ACUERDOS COMERCIALES INTERNACIONALES DE LA UE
Enviado por pablito31 • 18 de Enero de 2016 • Trabajo • 668 Palabras (3 Páginas) • 218 Visitas
ACUERDOS COMERCIALES INTERNACIONALES DE LA UE
Uno de los aspectos fundamentales que ocasiona la constitución de la Comunidad Europea (base de la actual UE) es la creación de una política comercial comunitaria. Con esta política común, los estados ceden la gestión de los instrumentos comerciales a las instituciones europeas. Algunas de las medidas de la política comercial común (PCC) son: regímenes comerciales de importación y exportación, acuerdos comerciales con terceros países (acuerdos bilaterales) y negociaciones a nivel multilateral, modificaciones del arancel, etc.
A la hora de abordar el tema de los acuerdos comerciales internacionales firmados por la UE, podemos hacer la siguiente clasificación sobre los mismos:
1. Acuerdos Bilaterales: En estos, la UE negocia con un país o grupo de países el acuerdo que establece las condiciones del comercio entre estos dos países (o grupo de países). El objetivo final es favorecer los intercambios con los países que se firman dichos acuerdos y fortalecer el comercio de la UE. Se pueden clasificar estos acuerdos del siguiente modo:
Preferenciales: Dos o más países se conceden ventajas arancelarias mutuas. Proporcionan beneficios comerciales
De Cooperación: Se establecen campos de actuación conjunta (pudiendo ser tanto preferenciales como no preferenciales)
De asociación: relaciones comerciales mucho más estrechas que pueden ser el último paso para la integración plena en la UE.
Dentro de los acuerdos no preferenciales, el tratamiento arancelario que se lleva a cabo es el denominado de nación más favorecida. Reciben el nombre de Acuerdos Marco de Cooperación Económica y Comercial o Acuerdos de Colaboración y Cooperación. La UE ha firmado acuerdos no preferenciales con países como Corea, Japón, Rusia, Australia y EEUU. Sin embargo, loa acuerdos preferenciales se caracterizan por ofrecer ventajas comerciales superiores a los no preferenciales. Los más relevantes son:
Convenio ACP: los países de la ACP disfruten de libre acceso al mercado comunitario, sin que exista reciprocidad para las exportaciones de la Unión Europea a esos países.
Convenio de Cooperación con Países y Territorios de Ultramar: Abarca los países y territorios de ultramar agrupan a los territorios dependientes de la República Francesa, de los Países Bajos (Holanda) y, en parte, Groenlandia. Con este acuerdo, los productos originarios de esos países están exentos de derechos arancelarios a su importación en el territorio aduanero comunitario.
Convenio con la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA): Agrupa a Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. Se crea el Espacio Europeo Económico (EEE), lo que permite afirmar que casi existe una política arancelaria y aduanera común, sobre todo en lo relativo a los documentos para el cruce de fronteras.
Sistema
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