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ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES


Enviado por   •  15 de Octubre de 2013  •  400 Palabras (2 Páginas)  •  276 Visitas

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ARL Obligación de los Empleadores para la afiliación al Sistema de Seguridad Social

Según la Ley 100 de 1993, los empleadores tienen la obligación de inscribir a todas las per¬sonas que tengan contrato laboral al SGSSS, SGRP y al SGP, convirtiéndose este en un derecho de todas las personas, que permite que estos gocen de una calidad de vida óptima, gracias a la cobertura que se realiza a nivel de salud, pensión y riesgos profesionales.

De esta manera mediante el decreto 1295 de 1994 se definen los riesgos profesionales como el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.

Que tienen por objetivo establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo; de igual manera quiere fortalecer las actividades tendientes a encontrar el origen de los accidente de trabajo.

En caso de accidente el empleado tendrá derecho a una prestación asistencial, a una prestación de servicio de salud y una prestación económica según sea el caso.

Para entrar más en materia en el tema de riesgos profesionales es importante tener claro los conceptos básicos que en ella se manejan como son los riesgos profesionales que son la probabilidad de ocurrencia de un accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo realizado, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Go¬bierno Nacional.

Por otro lado la enfermedad profesional se considera como el estado patológico permanente o temporal que sea consecuencia obligada y directa de la tarea que desempeña el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.

Y finalmente el accidente de trabajo es todo suceso repentino por causa del trabajo o el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador, y que produzca en el trabajador lesión orgánica, perturbación fun-cional, invalidez o la muerte.

Lo importante en este tema es tener claro que todos estos conceptos hacen parte primordial del sistema de riesgos laborales de las organizaciones que están en la obligación de amparar a los empleados de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales derivadas del mismo.

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