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Trabajo Gestión Jurídica


Enviado por   •  30 de Octubre de 2017  •  Tarea  •  1.644 Palabras (7 Páginas)  •  2.423 Visitas

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Tarea para GDJE02.



Actividad 1
Antonio Campos Amor, es un empresario individual que lleva ejerciendo la actividad comercial varios años. Ante una previsible mala situación financiera, decide limitar su responsabilidad constituyéndose en sociedad anónima. Para ello, puede aportar su salón comercial, tasado oficialmente en 45.000 euros, y 15.000 euros que tiene ahorrados, aunque esta cantidad monetaria podrá aportarla posteriormente, es decir, una vez constituida la sociedad. 
Responde a las siguientes preguntas: 


a. ¿Podría constituir la Sociedad Anónima siendo un solo socio? 
Sí, porque no tiene un número mínimo de socios.
¿Qué requisito debe cumplir en este caso?
Sería una sociedad anónima unipersonal, y estaría obligado a hacerlo constar en el Registro Mercantil, así como en otros documentos jurídicos y mercantiles.

b. ¿Cumpliría con los requisitos legales exigidos a una sociedad anónima respecto al capital mínimo a aportar? 
Sí, porque el capital social inicial no podrá ser inferior a 60.000 euros. Deberá estar íntegramente suscrito y, al menos, una cuarta parte desembolsado en el momento de la constitución. Se pueden realizar aportaciones de bienes y derechos susceptibles de valoración económica. Y el Sr. Campos aporta un salón comercial valorado en 45.000 euros y el resto lo aportará más tarde.

c. ¿Qué diferencia existe entre la responsabilidad del empresario individual y la responsabilidad de una sociedad anónima?
En el caso de las sociedades anónimas los socios sólo responden con el capital que han aportado a la sociedad, tienen una responsabilidad limitada. Sin embargo en el caso del empresario individual la responsabilidad es ilimitada, ya que el empresario individual tiene que responder de sus obligaciones con todos sus bienes, los afectos a la actividad comercial y los de su patrimonio personal, tanto presentes como futuros, puesto que si en la actualidad no tiene suficiente para cubrir todas las deudas contraídas, quedará obligado con los bienes que pueda tener en un futuro.


Actividad 2
Cinco amigos acaban de finalizar el ciclo formativo de grado superior de Asistencia a la Dirección. Han decidido iniciar y crear una empresa, en un local alquilado, dedicada a la publicidad y que llamarán TuPubli5. Dudan entre fundar una sociedad limitada nueva empresa o una sociedad anónima laboral. 
Analiza su situación y asesórales sobre qué tipo de forma jurídica podrán constituir, indicando si cumplen o no los requisitos para cada una de ellas y las ventajas e inconvenientes que tienen. 

  • Son cinco amigos y tres de ellos van a trabajar en la empresa con contrato indefinido. 
  • Pueden recabar un capital de 65.000 euros, aportado a partes iguales entre todos los socios. 
  • En el momento de constituir la sociedad, han podido desembolsar en una cuenta bancaria que han abierto para tal fin sólo 17.500 euros y deciden aportar el resto posteriormente a la constitución. 
  • Desean arriesgar sólo el capital aportado. 
  • Quieren aprovechar aplazamientos en impuestos. 
  • Los socios trabajadores gestionarán la sociedad.

La forma jurídica que mejor le conviene sería la de Sociedad Limitada Nueva Empresa. Las condiciones de este tipo de sociedad es la que se adapta mejor a sus condiciones.
El número de socios en el momento de la constitución se limita a un máximo de cinco socios. 
La gestión de la sociedad, es llevada por el Órgano de administración y los socios pueden participar en este órgano de administración. 
Los socios responderán de las deudas sociales únicamente con las aportaciones realizadas a la sociedad por lo tanto tienen responsabilidad limitada.
El capital social inicial a aportar también se limita, siendo el mínimo de 3.012 euros y un máximo de hasta 120.202 euros. En este caso el capital sería de 65.000 euros y están dentro del límite, pero no tendrían todo el dinero en el momento de la constitución y sólo podrán poner de capital social lo que tienen desembolsado en el banco (17.500 euros) y más adelante hacer un aumento de capital cuando tengan el resto disponible (desembolsado).
Si eligen la tramitación telemática y tienen los estatutos sociales, en sólo 48 horas podrán tener su empresa constituida. 
En cuanto a las ventajas fiscales tendrían:
Aplazamiento del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los dos primeros períodos impositivos desde su constitución. 
Aplazamiento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a pagar por la constitución de la sociedad, durante el plazo de un año. 
Los inconvenientes que tendrían sería que la denominación de la sociedad se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único, no sería Tupubli5. Y el objeto social sería genérico, para evitar modificaciones de los estatutos y permitir una mayor flexibilidad en la actividad empresarial a desarrollar.
En cuanto al tipo de sociedad laboral puede ser de responsabilidad limitada y aunque la mayoría de las condiciones son las mismas hay una serie de diferencias:
La mayoría del capital social tiene que pertenecer a los trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, con una relación laboral por tiempo indefinido, al menos el 51 % de sus socios tendrán que ser socios trabajadores con contrato indefinido, ninguno de los socios podrá poseer acciones o participaciones que representen más de la tercera parte del capital social. 
Tendrían que darse de alta como sociedad limitada laboral. 
No tendría las ventajas fiscales de aplazamientos de impuestos.

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