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Teorías de la pena. Teorías absolutas.Teorías relativas


Enviado por   •  12 de Junio de 2018  •  Apuntes  •  1.255 Palabras (6 Páginas)  •  317 Visitas

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Teorías de la pena

  1. Teorías absolutas

Esta teoría parte de la existencia de una noción absoluta de justicia y la concepción del delito como una mal. Esta pretende que a través de la pena se restablezca la justicia quebrantada por la comisión de un delito, además de buscar equilibrar la justicia como un valor absoluto. Por ello existe un imperativo ético, moral y filosófico, que le impone al Estado la obligación de imponer un castigo para así lograr su cometido de restablecer la justicia.

Dentro de esta teoría existen dos posturas; la Kantiana y la Hegeliana, la primera considera que el castigo es la manera como el Estado reivindica unos principios fundamentales y como ya se dijo, considera el castigo como un imperativo ético-moral para el Estado. Mientras que la segunda concibe el castigo como una manera de imponer el orden a través de la pena, pues esta postura considera el delito como un mal que niega el derecho y que está en contravía de los valores impuestos por el derecho, para Hegel con la comisión de un delito se pone en juego la vigencia del derecho, por lo tanto, la pena -considerada también como un mal- niega al mismo el delito y con ello reafirma los valores impuestos por el derecho.

  1. Teorías relativas

Estas teorías surgen en los Estados intervencionistas, la pena ya no tiene solo una connotación ética o moral, sino que se piensa como un instituto de intervención social, este es un instrumento de intervención política para la transformación de la sociedad. Las teorías relativistas son de carácter utilitarista, donde el Estado puede dimensionar los costos y beneficios que puede causarle la utilización de esta herramienta. El Estado puede entonces utilizar al individuo para lograr que otros no cometan delitos, por esto, para esta teoría la pena tiene un fin preventivo, de estos conceptos se nutren las teorías de prevención, tanto general como especial, la primera pretende que la pena tenga efectos en aquellos que no han cometido delitos, mientras que la especial tiene sus efectos en aquellos que son los infractores, estas a su vez pueden ser tanto positivas como negativas;

  • Prevención general negativa: Como ya se dijo, la pena surte sus efectos sobre quienes no han delinquido, en este sentido, el legislador al establecer la pena y el juez al ejecutarla mandan un mensaje de intimidación y disuasión a quienes no han delinquido, instrumentalizando a un ciudadano para que la pena impuesta sobre este tenga efectos en la comunidad en general. Esta teoría parte de la idea que el delincuente es un sujeto racional que pondera los costos y beneficios en la comisión de un delito y con esto se conduce a un terrorismo penal, pues el Estado debe aumentar las penas para poder lograr los efectos de disuasión deseados en la comunidad en general.

Dentro de las clasificaciones que nos establece el autor del texto, perspectivas sociológicas sobre el castigo, se evidencia que la perspectiva marxista del delito encuadra dentro de los lineamientos de la prevención general negativa, pues esta nos permite, más que desde la problemática criminal, ver el castigo como mecanismos de control y manejo de las clases marginales urbanas. Esta perspectiva nos plantea un derecho penal al servicio de una clase dominante, que utiliza este como una estrategia para controlar los pobres y debe ser entendido, más que una respuesta a conductas criminales, como un mecanismo que forma parte de la lucha de clase.

En este podemos hacer un paralelo con la concepción durkheimiana, pues para los teóricos de esta postura el castigo tiene una función de defensa de valores, pero no de valores colectivos de Durkheim, sino de valores burgueses que atan el castigo a la relación económica capitalista. Para los marxistas el derecho penal se ocuparía entonces de la autoridad social y el y el derecho a gobernar de quienes están en el poder, poder que no solo se ejerce, sino que también se expresa.

Tal vez la crítica más importante a esta perspectiva es que, establecer que el derecho penal es un instrumento de dominación de clase , como se enfrenta esta postura a la evidencia que el derecho penal goza de particular popularidad dentro las clases menos favorecidas, las cuales creen que este protege tanto sus intereses, como el de las clases dominantes. Aunque esta crítica tiene un matiz importante, pues es evidente que los intereses de las clases dominantes son más influyentes que el de las clases menos favorecidas y en muchas ocasiones el mismo sistema crea una ilusión que equipara los intereses de las clase dominantes a la de los menos favorecidos.

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