ANALISIS DE SENTENCIA EN SALA CONSTITUCIONAL
Enviado por yohan1148 • 18 de Abril de 2021 • Resumen • 527 Palabras (3 Páginas) • 133 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
UNIVERSIDAD “JOSE MARIA VARGAS”
FACULTA DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CATEDRA: DERECHO PROCESAL CIVIL I
ANALISIS DE SENTENCIA
EN SALA CONSTITUCIONA
EXP. Nº 10-0681
MAGISTRADO PONENTE: FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
Prof.: Almeida Emilia Autores: Alberto Darías, C.I. 9.960.907
Turno: Verano - Mañana
Caracas, Agosto de 2014
Resumen
Los hechos: la causa que da origen ocurren en fecha 13 de abril de 2004, en horas de la noche, cuando el ciudadano Carlos Eduardo Hernández Carrillo, conduciendo un vehículo de transporte público por la calle A, en la Zona Industrial San Vicente, a la altura de la estación de servicio ‘BP’, de la ciudad de Maracay del estado Aragua y que el mismo conducía a alta velocidad y no tenía las luces delanteras encendidas, arrolló a una ciudadana de nombre Diana Mercedes Rodríguez Rosales; y posteriormente detuvo el vehículo a veintisiete (27) metros de distancia, en razón del clamor de los pasajeros siendo aprehendido por funcionarios adscritos a la Policía del estado Aragua”.
Del análisis de esta sentencia podemos decir que se ha infringido el derecho al Debido proceso estipulado en el Artículo 49.6, ya que la sentencia dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, afirma lo siguiente: ‘…en el presente caso el ciudadano Carlos Eduardo Hernández Carillo fue condenado por la comisión del delito de homicidio intencional a título de dolo eventual, el cual no aparece contemplado en nuestro ordenamiento jurídico, aplicándole el juzgador, por analogía, la pena correspondiente al delito de homicidio intencional simple. Todo lo cual evidencia una violación al principio de legalidad penal, acogido ampliamente en nuestro ordenamiento jurídico y que es la obligación que se impone a toda persona, institución u órgano de someter su actuar al mandato legal.
En este caso se está infringiendo el ordenamiento jurídico como lo es la constitución, se violo el derecho objetivo consagrado en el Capítulo III, De los Derechos Civiles, Articulo 49 de la constitución.
En cuanto a la competencia que es la facultad que tiene el tribunal o juez para ejercer la jurisdicción en un asunto determinado, esta recae sobre el TSJ, a través de la Sala Constitucional según el 336 de la C.R.B.B. y esta se refiere a la exclusividad que tiene La Sala Constitucional en el ejercicio el control concentrado de la constitucionalidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejerzan el Poder Público.
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