DEMANDA DE AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSIÓN
Enviado por anapim • 14 de Octubre de 2016 • Ensayo • 2.469 Palabras (10 Páginas) • 348 Visitas
DEMANDA DE AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSIÓN
AMPARO INDIRECTO
C. JUEZ DE DISTRITO DEL TRIGÉSIMO
CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD
DE AGUASCALIENTES, EN TURNO
P R E S E N T E.
C. ________________________________________________, mexicano, ___________________, con __________________________ años de edad, con domicilio en la Calle _____________________número _________ colonia_______________________, de esta Ciudad de Aguascalientes, con nivel de estudios _________________________, con ocupación _______________________________. Señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en la _______________________________________________________ de la misma cuidad; manifestando bajo protesta de decir verdad que las copias que se acompañan al presente escrito son iguales a la de los originales, y facultando conforme al artículo 12 de la Ley de Amparo autorizando al LIC. ____________________________________-con cedula profesional ___________________, profesionista debidamente registrado en el Poder Judicial de la Federación bajo el número ________, para que en mi nombre y representación las reciba y se impongan de los autos del juicio que desde este momento se pretende iniciar; por mi propio derecho, comparezco ante su Señoría y expongo lo siguiente:
Que por medio del presente escrito y con fundamento en el Artículo 1°, 103, fracción I y 107, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así mismo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 107 de la Ley de Amparo y Artículo 48, 51, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente; vengo a promover el amparo y protección de la justicia Federal en contra de las autoridades y los actos de autoridad que posteriormente precisaré; para el efecto, me permito servirme del esquema que dispone el Artículo 108 de la Ley de Amparo vigente, y los hago de la siguiente:
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO Y DEL QUE PROMUEVE EN SU NOMBRE, QUIEN DEBERÁ ACREDITAR SU REPRESENTACIÓN: misma que ya se acredita en líneas que anteceden.
II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO, Y SI NO LOS CONOCE, MANIFESTARLO ASÍ BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD: conforme a lo que dispone la presente regla y bajo protesta de decir verdad manifiesto que desconozco la existencia de algún tercero interesado en el presente juicio y con relación al acto de autoridad de autoridad que se impugna.
III. AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES. EN CASO DE QUE SE IMPUGNEN NORMAS GENERALES, EL QUEJOSO DEBERÁ SEÑALAR A LOS TITULARES DE LOS ÓRGANOS DE ESTADO A LOS QUE LA LEY ENCOMIENDE SU PROMULGACIÓN. EN EL CASO DE LAS AUTORIDADES QUE HUBIEREN INTERVENIDO EN EL REFRENDO DEL DECRETO PROMULGATORIO DE LA LEY O EN SU PUBLICACIÓN, EL QUEJOSO DEBERÁ SEÑALARLAS CON EL CARÁCTER DE AUTORIDADES RESPONSABLES, ÚNICAMENTE CUANDO IMPUGNE SUS ACTOS POR VICIOS PROPIOS:
AUTORIDAD ORDENADORA:
- El C. Juez Primero de Distrito del Trigésimo Circuito en el Estado de Aguascalientes.
- El C. Juez Segundo de Distrito del Trigésimo Circuito en el Estado de Aguascalientes.
- El C. Juez Tercero de Distrito del Trigésimo Circuito en el Estado de Aguascalientes.
- El C. Juez Cuarto de Distrito del Trigésimo Circuito en el Estado de Aguascalientes.
- El C. Juez Quinto de Distrito del Trigésimo Circuito en el Estado de Aguascalientes.
- El C. Juez Primero de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Segundo de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Tercero de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Cuarto de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Quinto de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Sexto de lo Penal del Palacio de Justicia Penal.
- El C. Juez Mixto de Primera Instancia de Calvillo.
- El C. Juez Mixto de Primera Instancia de Pabellón de Arteaga.
- El C. Juez Mixto de Primera Instancia de Rincón de Romos.
- El C. Juez Mixto de Primera Instancia de Jesús María.
AUTORIDAD EJECUTORA:
- Policía Judicial o Ministerial Federal en su caso, por conducto de su mando central en la ciudad de México o bien en sus destacamentos regionales o estatales.
- Policía Ministerial del Estado de Aguascalientes, en auxilio de la autoridad federal, por conducto de su director o bien por conducto de sus mandos medios destacamentados en las diferentes zonas del Estado y sus mandos operativos.
- La Policía Estatal de Aguascalientes, por conducto de su directo, mandos medios y/o sus mandos operativos en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal del municipio de Aguascalientes, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Asientos, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Asientos, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Calvillo, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Cosió, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de El Llano, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Jesús María, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Pabellón de Arteaga, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Rincón de Romos, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de San Francisco de los Romos, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de San José de Gracia, en auxilio de la autoridad federal.
- Policía Municipal de Tepezalá , en auxilio de la autoridad federal.
- Comandante o Comandantes a quienes corresponda ejecutar ordenes de aprehensión, detención o citación, quien funge como jefe directo, y al mando de este. Los Agentes del Ministerio Público adscritos a la Procuraduría General del Estado.
- El C. Procurador General de Estado de Ags.
- El C. Subprocurador de Averiguaciones Previas del Estado.
- El C. Director de Averiguaciones Previas.
- El C. Subdirector de Averiguaciones Previas.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 1 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 2 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 3 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 4 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 5 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 6 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 7 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 8 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 9 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 10 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 11 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
- El C. Agente del Ministerio Público No. 12 adscrito a la Dirección General de Averiguaciones previas del Estado.
IV. LA NORMA GENERAL, ACTO U OMISIÓN QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAME: Orden de Aprehensión, en contra del suscrito.
V. DERECHOS FUNDAMENTALES VIOLADOS: los contenidos en los artículos 1, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación:
H E C H O S:
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
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