¿QUÉ ES LA FERTILIZACIÓN Y LAS TÉCNICAS DE FERTILIZACIÓN?
Enviado por yulsin • 16 de Noviembre de 2015 • Informe • 10.003 Palabras (41 Páginas) • 138 Visitas
Los derechos humanos de cuarta generación son los que incluyen lo relacionado con las nuevas tecnologías, como los ciber-derechos que se generan con el uso del internet, el control del cuerpo y la organización y manipulación genética de uno mismo.
¿QUÉ ES LA FERTILIZACIÓN Y LAS TÉCNICAS DE FERTILIZACIÓN?
Como formas en donde se refleja la manipulación de la genética encontramos la fecundación artificial o fertilización asistida que son procedimientos que ayudan a las personas con problemas de fertilidad. Existen distintas técnicas para la reproducción asistida:
- Inseminación artificial
- Inseminación heteróloga ( Inseminación artificial pero con semen de donante)
- FIV (Fertilización in vitro)
- ICS (Inyección citoplasmática de espermatozoide): Parecida a la anterior pero solo se elige un espermatozoide y se inyecta dentro del óvulo, recomendadas en donde los espermatozoides móviles son muy escasos.
A continuación se presentara un cuadro en donde se expone las diferencias de cada método para obtener fecundación artificial.
INSEMINACIÓN ARTIFICIAL | FECUNDACIÓN IN VITRO (FIC) |
Técnicamente consiste en la introducción de espermas en el útero simultáneamente cuando la mujer esta ovulando para así aumentar las probabilidades de concepción. Se recurre a ella cuando se presenta: -Vasectomía -Patologías urológicas como eyaculación retrograda al interior de la vejiga urinaria o hipostasia -Cáncer Se necesita contar con ciertos requisitos para que el tratamiento tenga mas índices de probabilidad como:
Se ocupa el ciclo natural de la mujer pero para incrementar las posibilidades de éxito se debe estimular los ovarios para confirmas la maduración de al menos 1,2 o 3 folículos (Unidad básica de la biología reproductiva femenina en el interior del ovarios. Esos folículos son controlados y cuando comienzan a crecer se prepara la cancelación para no generar un embarazo múltiple. Existe un 25%- 30% de éxito de gestación. La inseminación se puede dar A) Con el semen del cónyuge. El día de la inseminación se entrega la muestra de semen, se recuperan los espermas móviles mediante un proceso de selección por centrifugación y se concentran en un volumen mas pequeño logrando obtener un numero elevado de espermas móviles (millones). B) inseminación con el semen de un donante porque el semen no sirve y no puede utilizarse por motivos irreversibles o no se tiene pareja masculina. El semen proviene de un banco en de donadores anónimos. Se sigue el mismo procedimiento. La inseminación se somete a máximo 4 intentos y si no se consigue el embrión se aconseja someterse a FIV (Fecundación in vitro) | La unión del óvulo y el espermatozoide no ocurre dentro de las trompas de Falopio de las mujeres, sino en un laboratorio. Se recurre cuando existen: -Problemas de ovulación -Trompas de Falopio bloqueadas - Endometriosis (hace que los ovarios y las trompas de Falopio se adhieran a otras superficies lo cual impide que desempeñen sus funciones correctamente) -Baja calidad de los espermatozoides -Edad materna avanzada Consiste en la extracción de los óvulos en la mujer para ser fertilizados en un laboratorio y la introducción posterior de los embriones obtenidos en el interior de su útero. Con una aguja se atraviesa la pared vaginal hasta llegar a los ovarios donde se succiona los folículos para obtener óvulos maduros. El semen se somete a un proceso de lavado y centrifugado para obtener el potencial máximo de fertilidad y limpiar restos celulares y espermas de “mala calidad”. Una vez fertilizados los óvulos se convierten en embriones que se mantiene en incubadoras especiales en donde son cuidados para asegurar su crecimiento apropiado, se seleccionan después de unos días a los mejores embriones y se transfieren al útero materno por vía vaginal. Se introducen varios embriones con el fin de aumentar la probabilidad de embarazo, lo que puede resultar un embarazo múltiple, pero ahora se introduce el embrión en fase blastocito (5 o 6 días después de la fertilización). Antes al tercer día se introducían porque era imposible mantenerlos con vida, ahora solo se introducen 1 o 2, pues esta fase blastocito es la más acorde al proceso natural porque es al quinto día en donde el embrión llega al útero. Se suministra progesterona antes y después de la fecundación durante 8 o 10 días para lograr un aumento de éxito en el desarrollo del embrión. |
DERECHO A LA MATERNIDAD POR MEDIO DE LA FECUNDIDAD IN VITRO
La Carta Interamericana de Derechos Humanos, emitida por la Convención Americana de Derechos Humanos[1] en San José de Costa Rica nos muestran los siguientes Derechos relevantes para este caso:
- Artículo 4: DERECHO A LA VIDA
- 4.4. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la Ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
En cuanto ha sido concebida, una persona es una persona y estamos ante un ser vivo, con derecho a ser protegido por el ordenamiento jurídico.
- Derecho a la Vida Privada y Familiar: La decisión de tener hijos biológicos pertenece a la esfera de la vida privada y familiar. La vida en común y la posibilidad de procrear es parte del derecho de fundar una familia. La utilización de la FIV para combatir la infertilidad también está estrechamente vinculada con el goce de los beneficios del progreso científico.
Los defensores del caso intervienen y basándose en el Artículo 7: DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL argumentan lo siguiente:
- Si la pareja quiere o no tener descendencia se da en el ámbito privado, y califico la infertilidad de las víctimas como discapacidad por la cual se les había discriminado para tener una familia.
- La reglamentación de la FIV debe desarrollar y posibilitar el contenido a los derechos de la salud, al acceso al progreso científico, al respeto a la intimidad y autonomía de la voluntad en el ámbito familiar, al derecho a fundar una familia y al ejercicio pleno de los derechos reproductivos de las personas.
- Artículo 17: PROTECCIÓN A LA FAMILIA:
- 11.1 La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe de ser protegida por la sociedad y el Estado.
- 11.2. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tiene la edad y las condiciones requeridas para ella por las leyes internas en la medida en que estás no afecten al principio de no discriminación establecido en esta Convención.
Lo anterior reconoce el papel central de la familia y la vida familiar en la existencia de una persona y en la sociedad en general. La Corte indica que el derecho de protección de la familia conlleva a favorecer el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar. Es un derecho tan fundamental que no se puede derogar aunque las circunstancias sean extremas.
Por otra parte, el derecho a la vida privada se relaciona con: la autonomía reproductiva y el acceso a servicios de salud reproductiva, lo cual involucra el derecho de acceder a la tecnología médica necesaria para ejercer ese derecho.
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