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La Sociología Jurídica ¿Disciplina o Campo de Investigación?


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2017  •  Trabajo  •  1.363 Palabras (6 Páginas)  •  326 Visitas

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La sociología Jurídica: ¿disciplina o campo de investigación?[1]

Jacqueline Richter

  1. Presentación

La existencia de un objeto y un método propio permite definir una forma de análisis como una disciplina. Por ello, en torno al derecho se han construido tres formas de analizar las normas jurídicas: la teoría general del derecho, la filosofía jurídica y la sociología jurídica.

El primer problema presentado, tanto para la ciencia jurídica, como para la sociología jurídica  ha sido la definición de su objeto de estudio. La ciencia jurídica ha avanzado más. El  positivismo jurídico ha señalado que su objeto de estudio es la norma jurídica y su estructura interna.  Ello queda claro en la noción de pirámide jurídica y en  las diversas técnicas para “interpretar” el sentido de una o varias normas jurídicas. Se trata de desentrañar el sentido de las normas jurídicas. Se tiende a decir que es una mirada hacia dentro.

La sociologia jurídica, en cambio,  se ha  centrado en el estudio de las manifestaciones y efectos sociales de la creación normativa. Es una mirada hacia afuera, de las razones que llevaron al legislador a crear la norma, de los efectos que ha producido y cómo se regula en la realidad la situación que pretendía ser reglada por el derecho.    

Las dificultades para delimitar un objeto de estudio se presenta en las tres formas de analizar las normas jurídicas, pues no hay ni siquiera consenso sobre qué es derecho. Por ello, si bien la teoría general ha avanzado más en la construcción de su método y en la delimitación de su objeto,  los bordes siguen siendo borrosos. Igual situación ocurre con la  filosofía jurídica.

 En este resumen se mostrara las dificultades que ha tenido la sociología jurídica para construir un objeto y método propio.

   

  1. El huidizo objeto de estudio

La importancia de otórgale a la  sociologia jurídica el carácter de disciplina se debe que se considera que ese sería un argumento muy importante para su inclusión en los planes de estudios de la carrera de derecho.

Algunos autores consideran que la sociología jurídica hace un tipo de análisis que puede situarse la intersección de varias disciplinas tradicionales. Se trataría de un tipo de estudios pluridisciplinarios.  Otros consideran que es una disciplina propia que tiene un objeto y un método. Esta segunda posición ha recibido muchas críticas, pues no ha logrado mostrar cuál es su objeto y menos que tiene un método propio.[2] 

  1. La intersección entre varias disciplinas

La discusión principal ha sido si la sociologia jurídica es una disciplina de las ciencias jurídicas o de la sociología. Los juristas no se han puesto de acuerdo. Unos consideran que la sociologia jurídica es parte de la ciencia jurídica, en cambio otros señalan que es una disciplina de la sociologia general. Los que consideran que no es parte de los estudios jurídicos argumentan que la ciencia jurídica es una ciencia normativa, en cambio la sociologia estudia los hechos, es una ciencia de los hechos. Por tanto, se sostiene que la sociologia jurídica “es una rama de la sociologia general  que estudia el fenómeno del Derecho no bajo el punto de vista normativo propio de la ciencia jurídica, sino como fenómeno social” (pág. 155).

La tendencia mayoritaria considera que estudia un fenómeno de una ciencia (la norma jurídica) con herramientas metodológicas de otra ciencia, la sociología.

La discusión no se ha cerrado, pues no hay consenso donde ubicar a la sociologia jurídica. Se trata de saber si el hecho que estudia el derecho como fenómeno social implica resaltar sus coincidencias con la sociologia. Pero al ser el derecho su objeto de preocupación también puede considerarse que su ubicación es dentro de las ciencias jurídicas.  

En los trabajos sobre el objeto de la sociologia pudiese sostenerse que existe cierto consenso que se trata de un campo de investigación sobre el papel y las funciones del derecho en la sociedad. También se ubican en ese campo, los análisis sobre cómo se expresan los problemas sociales en las normas jurídicas y sus instituciones.

Otros autores para diferenciarla de la ciencia jurídica hacen énfasis que es el estudio del ser y no del deber ser, pero al tratar de hacer la distinción se tropieza con que la norma jurídica tiene una vocación de ser, es decir, que su función es ser aplicada en la realidad.

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