CUESTIONARIO DE DERECHO ¿Qué se entiende por hecho jurídico en amplio sentido?
Enviado por Estefanía SP • 7 de Octubre de 2018 • Tarea • 1.750 Palabras (7 Páginas) • 239 Visitas
CUESTIONARIO DE DERECHO
¿Qué se entiende por hecho jurídico en amplio sentido?
Es todo acontecimiento de la vida humana, voluntario o involuntario, o de la naturaleza en relación con el hombre que provoca consecuencias en el campo del derecho.
En estricto sentido, ¿Qué es el hecho jurídico y que es el acto jurídico?
Es aquel que provoca consecuencias en el campo del Derecho sin que haya la intencionalidad del hombre para ese efecto.
¿Qué diferencia hay entre acto jurídico y hecho jurídico?
El hecho jurídico es un acontecimiento al cual el derecho atribuye consecuencias jurídicas, mientras que el acto jurídico es la manifestación de la voluntad encaminada a producir efectos de derecho.
¿Cuáles son los requisitos de existencia del acto jurídico?
Voluntad o consentimiento
Objeto que pueda ser materia del acto jurídico
Solemnidad
La norma de Derecho que reconozca los efectos deseados por el autor del acto
A los requisitos anteriores, ¿Por qué se les llama de existencia o esenciales?
Se denominan esenciales o de existencia porque sin ellos el acto no existe.
¿Cuáles son los requisitos de validez del acto jurídico?
Capacidad de las partes
Ausencia de vicios del consentimiento
Licitud en el objeto
Formalidad cuando la ley así lo exige
Atendiendo a los requisitos de existencia del acto jurídico, ¿Qué es la voluntad y que es el consentimiento?
Voluntad: se define a la voluntad como el querer interno de hacer o dejar de hacer algo, pero este querer interno debe ser manifestado al exterior para constituir el acto jurídico.
Consentimiento: es el acuerdo de dos o más voluntades tendientes a la creación, modificación o extinción de derechos y obligaciones.
¿Qué requisitos debe reunir la cosa o hecho materia del acto jurídico?
El objeto, ya sea directo o indirecto.
Atendiendo a los requisitos de validez del acto jurídico, ¿Qué se entiende por vicios de la voluntad?
Aquellos factores que impiden que la voluntad, aun expresada, produzca los efectos jurídicos.
¿Qué es el error en el acto jurídico?
Se define como un falso concepto de la realidad o creencia contraria a la realidad.
¿Qué es el dolo y la mala fe?
El dolo es un artificio tendiente a inducir al error a una persona que va a celebrar un acto jurídico.
La mala fe es el disimulo de una persona que sabe que existe el error en uno de los contratantes y no esclarece la realidad.
¿Cuál es la diferencia entre dolo y mala fe?
La mala fe tiene que ver con la conciencia de que el acto que realizo no corresponde, mientras el dolo es la conciencia de realizar un acto con el fin de causar un daño y la voluntad de realizarlo.
¿Cuándo se dice que hay lesión en un acto jurídico?
Cuando se da como resultado de la desproporción, en un acto jurídico a título oneroso, entre las prestaciones derivadas del acto ejecutado, ocasionando un daño pecuniario a una de las partes.
Dar 5 ejemplos de actos jurídicos
La policitación u oferta al público.
Contrato de compraventa.
Una fianza.
Contrato de trabajo.
Traslado de dominio.
¿Cómo se clasifican los actos jurídicos atendiendo al número de personas o voluntades que participan en su celebración?
Unilateral, bilateral, plurilateral y colegiados.
¿De qué se afecta un acto jurídico cuando falta un requisito de existencia?
¿De qué se afecta un acto jurídico cuando falta un requisito de validez?
¿Qué se entiende por nulidades en los actos jurídicos?
Es aquel que no produce los efectos jurídicos deseados por no haberse cumplido con los requisitos exigidos por la ley.
¿Qué es la nulidad absoluta o de pleno derecho?
Es aquella que afecta a un acto jurídico cuando este se realiza violando una ley prohibitiva.
¿Qué es la nulidad relativa o anulabilidad?
Es aquel que no va en contra del orden público, sino que en virtud de un vicio de la voluntad perjudica a ciertas personas en particular.
¿Cuál es la diferencia entre nulidad absoluta y nulidad relativa?
El acto nulo de pleno derecho es nulo desde el principio, es nulo de hecho y también de derecho, es nulo, en fin, sin necesidad de declaración previa. En la anulabilidad, a diferencia de la nulidad absoluta, el acto jurídico no nace afectado de nulidad ni de hecho ni de derecho, es decir la nulidad no existe desde el principio, sino que hasta que es declarada.
¿Cómo se define la obligación?
Relación jurídica constituida en virtud de ciertos hechos o actos entre dos o más sujetos, por la que uno, denominado acreedor, puede exigir de otro, llamado deudor, determinada prestación.
¿Cuáles son los elementos de la obligación?
El elemento subjetivo (acreedor y deudor), el elemento objetivo y la relación jurídica.
¿Qué son las fuentes de las obligaciones?
Se define como las causas por las cuales nacen a la vida jurídica los derechos de crédito, llamados también derechos personales u obligaciones.
¿Cómo se clasifican las obligaciones atendiendo a su fuente?
El contrato, la responsabilidad extracontractual y los actos unilaterales.
¿En dónde se origina la responsabilidad extracontractual?
En la comisión de actos ilícitos, en el riesgo por el uso de máquinas o aparatos peligrosos, en hechos de tercero y en cosas normalmente no peligrosas, o animales.
¿Cuál es la principal fuente de obligaciones?
El contrato.
¿Constituye fuente de las obligaciones la manifestación unilateral de la voluntad? Señalar dos casos.
Los actos unilaterales.
La oferta al público “el hecho de ofrecer al público objetos en determinado precio, obliga al dueño a sostener su ofrecimiento”.
El enriquecimiento ilegitimo “El que sin causa se enriquece en detrimento de otro,
...