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Enviado por   •  7 de Julio de 2014  •  1.918 Palabras (8 Páginas)  •  387 Visitas

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DERECHO

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas al acatamiento de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos humanos.

Se puede decir también que el derecho es el conjunto de leyes, valores, reglamentos creadas por un Estado, que pueden tener un carácter permanente y obligatorio de acuerdo a la necesidad de cada una y que son de estricto cumplimiento por todas las personas que habitan en esa comunidad para garantizar la buena convivencia social entre estas.

CLASIFICACIÓN DEL DERECHO.

El derecho se divide en dos grandes ramas las cuales son: derecho público y derecho privado.

Derecho Público: Es el conjunto de normas que se refiere a la organización del Estado y a la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al Estado le corresponden.

Derecho publico interno

• Derecho Constitucional: Determina la estructura orgánica del Estado, su forma de gobierno, sus distintos órganos, funciones y atribuciones, así como las relaciones de los mismos entre sí. Garantiza además a las personas físicas y morales una esfera de derecho jurídicamente invulnerable frente al Estado mismo, mediante el reconocimiento de los derechos públicos subjetivos o garantías individuales

• Derecho Administrativo: Tiene por objeto regular todo lo relacionado con la administración pública y la prestación de servicios públicos. Para el logro de esta finalidad reglamenta relaciones entre los particulares y los órganos del poder público encargados de dicha administración.

• Derecho Fiscal: Regula los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos a que tienen derecho los erarios federales y locales; el procedimiento para el cobro de los mismos; las sanciones por incumplimiento de los infractores; los recursos ordinarios y extraordinarios, la organización de los órganos jurisdiccionales y reglas de procedimiento para resolver las controversias que surjan en la fijación y cobro de los créditos fiscales y prestaciones accesorias.

• Derecho Procesal: Regula la función jurisdiccional del Estado para la administración de justicia, a fin de que se resuelvan los conflictos que surjan entre particulares, o se esclarezcan los derechos o situaciones jurídicas dudosas, eliminando la incertidumbre jurídica. También se ocupa de regular la función punitiva del Estado, para determinar el procedimiento que habrá de seguirse en la investigación de los delitos y la imposición de las penas en su caso.

• Derecho Penal: Determina cuáles son los hechos punibles o delitos, las penas o sanciones respectivas y las medidas preventivas para defender a la sociedad contra la criminalidad.

• Derecho Agrario: Es el conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola.

• Derecho del Trabajo: Tiene por objeto regular las distintas relaciones jurídicas que se crean entre trabajadores y patronos por virtud del contrato de trabajo, ya sea individual, colectivo y contrato-ley. Es la norma que se propone realizar la Justicia Social en el equilibrio de las relaciones entre el trabajo y el capital.

Derecho público externo

• Derecho Internacional Público: Regula las relaciones jurídicas, pacíficas o belicosas que surjan entre los distintos Estados de la Comunidad Internacional. Rige las relaciones de los Estados entre sí. Se norman derechos y deberes y se determina el límite del ejercicio de sus competencias.

• Derecho Internacional Privado: Resuelve en qué casos pueden aplicarse las leyes del Estado a los nacionales que radiquen en el extranjero, o bien, cuándo los extranjeros pueden invocar su ley nacional para que ésta se les aplique en el territorio del Estado en donde se encuentren, es decir, con alcance territorial.

Derecho privado: Es el conjunto de normas que rige las relaciones entre los particulares, normas que le son aplicables al Estado cuando no ejerce funciones de poder político. Entre estos encontramos:

• Derecho Civil: Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes o en relación con las cosas. Se divide en 5 partes:

1. Derecho de las Personas

2. Derecho Familiar

3. Derecho de los bienes

4. Derecho sucesorio

5. Derecho de las obligaciones

DERECHO MERCANTIL

Es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos que la ley considera como actos de comercio. Es un conjunto de normas, reglas y preceptos, que regulan las actividades del comercio.

A su vez se puede decir que es la rama del Derecho Privado que regula las operaciones jurídicas entre comerciantes y no comerciantes.

Se dice que el Derecho Mercantil es autónomo en virtud de que no depende de ninguna otra disciplina jurídica para existir, tiene su propio sistema normativo, dispone de su propia jurisprudencia y de su doctrina.

DERECHO LABORAL

Es una rama del derecho cuyo fin principal es proteger al trabajador. Está inspirado en criterios de humanismo y protección. Es una rama nueva en formación inspirada en principios totalmente opuestos a los que informan al Derecho clásico, protectora, foral y en su generalidad conteniendo mandatos de orden público.

OBLIGACIONES PROFESIONALES DE LOS COMERCIANTES

Hacen referencia los deberes que deben cumplir cada persona que practique tal actividad

El artículo 16 del Código de Comercio establece que todos los comerciantes por el solo hecho de serlo están obligados:

a) A la publicación de su calidad mercantil.

b) A la inscripción en el Registro Público de Comercio.

c) A mantener un sistema de contabilidad de acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio.

d) A la conservación de la correspondencia que tenga relación con su giro.

Publicidad mercantil: la fracción I del artículo 16 del CC obliga a los comerciantes a publicar su calidad mercantil.

El artículo 17 del CC señala que los comerciantes tienen el deber de participar la apertura del establecimiento o despacho de su propiedad por los medios de comunicación que sean idóneo. Darán a conocer el nombre del establecimiento

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