TEMA 1 EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL
Enviado por Mamen de la Torre • 26 de Octubre de 2016 • Apuntes • 16.077 Palabras (65 Páginas) • 426 Visitas
TEMA 1
EL DERECHO COMO FORMA DE ORGANIZACIÓN SOCIAL
1.1. Principios generales sobre la oportunidad de intervenir el Derecho:
a) Principio democrático-liberal:
Todo lo que no está expresamente prohibido por el Derecho, se presume permitido.
b) Principio autoritario:
Todo lo que no está expresamente permitido por el Derecho, se presume prohibido.
1.2. El Derecho como condicionante social:
A) QUÉ regula el Derecho:
¿Qué acciones que son objeto de atención por el Derecho?
B) CÓMO regula el derecho:
¿De qué modo o forma regula el Derecho?: Las formas del Derecho
C) PARA QUÉ regula el Derecho:
¿Con qué FIN último regula el Derecho?:
El derecho tiene como objeto o fin condicionar la conducta de las personas. Es un instrumento de organización social
Para realizar justicia: la justicia como fin del Derecho
A) QUÉ REGULA EL DERECHO:
Qué tipo de acciones que son objeto de atención por el Derecho:
Si no se lleva a cabo los 4 puntos siguientes o no se produce daño, el Derecho no actua. Los puntos son los siguientes:
1) Acciones estrictamente humanas → porque el sujeto del ordenamiento jurídico es la persona. Esta realizado en torno a ellos
2) + Acciones libres y responsables → Existen casos en los que las acciones no serán libres y, el Derecho, actuara. El Derecho siempre busca responsables
3) + Acciones exteriorizadas y objetivables → Acciones que son pensadas y llevadas a cabo (exteriorizadas)
4) + Acciones que afecten al orden social: Cuando las acciones humanas, libres, exteriorizadas…vulneran un bien jurídico protegido, están vulnerando el orden social establecido y, por tanto, el Derecho interviene.
-bienes jurídicos protegidos: son los valores, principios, creencias y derechos que una sociedad considera mas relevantes en torno a los cuales se organiza la convivencia social y que por ese motivo el Derecho lo va a proteger. Ejemplos: la vida, la libertad de expresión, la integridad física, etc. Cuando las acciones humanas, libres, exteriorizadas…vulneran un bien jurídico protegido, están vulnerando el orden social establecido y, por tanto, el Derecho interviene.
-principio del daño: Cuando se vulnera algún bien jurídico se dice que se ha producido un daño y, por consiguiente, interviene el Derecho.
(EL DERECHO COMO CONDICIONANTE SOCIAL)→ Como condicionante social debido a que el Derecho pretende o busca que los ciudadanos actuemos de una manera o de otra, que realicemos una cosa y no otra.
EJEMPLO: “Quedar con los amigos”: es una acción humana, libre, exteriorizada pero no afecta al orden social, por consiguiente, el Derecho no actúa porque no hay daño. Si alguno de los 4 puntos no se lleva a cabo, el Derecho no actúa.
B) CÓMO REGULA EL DERECHO:
¿De qué modo o forma regula el Derecho?: Las formas del Derecho
1) Forma escrita
2) Forma coactiva
3) Abstracto, genérico y tipico
4) El Derecho se comunica a través de un lenguaje especializado.
1) Forma escrita:
Distinguimos un punto de inflexión (1789)
Antes de 1789: Derecho premoderno: a través de la costumbre, no escrito
Despues de 1789: Derecho moderno: escrito, centralizado, unificado
Habitualmente el Derecho se presenta en forma escrita
(DERECHO POSITIVO). Expresión legislativa, expresión judicial. Estas dos expresiones son las mas importantes:
Expresión legislativa: Legislador (NORMAS)→ regulación general de alguna materia
Expresión judicial: Juez (SENTENCIAS)→ interpretación concreta del sentido de los artículos lo lleva a cabo el Juez y también cuando se produzcan controversias. Los juristas trabajan con Normas (General) y Sentencias (Particular)
2) Forma coactiva
El Derecho se presenta en forma coactiva cuando no realizamos la conducta que el Derecho desea, nos sanciona.
COACCIÓN*: como amenaza de sanción y como imposición de sanción. Hay dos tipos de sanción:
“De hacer”: el ordenamiento nos mandar realizar algunas cosas. Ejemplo: “cuidar a tu hijo” “pagar”
“De no hacer”: impone sanciones además. Son las que se encuentran en nuestro Código Penal. Ejemplo: “no robar”.
MAX W.--> El Estado es el monopolio de la vivencia que no puede caer en manos privadas para racionalizarla y someterla a legalidad.
El Derecho es una amenaza. Si la amenaza no es suficiente pasa a ser sancionado. Las sanciones pueden ser leves, graves,… según la gravedad del delito.
COACCIÓN: organizada, institucionalizada, legalizada, racionalizada y por sujetos especializados.
Organizada→ es una fuerza organizada a través del Estado y se ejerce por cuerpos especializados
Institucionalizada
Legalidad→ la sociedad democrática determina a través de su parlamento los supuestos en los que los cuerpos especializados pueden ejercer violencia. Cuando la violencia se ejerce fuera de lo pactado es violencia ilegal y seria un delito.
Racionalizada→ cuando esta racionalizada y legalizada esta reducida a su minima expresión.
...