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MATERNIDAD SUBROGADA UNA MIRADA A LAS EMOCIONES DE LA MADRE SUBROGANTE


Enviado por   •  31 de Julio de 2020  •  Documentos de Investigación  •  9.481 Palabras (38 Páginas)  •  241 Visitas

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MATERNIDAD SUBROGADA UNA MIRADA A LAS EMOCIONES DE LA MADRE SUBROGANTE

John Cristhian Jiménez De La Cruz

ABSTRACT.

Este trabajo analiza la maternidad subrogada como “problema clínico atípico” y la relevancia de sus consecuencias psicológicas. Describe las circunstancias que pueden desencadenar una crisis vital en la pareja, y revisa la investigación sobre la devaluación del auto concepto y sobre las alteraciones emocionales. También recuerda las repercusiones psico-sociales y económicas que conlleva este proceso de tal forma que este cambio nos muestra que la maternidad subrogada constituye, en la actualidad, uno de los temas bioéticos con mayor relevancia en el debate público en algunos países, de igual manera se mostraran las consecuencias dentro de la regulación expedida de la reproducción asistida, se finaliza mostrando la complejidad de la práctica, el grado de relativa novedad de la misma, las implicancias morales, sociales, legales y la controversia que suele generar esta nueva forma de traer a un ser humano al mundo.

PALABRAS CLAVE.

Maternidad Subrogada; Reproducción Asistida; Derechos Reproductivos; Contrato De Subrogación; Bioética; Aspectos Sociales Y Culturales; Aspectos emociónales

John Cristhian Jiménez De La Cruz, Estudiante De La Licenciatura En Psicología Universidad Juárez Autónoma De Tabasco, Contacto. 9331307382

Correo. Ujat1950@Gmail.com

INTRODUCCIÓN.

Actualmente vivimos en un tiempo de cambios sociales profundos y permanentes; los cuales nos llevan a experimentar la evolución de las relaciones familiares, estos cambios nos permiten contemplar, que las familias pueden estar compuestas de formas diversas, adaptándose a las normas y creencias culturales de una determinada sociedad, un claro ejemplo de ello es la maternidad subrogada, la cual a pesar de los innumerables ataques actualmente es uno de los métodos de reproducción asistida que se practica no solo en países en los que se encuentra legalizado su ejercicio, sino en los que se ha satanizado, al considerar que atenta contra la dignidad del ser humano y favorece el abandono, el tráfico y la venta de menores.

La maternidad subrogada es una técnica reproductiva con un polémico reconocimiento dentro del marco ético-jurídico de nuestra sociedad. Se podría definir de forma general como un “supuesto en el que una pareja comitente o contratante, que por cualquier motivo no puede o desea tener un hijo por sí misma, realiza un contrato con una madre sustituta o portadora, con el fin de que previa inseminación de ésta o transferencia de un embrión fecundado in vitro, dé a luz al niño deseado entregándoselo a aquellos para ser considerado hijo de tal pareja, de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, subrogar es sinónimo de sustituir, que significa poner a una persona o cosa en lugar de otra. De ahí que maternidad subrogada no es una técnica de reproducción artificial, sino un acto voluntario que se produce como consecuencia de la posibilidad de practicar una inseminación artificial o una fecundación in vitro, caracterizada por el empleo de otro vientre y no el de la que desea la reproducción

En este sentido podemos decir que la maternidad subrogada plantea un desafío en cuestión de derechos humanos ya que nos lleva a analizar la gestación por sustitución desde un planteamiento un tanto bioético y moral así como también desde un sentido legal, de igual forma plantea algunas cuestiones de tipo psicológicas que nos invitan a reflexionar si este método puede proponerse como una solución a la necesidad de filiación de las parejas a través de las siguientes preguntas.

¿Pueden predecirse las emociones asociadas con ceder a un niño? (Roma-2010)

¿Qué pasa si nadie quiere un niño que nace con discapacidad? (Roma-2010)

Estas y más cuestiones son planteadas por este método de reproducción, que a su vez representa todo un desafío que sin duda alguna debe analizar las posibles consecuencias para poder equilibrarse con la necesidad de proteger a las personas involucradas.

Si bien la gestación por sustitución se nos presenta como una figura de la modernidad, el libro gestación por sustitución nos muestra que lo cierto es que sus primeros antecedentes se encuentran en la antigüedad, pues se sostiene que esta práctica data desde tiempos remotos. Proviniendo del código del rey Hammurabi el cual fue creado en Mesopotamia en 1780 a. c, Asimismo, en 1953 en estados Unidos, se presentan los primeros embarazos con semen congelado. Durante 1969 se practicó una fertilización in vitro de gametos humanos en reino Unido y en 1975, a través de un anuncio publicado en un periódico de california, una pareja infecunda solicitaba una mujer para ser inseminada artificialmente. Esta publicación y las que siguieron favorecieron la creación de las sociedades de préstamos de úteros, siendo las pioneras la Surrogate Family Service inc, que concretó en 1976 el primer acuerdo de maternidad subrogada a través de una inseminación artificial, financiada por el abogado Noel Keane, así como la Surrogate Parenting Associates que desde su fundación en 1979 por Richard Levine, en Louisville (Kentucky) tenía como misión la celebración de contratos de subrogacía.

Si bien en esta doctrina se encuentran numerosos términos de gestación por sustitución, dadas las variantes que puede presentar esta figura, me limitaré a exponer aquellos que considero más significativos.

  • En Francia se utilizan indistintamente las expresiones mère de substitution, mère porteuse, gestation-pour-autrui, mère de remplacement y prêtd’uterus.
  • En Italia se emplea atto di útero, así como también la expresión locazione di útero.
  • En Alemania se designa con la expresión Leihmutter.
  • En España la ley hace referencia a la gestación por sustitución, aunque los términos empleados más frecuentemente son los de maternidad subrogada, vientre de alquiler, madres suplentes, madres portadoras y madres gestantes.
  • En México, el Código Civil de Coahuila habla de maternidad subrogada, y el Código Civil de Tabasco distingue entre maternidad subrogada y maternidad gestante sustituta, según el gestante aporte o no material genético, mientras que el proyecto de ley del Distrito Federal la llama gestación subrogada. (Parentage-2002)

Conforme fueron surgiendo diferentes adelantos en los métodos y técnicas de gestación, en diversas doctrinas se comenzaron a distinguir dos modalidades dentro de la gestación por sustitución: la tradicional y la gestacional

Gestación por sustitución tradicional:

Este tipo de gestación por sustitución se caracteriza porque la gestante aporta no sólo la gestación, sino también sus gametos; ya sea que el semen provenga del comitente (que está casado o en pareja con una mujer u otro hombre, o es un hombre solo) o de un donante en este último caso, el o los comitentes no aportarían material genético alguno. Como puede advertirse, en la gestación por sustitución tradicional la comitente si la hay carece de vínculo genético con el niño. En estos casos, generalmente se recurre a la inseminación artificial (en adelante, IA) para provocar el embarazo de la gestante. (Loyola-2002)

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