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Ensayo de Teoría de Estudio de Derecho


Enviado por   •  18 de Febrero de 2016  •  Ensayo  •  1.754 Palabras (8 Páginas)  •  304 Visitas

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Clasificar es un problema de perspectiva. Hay tantas clasificaciones como criterios de división. Las clasificaciones tienen únicamente un valor cuando responden a exigencias de orden práctico o necesidades sistemáticas.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista al que pertenecen

 Todo precepto de derecho pertenece a un sistema normativo. Depende de la posibilidad de referir directa o indirectamente la norma en cuestión a otra u otras de superior jerarquía.

Los preceptos del derecho se dividen en nacionales y extranjeros, pero puede ocurrir que dos o más Estados adopten ciertas normas comunes, denominadas derecho uniforme.

Las que pertenecen al sistema jurídico de un país se aplican solo en el territorio de este, aunque esta normativa posee excepciones.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su fuente

De acuerdo de cómo surgen las normas jurídicas, éstas pueden ser:

Escritas (leyes o normas): Son aquellas normas elaboradas por los órganos facultados para ello.  En nuestro país es el Poder Legislativo y reciben el nombre de leyes.

No escritas: También llamadas consuetudinarias, ya porque provienen de la costumbre; es decir, de la repetición más o menos reiterada de cierta conducta que alcanza el carácter de obligatoriedad.

Jurisprudenciales: Son las normas que provienen de la actividad de ciertos tribunales que, al emitir sus resoluciones un determinado número de veces, las producen.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su ámbito especial de validez

Kelsen considero cuatro puntos: el espacial, el temporal, el material, el personal. Espacial, porción del espacio en que un precepto es aplicable; temporal, lapso durante el cual conserva su vigencia; el material, la materia que regula, el personal, los sujetos a quienes obliga.

Los preceptos del derecho pueden ser generales o locales, los primeros son aplicables en toda la república y los locales se aplican a un estado en concreto. Aunque en nuestro país existen tres categorías de leyes: las generales, locales y las municipales. Esta clasificación se basa en los preceptos de la constitución relativos a la soberanía de la nación y la forma de gobierno.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez

Las normas jurídicas pueden ser de vigencia determinada o indeterminada. Las primeras son normas que su tiempo de validez se encuentra determinado de anteaño y las de validez indeterminada son aquellas que su lapso de vigencia no ha sido determinado. Las normas de tiempo indeterminado solo pierden su vigencia cuando son es abrogada, expresa o tácitamente.

  Clasificación de normas jurídicas desde el punto de vista de su ámbito material de validez

Esta clasificación tiene su fundamento en la división del derecho objetivo en una serie de ramas. De derecho público: constitucionales, administrativas, penales, procesales e internacionales; de derecho privado: civiles y mercantiles.

Las disciplinas de creación reciente (derecho del trabajo y derecho agrario) tienen el carácter de preceptos de derecho público.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su ámbito personal de validez

Las normas jurídicas se dividen en genéricas e individualizadas. Se llaman genéricas a las que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto  de la disposición normativa; recibe el nombre de individualizadas las que obligan o facultan a uno o más miembros de la misma clase, individualmente determinada.

Las normas individualizadas se dividen en privadas y públicas. Las primeras derivan de la voluntad de los particulares, en cuanto estas aplican ciertas normas genéricas; las segundas, de la actividad de las autoridades. Tienen un carácter privado los contratos y los testamentos; público, las resoluciones judiciales y administrativas. Los tratados internacionales deben considerarse también como normas individuales de norma púbica.  

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su jerarquía

Los preceptos que pertenecen a un sistema jurídico pueden ser del mismo o de diverso rango. En la primera relación de coordinación; en la segunda una supra o subordinación.

El problema del orden jerárquico normativo fue planteado por vez primera en la Edad Media. En los tiempos modernos de Bierling resucito la vieja cuestión.

De las normas en vigor, la individualización de estas en actos como los testamentos. Los actos jurídicos, son en todo caso individualización de preceptos gene5ales, como dice Bierling. Merkl da a dichos actos la designación de normas especiales o individualizadas, para distinguirlos de las generales o abstractas.

El proceso merced al cual una situación jurídica abstracta transformase en concreta y una norma general se individualiza, denomínese aplicación. El proceso de aplicación es una larga serie de situaciones que se escalonan en orden de generalidad decreciente. Toda situación jurídica hállese condicionada por una norma abstracta.

Una norma es condicionante de otra, cuando la existencia de esta depende de la de aquella. El orden jurídico desempeña un papel doble: en relación con los que están subordinados, tiene carácter de normativo; en relación con los subordinados, es acto de aplicación. Todas las normas poseen dos caras, como la testa de Jano.

El ordenamiento jurídico tiene un límite superior y otro inferior, el primero denominase norma fundamental, el segundo los actos finales de la ejecución.

La norma suprema, es un principio limite, una norma sobre la que no existe ningún precepto de superior categoría.

El orden jerárquico normativo se compone de los siguientes grados:

  1. Normas constitucionales
  2. Normas ordinarias
  3. Normas reglamentarias
  4. Normas individualizadas

Los preceptos ordinarios y reglamentarios son normas de carácter general; las individualizadas, se refieren a situaciones jurídicas concretas.

Las leyes ordinarias representan un acto de aplicación de preceptos constitucionales.

Ciertos autores dividen las leyes ordinarias en dos grupos, organización, es decir que organizan los poderes públicos y comportamiento, es decir que regulan la conducta de los particulares. Hay ciertos cuerpos de leyes que encierran, una serie de normas de organización, dirigidas exclusivamente a los particulares, podríamos llamarlos mixtas.

Las ordinarias son a las constitucionales lo que las reglamentarias a las ordinarias.

El orden jerárquico normativo en el derecho mexicano

El problema de la ordenación jerárquica se complica cuando el sistema corresponde a un Estado de tipo federal. Los dos grados superiores de la jerarquía normativa están integrados, en nuestro derecho:

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