aplicación de una ley general a un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo, actividad del estado encaminada a la actuación del derecho positivo mediante la aplicación de la norma general al caso concreto, su culminación es con la sentencia. (ESPECIE)
...