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Empresa y Administración - TAREA 01


Enviado por   •  8 de Octubre de 2019  •  Tarea  •  1.219 Palabras (5 Páginas)  •  647 Visitas

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TAREA UT1

ACTIVIDAD 1: La Constitución Española es la norma más importante del derecho español y la que define la estructura de poderes del Estado y organiza su funcionamiento. En su artículo primero, configura el sistema político español con una serie de características, ¿sabrías decir cuáles son?

El artículo primero de la Constitución Española formula las siguientes características del sistema político español:

- España es un Estado social y democrático de Derecho cuyos valores principales son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

- La soberanía nacional reside en el pueblo español y de éste emanan los poderes del Estado a través del sistema electoral.

- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria, es decir, el Rey es el jefe de Estado bajo el control del poder legislativo y el  ejecutivo; el Rey reina pero no gobierna.

ACTIVIDAD 2: Elabora un esquema con las instituciones del Estado español equivalentes a las instituciones de la Unión Europea.

[pic 1]

Cortes Generales (Congreso y Senado)                  Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea[pic 2]

Gobierno de España                 Comisión Europea[pic 3]

Consejo General de Poder Judicial                 Tribunal de Justicia Europeo[pic 4]

Además, el Tribunal de Cuentas español, que depende de las Cortes Generales y realiza la gestión económica del Estado y el sector público, sería equivalente al Tribunal de Cuentas europeo, que vigila el uso de los fondos de la UE.  

ACTIVIDAD 3:

a)   Realiza un cuadro comparativo entre las instituciones que representan al poder ejecutivo, legislativo y judicial en el Estado español y las comunidades autónomas.

INSTITUCIONES DEL ESTADO ESPAÑOL

INSTITUCIONES DE LAS CCAA

PODER LEGISLATIVO

CORTES GENERALES (PARLAMENTO)

[pic 5][pic 6]

   CONGRESO                                        SENADO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

PODER EJECUTIVO

GOBIERNO DE ESPAÑA[pic 7][pic 8][pic 9]

PRESIDENTE/A      VICEPRESIDENTE/A   MINISTROS/AS

CONSEJO DE GOBIERNO[pic 10][pic 11]

           PRESIDENTE/A                                     CONSEJEROS/AS

PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE JUSTICIA

[pic 12][pic 13]

TRIBUNAL SUPREMO     TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

[pic 14][pic 15][pic 16][pic 17]

CIVIL, PENAL, SOCIAL, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

OTRAS INSTITUCIONES

TRIBUNAL DE CUENTAS

TRIBUNAL O CÁMARA DE CUENTAS

b)   ¿Podrías establecer algún paralelismo entre esas instituciones y los órganos de gobierno de los municipios y provincias?

Los órganos de gobierno de los municipios y provincias (Ayuntamiento y Diputación Provincial, respectivamente) guardan ciertos paralelismos con las instituciones estatales y autonómicas. Estos paralelismos se reflejan, principalmente, en la organización del poder ejecutivo y el poder legislativo.

El PODER LEGISLATIVO a nivel estatal lo ejerce el Parlamento y a nivel autonómico, la Asamblea Legislativa. Estas instituciones son equivalentes al Pleno Municipal (formado por el Alcalde o Alcaldesa y la totalidad de los concejales) y al Pleno Provincial (formado por el Presidente o Presidenta y los Diputados y Diputadas Provinciales); sus funciones son, entre otras, ejercer el control y fiscalización de los órganos de gobierno y aprobar los presupuestos, ordenanzas y reglamentos municipales y provinciales respectivamente.

EL PODER EJECUTIVO  a nivel estatal lo ejerce el Gobierno de España (a través de el Presidente o Presidenta, el Vicepresidente o Vicepresidenta y los Ministros y Ministras) y, a nivel autonómico, el Consejo de Gobierno (a través del Presidente Autonómico o Presidenta y los Consejeros y Consejeras). Estas instituciones equivalen la Comisión de Gobierno Municipal (formada por el Alcalde o Alcaldesa y un número de Concejales no superior al tercio del total de estos) y a la Junta General Provincial (Presidente o Presidenta y un número de Diputados y Diputadas no superior a un tercio del número legal de éstos en el pleno). La Comisión de Gobierno Municipal asiste al Alcalde o Alcaldesa en sus atribuciones y la Junta General Provincial al Presidente o Presidenta Provincial.

ACTIVIDAD 4: Define las diferentes clases de personal en que se puede clasificar a los empleados públicos.

1. Funcionarios y funcionarias de carrera: Son elegidos mediante un proceso selectivo y desempeñan servicios profesionales retribuidos, de carácter permanente, con vinculación a una Administración Pública en virtud de un nombramiento legal.

2. Funcionarios interinos y funcionarias interinas: Son nombrados para desempeñar, de forma temporal, funciones propias de funcionarios y funcionarias de carrera, por razones justificadas de necesidad y urgencia, cuando existen vacantes, para sustituir a funcionarios de carrera en periodos transitorios o para cubrir un exceso de tareas. La selección de funcionarios interinos se realiza mediante méritos demostrados tras procesos que respetan los principios de capacidad, igualdad y publicidad

3. Personal laboral: Es el personal que presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas mediante la formalización por escrito de un contrato de trabajo que podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.

4. Personal eventual: Personal no permanente que realiza funciones de confianza o asesoramiento especial.

Hay una quinta categoría, el personal directivo, que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración. Se nombran por méritos y capacidades y según criterios de idoneidad mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia

ACTIVIDAD 5: A la vista de la siguiente Oferta de Empleo Público del ayuntamiento de Panticosa  (Huesca), responde a las siguientes cuestiones:

Extracto del Boletín Oficial de la Provincia de Huesca para analizar la creación de una Bolsa de Trabajo 

  1. ¿Cuál es el órgano que ordena la publicación?

El Ayuntamiento de Panticosa.

  1. ¿A qué norma de rango estatal se hace referencia en la publicación de la Oferta de Empleo Público?

Se hace referencia a varias leyes estatales:

1. Ley 7/2007 de 13 de abril. Aunque no he encontrado esta ley, el contenido parece hacer referencia a Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, aplicable al personal al servicio de las diferentes Administraciones Públicas que establece los principios generales aplicables al conjunto de relaciones de empleo público.

2. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proceso Administrativo común (Art. 38, 116 y 117). Norma derogada.

3. Ley 4/1999 de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Modifica la norma arriba mencionada.

4. Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Art. 46).

  1. ¿Qué clases de personal se convoca?

Se convoca una plaza de PERSONAL LABORAL; el puesto es de carácter temporal y a tiempo parcial.  

  1. ¿En qué consiste el sistema de provisión por concurso-oposición?

Este sistema de selección combina los sistemas de concurso y de oposición. Los candidatos se ordenan en función de los resultados que obtienen tras la realización de varias pruebas de oposición tradicional y de la aplicación de los baremos oportunos de la fase de concurso a los méritos aportados.

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