Negoción y Manejo de conflictos
Enviado por scot.bmx • 27 de Marzo de 2020 • Ensayo • 1.053 Palabras (5 Páginas) • 137 Visitas
Curso: Negoción y Manejo de conflictos
¿El GES debería cubrir tratamientos con baja demanda en la población como lo es el cambio de sexo?
Alumno
Omar Miranda
Acsa
Carrera
Ingeniera Comercial
Profesor
Yohanna Poblete
Sección A
Talca, 2018
La transexualidad, el transgénero y otras migraciones de género como prácticas y categorías médicas han estado atravesadas por cuestiones de bioética desde sus mismos inicios. El impulso que movió a un sector de la clase médica a acuñar la distinción sexo/género como parte de los protocolos de tratamiento y etiología de la denominada disforia de género fue considerada por este mismo sector como una acción inspirada por una ética humanista, pues su fin era aliviar el sufrimiento de los pacientes que declaraban sentir un doloroso desacuerdo entre su identidad - masculina o femenina - y su morfología física.
La identidad de género hace referencia a la vivencia que una persona tiene de su propio género. Las personas transgénero tienen una identidad de género diferente del sexo que se les asignó al nacer. La identidad de género es un concepto diferente de la orientación sexual. Las personas trans pueden tener cualquier orientación sexual, a saber: heterosexual, homosexual, bisexual y asexual.
A nivel mundial, sólo 20 países han aprobado alguna forma de ley de identidad de género. Chile, por cierto, es uno de ellos. El congreso aprobó en octubre del año 2019, una Ley que permite que las personas transgénero mayores de 14 años, puedan modificar su nombre y género en los registros públicos. Cabe destacar que todas las políticas públicas realizadas en este grupo de personas se basan en la gran incidencia de discriminación que conllevan día a día, están expuestas a un riesgo más elevado de sufrir violencia y acoso. Es por esto que durante los últimos años se han implementado sanciones y consensos en las distintas áreas, tanto salud, educación, trabajo con el fin de proteger los derechos humanos y sociales de esta población y con ello disminuir la incidencia de suicidios, trastornos psicológicos y emocionales en este grupo de personas.
En relación al área de salud, es necesario considerar que las personas transgéneros, aun cuando no tengan una patología desde el punto de vista psiquiátrico, tienen necesidades de salud. Para la OMS, salud es “el estado de bienestar físico, psíquico y social; no la mera ausencia de enfermedad” y sobre la salud sexual, añade que “requiere un enfoque positivo y respetuoso de la sexualidad y de las relaciones sexuales, las que deben ser placenteras y seguras, libres de toda coacción, discriminación y violencia”. Esto es fundamental en el foco de la atención de salud de las personas trans. Existe evidencia del beneficio que presenta el acceso a programas de adecuación sexual en su vida afectiva, social y laboral.
Algunas personas trans solicitan someterse a procedimientos de afirmación del género, como intervenciones quirúrgicas y tratamientos con hormonas. Esto no es aplicable a todas las personas trans y estos procedimientos nunca deberían ser un requisito obligatorio para el reconocimiento de la identidad de género como en ocasiones es exigido. Muchos países no cuentan con procedimientos de afirmación del género y, en los casos en que estos existen, suelen ser caros y no estar cubiertos por los seguros públicos o privados.
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