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Tratamientos Urbanísticos


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2015  •  Trabajo  •  684 Palabras (3 Páginas)  •  216 Visitas

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TRATAMIENTOS URBANÍSTICOS

T. de desarrollo

T. de renovación urbana

T. de consolidación

T. de conservación

T. de mejoramiento integral

Descripción

Es aquel que traza y orienta la incorporación de nuevos terrenos al proceso urbano (terrenos urbanizables no urbanizados), localizados en suelo urbano o de expansión.

Es aquel que busca la transformación de zonas desarrolladas de la ciudad que tienen condición de subutilización, y así rehabilitarlas y repotenciarlas en su desarrollo, capacidades de uso y aprovechamientos físicos.

Son aquellas disposiciones y orientaciones normativas que regulan la transformación de las estructuras urbanas desarrolladas, garantizando coherencia entre la intensidad del uso del suelo y el espacio público.

Es aquel cuyo objetivo es la de proteger el patrimonio construido en ciudades para asegurar su preservación. Tiene el objetivo el disfrute como bien de valor ambiental y de interés cultural, y de permanencia como símbolo de identidad para sus habitantes.

Es aquel que rige las actuaciones para la regularización de los asentamientos humanos de interés general para su conveniente integración a la estructuración de la ciudad, de acuerdo a las directrices establecidas en el modelo de ordenamiento territorial.

Modalidades y ámbitos de aplicación

1. Los predios que no se le haya asignado el tratamiento de desarrollo.

2. Los predios sin desarrollar, no urbanizados, que estén clasificados en otros tratamientos diferentes al de no desarrollado.

3. Los predios sin desarrollar que se segreguen de predios de uso dotacional previa obtención de la licencia de subdivisión, autorizada a través del plan de regularización y manejo o derivada del acto de reconocimiento, cuando éstos se requieran.

4. Los predios que se hayan desarrollado sin cumplir con el trámite y obligaciones derivadas del proceso de urbanización, que no se enmarquen dentro del proceso de legalización y cuando en estos se proponga un reconocimiento de la edificación o un cambio de destinación, en términos de uso en predios con licencias de construcción anteriores, en el marco de la normativa vigente.

1. Redesarrollo: se refiere a sectores donde se requiere un reordenamiento para generar nuevos espacios urbanos, con sustitución total o parcial de los sistemas generales, del espacio edificado, e introducción de nuevos usos con un aprovechamiento constructivo.

2. Reactivación: hace referencia a sectores donde se requiere la habilitación y mejoramiento parcial del espacio público con sustitución parcial y paulatina del espacio edificado, incluyendo la intensificación en la utilización del suelo y de las condiciones de edificabilidad.

1. Urbanística: Incluye las urbanizaciones, agrupaciones, conjuntos o proyectos de vivienda en serie que mantienen características urbanas y ambientales y deben conservarlas como orientadoras de su desarrollo.

2. Con densificación moderada: Comprende barrios que presentan calidad urbana o ambiental, cuyos predios son susceptibles de una densificación respetuosa de las características urbanas existentes.

3. Con cambio de patrón: Son las zonas o ejes viales donde se ha generado un proceso de cambio que modifica irreversiblemente las condiciones del modelo de cambio que modifica irreversiblemente las condiciones del modelo en las que es necesario ajustar los patrones normativos de construcción.

4. De sectores urbanos especiales, que deben asegurar y recuperar sus condiciones como aspectos adecuados a tales usos.

1. Sectores de interés cultural: Sectores antiguos, con desarrollo individual y sectores con vivienda en serie de agrupaciones y conjuntos.

2. Inmuebles de interés cultural; localizados en áreas consolidadas, que por su valor arquitectónico, artístico o histórico merecen ser conservados. 3. Inmuebles localizados en áreas no consolidadas; pero localizados en el territorio y que poseen valores arquitectónicos, artísticos y ambientales.

4. Monumentos conmemorativos y objetos artísticos; localizados en el espacio público que por conmemorar hechos de la historia de la ciudad o por sus valores artísticos históricos, merecen ser conservados.

5. Caminos históricos: Se aplica a los caminos reales, caminos de herradura y sendero localizados generalmente en área rural. Los propietarios de terrenos e inmuebles determinados en los POT o en uno de sus instrumentos, deberán ser compensados por esta carga.

1. De intervención reestructurante: Corresponde a sectores que requieren generar condiciones de accesibilidad, dotación de equipamientos e infraestructura a escala o zonal, mediante proyectos específicos que integren varias intervenciones o acciones sectoriales.

2. De intervención complementaria: Para sectores que requieren complementar y7o corregir deficiencias urbanísticas, mediante la continuación de procesos ya iniciados que apuntan a construir y cualificar es espacio público, las dotaciones y las infraestructuras locales.

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