Alegatos
Enviado por geraldplantt • 19 de Marzo de 2014 • Síntesis • 447 Palabras (2 Páginas) • 325 Visitas
JORGE FRANCISCO RUIZ HERNANDEZ
VS
ROSALIO MARTINEZ ISABEL
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
Expediente número.- 365/2014
C. JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL OLEGARIO JURIS EN GUADALAJARA JALISCO
ERICA LORENA MADRIGAL VAZQUEZ, promoviendo en mi carácter de endosatario en procuración del señor JORGE FRANCISCO RUIZ HERNANDEZ, personalidad que tengo acreditada en autos, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que estando en tiempo y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1406 del Código de Comercio, vengo a formular los siguientes:
ALEGATOS:
PRIMERO.- Mediante escrito de fecha 20 de febrero de 2014, la parte actora interpuso demanda en contra de ROSALIO MARTINEZ ISABEL, reclamando como prestaciones $100,000.00 (CIENMIL PESOS EN MONEDA NACIONAL), más intereses moratorios de 10% (DIEZ PORCIENTO MENSUAL) sobre la suerte principal y el pago de gastos y costas que se originen por la tramitación del presente juicio; Habiéndose fundado para su demanda, en los hechos que se contienen en el escrito inicial de demanda.
SEGUNDO.- Una vez admitida la demanda se ordenó la notificación y emplazamiento de la parte demandada y quien dentro del plazo concedido por la ley dio contestación a la demanda entablada en su contra.
TERCERO.- Abierto el periodo probatorio, dentro del término legal la parte actora, única oferente, ofreció las siguiente probanzas: La documental consistente en documento llamado pagare en donde firma como deudor ROSALIO MARTINEZ ISABEL; La Instrumental de Actuaciones y la Presuncional legal y humana.
Por su parte, el demandado ofreció la prueba confesional cuestionando a JORGE FRANCISCO RUIZ HERNANDEZ la cual no tuvo trascendencia ni hechos controvertidos en el asunto
CUARTO.- Ahora bien, la acción ejercida en este asunto quedó debidamente acreditada con los siguientes elementos probatorios:
1.-.- Con la documental consistente en la copia certificada del documento llamado pagare, donde se señala como deudor al señor ROSALIO MARTINEZ ISABEL, la cual hace prueba plena en términos de ley por tratarse de un instrumento de carácter público, por lo que quedó debidamente demostrado que el deudor ROSALIO MARTINEZ ISABEL incumplió con su adeudo con el señor JORGE FRANCISCO RUIZ HERNANDEZ;
QUINTO.- Consecuentemente, como podrá apreciar su Señoría, en este asunto, con los anteriores elementos de prueba quedó demostrada de manera inconcusa que el señor ROSALIO MARINEZ ISABEL debe pagar al señor JORGE FRANCISCO RUIZ HERNANDEZ la cantidad de $100,000.00 (cien mil pesos en moneda nacional), así como a las demás prestaciones reclamadas en este asunto.
Por lo expuesto,
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