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La corrupción en México y las instituciones públicas en el siglo xxl Derecho penal


Enviado por   •  17 de Julio de 2019  •  Biografías  •  2.211 Palabras (9 Páginas)  •  157 Visitas

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UANL

FACDYC

Metodología de la investigación

Osvaldo Rodríguez Pérez

Matricula:1581534

14/julio/2019

Índice

I Datos de identificación                                                                                          1

II Datos académicos

III Trabajo de investigación

IV Estructura del proyecto

  1. Antecedentes
  2. Planteamiento del problema                                                                        2
  3. Delimitación
  4. Justificación
  5. Objetivos generales y específicos                                                               3
  6. Hipótesis
  7. Metodología
  8. Marco teórico                                                                                               4,5,6

 V documentos

  1. Plan de trabajo                                                                                             7

La presente información mostrada en el texto siguiente es en base a seguir una metodología o proceso para tratar de llegar a obtener las bases de una metodología de la  investigación por medio de la misma obtener un buen resultado en cuanto a  la secuencia o sistematización empleada para que se presente la información organizada y entendible ya que esto ayuda al buen desarrollo o finalidad que se le quiere dar a la información planteada

Datos de identificación

Osvaldo Rodriguez Pérez

1581534

5to semestre

Datos académicos

Metodología de la investigación

Derecho

Facultad de derecho y criminología UANL

Trabajo de investigación

Titulo: La corrupción en México y las instituciones públicas en el siglo xxl

Derecho penal

Estructura del proyecto

Antecedentes

Conforme a lo dicho en la investigación realizada por Jaime Cárdenas Gracia titulada “causas de la corrupción y como enfrentarla “como coautor del libro ¿Cómo combatir la corrupción? Realizada para el instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM, nos da a entender que la mayoría de los actos realizados parece provenir o nacer desde un punto cultural ya que de acuerdo a él las causas pueden ser variadas desde el frágil diseño institucional y político ya que estos juegan un papel importante en la corrupción, esto es en consecuencia en el déficit en la democracia la nula participación social en las políticas públicas poca transparencia en las mismas protocolos de control carentes de autonomía buenos resultados y una jurisdicción que privilegia al servidor público, tipicidad nula en los actos que puedan llevar acabo un servidor público y muchas otras las cuales podrían ser causa de la corrupción. Otros más suelen decir que la corrupción se da por una cuestión estructural al poder, quien dispone de poder es decir la facilidad de poder influir en otros incentivándolo o perjudicando su futuro está condenado a dar favores a cambio de contrapesos especiales en si

planteamiento

del problema 

para la lucha de la corrupción primeramente tendríamos que identificar de donde es que se llega a generar esa problemática ya que prácticamente todo recae en cuestiones culturales arraigadas tanto en la sociedad como en las instituciones públicas aunado a ello un déficit en la democracia y además que no hay un dictamen que enfrente al poder en México sobre que es realmente lo que produce  o lo que genera la corrupción en el país y no hay una respuesta clara o propuesta a los ciudadanos del cómo implementar una participación ciudadana para enfrentarla ya que esto se da por la poca transparencia en los proyectos o claridad sobre de como es que se llevan a cabo

delimitación

¿Los protocolos anticorrupción son la forma eficaz de terminar con la misma?

¿Fortalecer las instituciones y cambios en  la penalidad ayudarían a disminuir la corrupción?

¿La corrupción recae en una manifestación cultural en la sociedad mexicana?

 ¿Es el rezago educativo en la sociedad como factor en la corrupción de México?

¿Es la poca regulación que hay para el destino de los recursos públicos para el servicio público previsto una causa para la misma?

Justificación

el saber el origen o tratar de llegar a entender cómo es que se origina o donde nace la corrupción es un punto de partida para poder llegar no como tal a acabar con la corrupción, pero si llegar a disminuirla debido al ´poco seguimiento de la problemática por parte de las autoridades y nulo conocimiento por la sociedad de cómo llegar a combatir o ir en contra de la misma, todo esto en base a los altos índices de decadencia social rezago educativo de la sociedad en llegar a solicitar a las autoridades la aplicación de la ley y criticar la forma en la que se lleva acabo

Objetivos generales y específicos

General

-Vincular las causas que generan la corrupción

-ver el punto de vista de la corrupción desde diferentes ámbitos

Específicos

-Dar a conocer información sobre cómo se origina la corrupción

-tratar de llegar a establecer un punto de inicio en la problemática

Hipótesis

Se podría dar a entender que la problemática de la corrupción puede nacer desde varios ámbitos esto desde el rezago cultural en la sociedad y los bajos índices de rezago educativo proliferan a que no se tenga el conocimiento de cómo poder intervenir en la corrupción así que el problema recae en la participación ciudadana ya que los principales elementos que no permiten combatirla son meramente culturales se necesita primeramente que haya un mecanismo en el cual se promueva la participación ciudadana y se reestructure el seguimiento a la corrupción

Metodología

Este documento o lo que trata dentro del mismo es meramente de carácter informativo ya que su principal objetivo es solo tratar de dar a conocer de acuerdo a algunos autores el origen o que es lo que prolifera el surgimiento de la corrupción se centra en proponer o alentar a la población en general en dar saber que los mas interesados en el tema debemos de ser los mismos  ya que todos formamos parte de la democracia o nosotros la formamos y alienta a que la vox populi haga uso del poder que tenemos dentro de la misma  

Marco teórico

Basándose en las leyes en México encontramos que si bien está sancionado en caso de que el servidor público incurra en algún delito como el enriquecimiento ilícito el abuso de poder como lo marca la constitución mexicana en el artículo 109 fracción tercera

Artículo 109. Los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado, serán sancionados conforme a lo siguiente

III. Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Dichas sanciones consistirán en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones. La ley establecerá los procedimientos para la investigación y sanción de dichos actos u omisiones. Las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las entidades federativas, según corresponda, y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa que resulte competente. Las demás faltas y sanciones administrativas, serán conocidas y resueltas por los órganos internos de control.

Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos. 81 Los ejecutivos de las entidades federativas, Diputados locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, así como los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este Título por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda. Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

En el código penal federal

Artículo 217.- Comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades: I.- El servidor público que ilícitamente: A) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación; B) Otorgue permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones de contenido económico; C) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal; D) Otorgue, realice o contrate obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, con recursos públicos; E) Contrate deuda o realice colocaciones de fondos y valores con recursos públicos

Artículo 217 Bis.- Al particular que, en su carácter de contratista, permisionario, asignatario, titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio de la Federación, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero: I.- Genere y utilice información falsa o alterada, respecto de los rendimientos o beneficios que obtenga, y II.- Cuando estando legalmente obligado a entregar a una autoridad información sobre los rendimientos o beneficios que obtenga, la oculte. Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de tres meses a nueve años de prisión y de treinta a cien días multa.

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