¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS ACTUALES QUE NO ESTÁN RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN DE 1857?
Enviado por ezequiel44 • 28 de Abril de 2019 • Apuntes • 608 Palabras (3 Páginas) • 917 Visitas
EZEQUIEL PEÑALOZA PINEDA
Matricula: 2017589U
TAREA 2
1- ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS HUMANOS ACTUALES QUE NO ESTÁN RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN DE 1857?
La libertad de culto.
La libertad de enseñanza (Artículo 3)
La pérdida de la libertad por causa de voto religioso (Artículo 5)
Derecho de manifestación de ideas (Artículo 6)
2- ¿CUÁL CONSIDERAS QUE FUE EL PAPEL DE LA IGLESIA CATÓLICA EN LAS DECISIONES DE AMBOS CONGRESOS CONSTITUYENTES?
Creo que el hecho de que la mayoría de los diputados fueran católicos influyo en su contenido aunque se diga lo contrario, cuando se señala que los intereses del estado estaban por encima de la religión que profesaran y así se evidencio cuando el PAPA PIO IX va más allá de una opinión cuando expreso duras críticas en contra del proyecto de la constitución de 1917 y la línea de la iglesia era ir en contra de todo lo que supusiera una separación de la iglesia y el estado.
3- ¿CONSIDERAS QUE LOS "DERECHOS SOCIALES" ESTÁN PLENAMENTE CONTENIDOS EN AMBAS CONSTITUCIONES? Y ¿POR QUÉ?
Considero que no.
Ya que aunque se estaba consciente de su importancia no prosperaron en el texto de la ley fundamental, ya que en ese momento no se les considero propios de una constitución.
TAREA TRES
RESUMEN DE DIFERENCIAS Y CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS FUNDAMENTALES.
DERECHOS HUMANOS: hace referencia a un derecho subjetivo protegido por una norma jurídica, tiene que ver con las figuras jurídicas reconocidas y protegidas por un determinado sistema jurídico. Y constituyen un contenido parcial de las garantías individuales.
Una cosa son los derechos del hombre contemplados en la ley suprema y otra las garantías de esos derechos, la garantía se refiere a los medios procesales para hacer posible su protección y eficacia.
GARANTIAS INDIVIDUALES. Tienen que ver con la dignidad del hombre, y al mismo tiempo protegen la jerarquía normativa, en los siguientes aspectos, libertad, igualdad, seguridad jurídica, solidaridad. Las garantías son los medios de aseguramiento de estos derechos.
Las garantías individuales son derechos naturales inherentes a la persona humana y no pueden ser otorgadas solo se garantizan.
No se refiere la misma realidad que el concepto derechos humanos aunque pareciera que solo se sustituye un término por otro.
Las garantías individuales aseguran el disfrute de los derechos.
DERECHOS FUNDAMENTALES: este término abarca la realidad ética que suponen los derechos humanos, así como la dimensión jurídica positiva que tienen los sistemas jurídicos. Los derechos fundamentales se derivan de las aportaciones liberal, democrática y social.
El termino derechos fundamentales es más amplio y funcional que derechos humanos y garantías individuales.
...