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¿Qué es el Estado de Derecho?


Enviado por   •  14 de Julio de 2021  •  Apuntes  •  486 Palabras (2 Páginas)  •  121 Visitas

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  • ¿Qué es el Estado de Derecho?

El Estado de derecho es una forma de organización política en la que se encuentra sujeta la vida social, que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos a fin de garantizar el principio de legalidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

Está compuesto por el Estado, que representa la organización política, y por el derecho, que es el conjunto de normas sobre las cuales se rige el comportamiento de la sociedad.

Por tanto, cada decisión que se tome, desde los distintos órganos o entes públicos del Estado, debe estar regida por la ley y respetar los derechos de todos los ciudadanos.

Es decir, el poder del Estado se encuentra limitado por el derecho, esto a fin de evitar abusos de poder o violación de derechos.

Gracias a que existe el Estado de derecho, se pudo configurar la organización política y dividir en poderes: el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo.

https://www.significados.com/estado-de-derecho/

  • ROL DEL ESTADO EN EL ESTADO DE EMERGENCIA

El estado de emergencia es, un régimen de excepción. Este concepto hace referencia a aquellas “competencias de crisis” que la Constitución otorga al Estado con el carácter de extraordinarias, a efectos de que pueda afrontar hechos, sucesos o acontecimientos que, por su naturaleza, ponen en peligro el normal funcionamiento de los poderes públicos o amenazan la continuidad de las instituciones estatales y los principios básicos de convivencia dentro de una comunidad política.[1]

El estado de emergencia está regulado en el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política en los siguientes términos:

“El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan:

Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2° y en el inciso 24, apartado del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie. El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días. Su prórroga requiere nuevo decreto. En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República”.[2]

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