DDHH reconocidos por el ordenamiento jurídico
Enviado por micaelasierra • 8 de Noviembre de 2022 • Apuntes • 361 Palabras (2 Páginas) • 72 Visitas
Desde Perez Efrain se podría definir a los DDHH como aquellos bienes inherentes (la parte constitutiva de la persona que emanan de la misma); inderogables (que no pueden ser quitados); e inalienables (no pueden ser transferidos) de la persona humana.
Se desarrollan como base de la dignidad propia y constitutiva del ser humano, siendo los DDHH reconocidos por el ordenamiento jurídico.
El ejercicio de los DDHH se despliega a través de actos humanos poniendo en práctica las facultades o poderes de acciones que le son propios al hacer uso de un DD fundamental. Se manifiestan como libertades (prerrogativa natural en la que puede decidir si actuar o no, con la obligación de respetar el DD de los demás) e inmunidades (protección total contra cualquier tipo de injerencia externa.
Estos actos humanos se caracterizan por ser externos, tras trascender la esfera interior de a persona y proyectarse sobre los demás. A su vez, contiene límites, que podrían definirse como intrínsecos (en el ámbito interno, señalan la buena fe en el ejercicio de los DDHH) y extrínsecos (los ajenos, en la esfera exterior, que poseen función social).
Desde el ámbito psi se considera el rol de profesional, como promotor de los DDHH. Ara ello se propuso la disposición de marcos regulativos dentro de la práctica profesional para la orientación de la misma y su regulación. En este caso, la Declaración de la UNESCO detalla el deber de respetar la dignidad humana, los DDHH y las libertades fundamentales. Por ejemplo, aplicando el uso dl consentimiento informado del consultante, de manera libre y bajo la información adecuada y veraz, el cual debe ser expreso y con libertad de revocarlo por el usuario mismo. A su vez, se concatena la privacidad de los mismos, con la confidencialidad del profesional para con el consultante, respetando la igualdad, justicia y equidad.
Sin quitar importancia, el Estado debe garantizar los DDHH (sea así dentro o fuera del ámbito psi) y las condiciones en las que estos se den. Además, regular la práctica profesional y garantizas su funcionamiento, por ejemplo con inversión de fondos, fomentando la educación y estimulando el conocimiento. Además de que la UNESCO debe promover y difundir los principios enunciados.
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