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Enviado por angiedrk • 23 de Marzo de 2014 • 473 Palabras (2 Páginas) • 222 Visitas
EL señor Rómulo reina empleado de la empresa ETB fue contratado el día 23 de octubre del 2000 con un tipo de contrato laboral a termino indefinido. Cabe resaltar que dentro de las clausulas del contrato nunca se especifico el no poder trabajar en otra compañía y desempeñar su labor para la empresa contratada. Pasados más de 10 años de excelente labor y reconocimiento por su trabajo el señor Rómulo es identificado como uno de los autores dedicado a la trata de personas en la aérea de la macarena y debido a esto vamos a determinar que no existen razones de justa causa para terminar su contrato laboral.
De acuerdo al artículo 29 de la constitución política de 1991 cita claramente que “Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable”. Por lo tanto el contrato no puede darse por finalizado pues no se ha comprobado que el señor Reina sea realmente parte del grupo descubierto y que sus zapatos sean la única prueba para determinar que él se encuentra implicado en el caso de trata y venta de personas y sea culpable.
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/derecho/constitucion-politica-de-colombia-1991/titulo-2-capitulo-1
Según el artículo 62 del código sustantivo que hace referencia a la terminación de contrato sin previo aviso cabe resaltar que los puntos allí descritos como haremos referencia de algunos para demostrar que no hubo incumpliendo por parte del señor Rómulo Reina en cuanto a lo que concierne a su desempeño y labor para la empresa ETB fue claro e impecable. De no ser esto cierto no habría sido reconocido en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la empresa con ello demostramos que el punto 6 del artículo 62 del código sustantivo no aplica para determinar que el señor Reina haya cometido algún acto delictivo en contra de la empresa haciendo mal uso de la información interna para el desarrollo del trabajo tanto en la parte técnica como comercial de la ETB.
“El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa”
http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/derecho/constitucion-politica-de-colombia-1991/titulo-2-capitulo-1
El punto 3 del artículo 62 del código sustantivo no aplica para determinar la finalización de contrato laboral ya qué la razón por la cual que se le presume “implicado” al señor reina haya sido desarrollada por El dentro del entorno de la empresa ETB de malos tratos en contra de sus compañeros y autoridades teniendo riñas o aplicando el supuesto rapto de personas a los mismos de la propia empresa como represaría o desacuerdo en algo.
“Todo acto grave de violencia, injurias o malos tratamientos en que incurra el trabajador, fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, o jefes de taller,
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