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Administrativo


Enviado por   •  27 de Junio de 2013  •  1.296 Palabras (6 Páginas)  •  276 Visitas

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1. OFICINAS DE RECURSOS HUMANOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (Art.10)

• Ejecutar las decisiones que dicten los funcionarios o funcionarias encargados de la gestión de la función pública.

• Elaborar el plan de personal de conformidad con esta Ley, sus reglamentos y las normas y directrices que emanen del

• Ministerio de Planificación y Desarrollo, así como dirigir, coordinar, evaluar y controlar su ejecución.

• Remitir al Ministerio de Planificación y Desarrollo, en la oportunidad que se establezca en los reglamentos de esta Ley,

• los informes relacionados con la ejecución del Plan de Personal y cualquier otra información que le fuere solicitada.

• Dirigir la aplicación de las normas y de los procedimientos que en materia de administración de personal señale la

• presente Ley y sus reglamentos.

• Dirigir y coordinar los programas de desarrollo y capacitación del personal, de conformidad con las políticas que

• establezca el Ministerio de Planificación y Desarrollo.

• Dirigir y coordinar los procesos para la evaluación del personal.

• Organizar y realizar los concursos que se requieran para el ingreso o ascenso de los funcionarios o funcionarias de

• carrera, según las bases y baremos aprobados por el Ministerio de Planificación y Desarrollo.

• Proponer ante el Ministerio de Planificación y Desarrollo los movimientos de personal a que hubiere lugar, a los fines

• de su aprobación.

• Instruir los expedientes en caso de hechos que pudieren dar lugar a la aplicación de las sanciones previstas en esta Ley.

• Actuar como enlace entre el órgano o ente respectivo y el Ministerio de Planificación y Desarrollo.

• Las demás que se establezcan en la presente Ley y su Reglamento.

2. REQUISITOS PARA OPTAR A UN CARGO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (Art. 17)

• Ser venezolano o venezolana.

• Ser mayor de dieciocho años de edad.

• Tener título de educación media diversificada.

• No estar sujeto o sujeta a interdicción civil o inhabilitación política.

• No gozar de jubilación o pensión otorgada por algún organismo del Estado, salvo para ejercer cargos de alto nivel, caso en el cual deberán suspender dicha jubilación o pensión. Se exceptúan de este requisito la jubilación o pensión proveniente del desempeño de cargos compatibles.

• Reunir los requisitos correspondientes al cargo.

• Cumplir con los procedimientos de ingreso establecidos en esta Ley y su Reglamento, si fuere el caso.

• Presentar declaración jurada de bienes.

• Los demás requisitos establecidos en las leyes.

3. CLASES DE FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICOS (Art. 19)

• Los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública serán de carrera o de libre nombramiento y remoción.

Serán funcionarios o funcionarias de carrera, quienes habiendo ganado el concurso público, superado el período de prueba y en virtud de nombramiento, presten servicios remunerado y con carácter permanente.

Serán funcionarios o funcionarias de libre nombramiento y remoción aquellos que son nombrados y removidos libremente de sus cargos sin otras limitaciones que las establecidas en esta Ley.

4. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (Art. 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 29)

Artículo 22

Todo funcionario o funcionaria público tendrá derecho, al incorporarse al cargo, a ser informado por su superior inmediato acerca de los fines, organización y funcionamiento de la unidad administrativa correspondiente y de las atribuciones, deberes y responsabilidades que le incumben.

Artículo 23

Los funcionarios o funcionarias públicos tendrán derecho a percibir las remuneraciones correspondientes al cargo que desempeñen, de conformidad con lo establecido en esta Ley y sus reglamentos.

Artículo 24

Los funcionarios o funcionarias de la Administración Pública tendrán derecho a disfrutar de una vacación anual de quince días hábiles durante el primer quinquenio de servicios; de dieciocho días hábiles durante el segundo quinquenio; de veintiún días hábiles durante el tercer quinquenio y de veinticinco días hábiles a partir del decimosexto año de servicio. Asimismo, de una bonificación anual de cuarenta días de sueldo. Cuando el funcionario o funcionaria público egrese por cualquier causa antes de cumplir el año de servicio, bien durante el primer año o en los siguientes, tendrá derecho a recibir el bono vacacional proporcional al tiempo de servicio prestado.

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