Acta Constitutiva
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ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
ESCRITURA No. 8290 VOLUMEN 2 FOJAS 23 a 31 EN EL ESTADO DE MÉXICO, a 11 de Marzo de 2015, Yo EL Licenciado José Antonio Sánchez Notario Público No. 860, HAGO CONSTAR:
EL CONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL, en forma ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que otorgan los señores: Roberto Carlos Garzón Gómez, José Jair Rodríguez, Jesús Osvaldo Morán, Diego Díaz Díaz y que se sujetan a los estatutos que se contienen en las siguientes:
CLÁUSULAS:
DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLÁUSULA DE ADMISIÓN DE EXTRANJEROS.
PRIMERA.- La sociedad se denominará “Súper Detergente” nombre que irá seguido de las palabras “SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, o de las siglas “S.A. de C.V.”
SEGUNDA.- La sociedad tiene por objeto:
a) Fabricación de su producto “Súper Cleaner” y los que se adhieran a su catalogo de productos.
b) Vender, importar y distribuir su producto “Súper Cleaner”
c) Ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo:
1. Comprar,
2. Vender,
3. Importar,
4. Exportar y
5. Distribuir toda clase de artículos y mercancías.
d) Contratar activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier título patente, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literarios, industriales, artísticos o concesiones de alguna autoridad.
e) Formar parte de otras sociedades con el objeto similar de éste.
f) Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar y descontar y suscribir toda clase de títulos de crédito sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley de Mercado de valores.
g) Adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de toda clase de empresas, sociedades, formar parte en ellas y entrar en comandita, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.
h) Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.
i) Aceptar cualquier otro título poseer y explotar toda clase de bienes muebles, derechos reales,
así como los inmuebles que sean necesarios para su objeto.
j) Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y de más actividades propias de su objeto.
k) La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta propia, así como constituir garantía a favor de terceros.
l) Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y títulos, ya sean civiles, mercantiles o de crédito relacionados con el objeto social.
TERCERA.- La duración de esta sociedad será de CINCUENTA AÑOS, que se contarán a partir de la fecha y firma de la escritura correspondiente.
CUARTA.- El domicilio legal de la sociedad será de la Col. Balbuena No. 889923, Av. Eclipse, y ésta no examine la posibilidad de establecer agencias y/o sucursales en cualquier parte de la República o del Extranjero, y someterse a los domicilios convencionales en los contratos que celebre localmente.
Todos los accionistas, estarán sometidos en cuanto a sus actividades y relacionados ante la sociedad, a la jurisdicción de los tribunales y Autoridades correspondientes del domicilio de la sociedad, con una renuncia expresa del fuero en sus respectivos domicilios personales.
QUINTA.- Todos los socios de origen extranjero, actuales o futuros dentro de la sociedad que se constituye se obligan formalmente ante la Secretaria de Relaciones Exteriores, a considerarse como nacionales, respecto de las partes parciales de que se hagan acreedores o adquieran o de los que sean titulares dentro de esta sociedad, así como también de los bienes, derechos, concesiones, participaciones e intereses de quesea titular en la sociedad o bien de los derechos y obligaciones que deriven sobre los contratos en que sea parte con autoridades mexicanas así como no solicitar la protección, intervención y proyección de sus Gobiernos, bajo la pena de que de hacerlo perderán sus beneficios en esta Nación sobre sus participaciones sociales adquiridas.
• CAPITAL SOCIAL
• ACCIONES
SECTA.- Su capital es variable, el mínimo fijo es de 5.000.000 (cinco millones de pesos M/N), representados por CIEN ACCIONES, con un valor nominal de 50.000.00 (Cincuenta mil pesos M/N), cada una.
SÉPTIMA.- Cuando exista intervención extranjera se tomarán como reglas de observancia
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