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IMPACTO DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE Y LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES, Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT)


Enviado por   •  15 de Enero de 2022  •  Ensayos  •  1.874 Palabras (8 Páginas)  •  108 Visitas

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UNIVERSIDAD DE ORIENTE[pic 1]

NUCLEO DE ANZOÁTEGUI

POSTGRADO EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

MENCIÓN GERENCIA GENERAL

EXTENSIÓN EL TIGRE

IMPACTO DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE Y LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES, Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT)

INTEGRANTES:

Licda. Adriana España C.I: 15.671.745

Ing. Nancy Contreras C.I: 8.994.604

Ing. Wilmer Parra C.I: 9.615.637

El Tigre, 03 de Septiembre de 2.021.

IMPACTO DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE Y LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES, Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT)

La legislación ambiental tiene origen en la necesidad de responder ante la sociedad por los daños que la actividad del hombre -en su visión más antropocéntrica- le ocasiona al medio ambiente. De allí que, le corresponde a la educación la importante tarea de instruir al ser humano para que actúe con conciencia y contribuya a proteger la vida en el planeta, mientras que al derecho le corresponde la función de velar por el cumplimiento de lo anterior, a través de la norma y la coacción.

Por otra parte, tenemos la seguridad y salud de los trabajadores que constituye más que nunca un tema de preocupación para los legisladores a nivel mundial, a razón del número de vidas que se han perdido o gravemente afectado por consecuencia de prácticas de trabajo inseguras y muy pocas acciones para sancionar las faltas que con frecuencia se cometen. Entendido el trabajo como un derecho inalienable para toda persona, el Estado debe ser garante de promulgar y hacer cumplir normativas que garanticen la seguridad de los trabajadores y establecer los medios de sanción para quienes las vulneren.

En conocimiento de esta necesidad, el Estado Venezolano en las últimas décadas ha promulgado nuevas leyes y reglamentos y ha establecido reformas de algunas ya existentes. Entre estas últimas, se podría decir que dos de las más importantes a razón de la cantidad de preceptos que incorporan y del profundo cambio que promueven dentro de las materias que implican serían la Lay Penal del Ambiente y la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

Ley Penal del Ambiente 

Fue promulgada el 03 de Enero de 1.992, reformada y publicada en Gaceta el 02 de Mayo de 2.012 para adaptarla a los nuevos preceptos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tiene origen en lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica del Ambiente. Tiene por objeto tipificar como delitos aquellos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y establecer las sanciones penales correspondientes. De igual modo, determina las medidas precautelativas de restitución y de reparación a las que haya lugar. La reforma de esta Ley incorpora tres preceptos sobre la responsabilidad a saber:

  1. Responsabilidad objetiva: La Ley en su Artículo 3 establece que a los efectos de los delitos ambientales cuya ejecución exige la violación de una norma administrativa, es objetiva y para demostrarla basta la comprobación de la violación, no siendo necesario demostrar la culpabilidad.
  2. Responsabilidad solidaria: La ley en su Artículo 16 establece que cuando dos personas jurídicas celebren un contrato o acuerdo para que una ejecute un determinado trabajo en beneficio o provecho de la otra y su realización cause daños o riesgos al ambiente o los recursos naturales, ambas responderán penalmente de manera solidaria.
  3. Responsabilidad por dependientes: en este caso la máxima autoridad de la organización donde se ocasionó el daño ambiental, será castigada con la misma pena del delito que se comete con una rebaja de un tercio de la misma (Artículo 17).

Esta Ley tipifica 74 delitos de los cuales 29 son nuevos. Igualmente establece que las penas serán aplicadas de acuerdo al tipo de peligro o daño que revistan, estableciendo así para los delitos estas dos categorías (Artículo 7)

Las penas principales que se establecen en la Ley Penal del Ambiente son: prisión, arresto, disolución de la persona jurídica y multa. (Artículo 5). Dentro de las incorporaciones que presenta la Nueva Ley se encuentran las siguientes:

  1. En el caso de personas accesorias se establece la clausura definitiva y temporal del establecimiento y suspensión de actividades jurídicas (Artículo 6)
  2. La ley prevé la posibilidad de ejecutarse una orden de “comiso” de los bienes de la persona natural o jurídica que ocasionó el daño por la necesidad de que se siga ocasionando el perjuicio al ambiente.  (Artículo 28 y Artículo 11, Numeral 3, Literal A)
  3. La innovación más notable sería el desmantelamiento de la instalación, establecimiento o construcción que cause algún daño ambiental, contemplado en el Artículo 5 de la Ley.

Para fines de la eliminación de riesgos, se establece que conjuntamente con las sanciones y las medidas restitutivas y reparatorias, el juez podrá acordar en las sentencias la obligación de realizar experticias cada año y hasta por diez veces a fin de determinar la efectiva eliminación de los riesgos ambientales (Artículo 10)

Con el propósito de asegurar los resultados de las sentencias en el Artículo 26 se establece que el Juez podrá adoptar en cualquier estado o fase del proceso medidas destinadas a asegurar los resultados de las decisiones que contemplan: el establecimiento de fianzas; fijación de astreine por día de retardo en el cumplimiento; retención de materiales, maquinarias u objetos; suspensión de la energía; embargo preventivo de los bienes o cualquier otra medida necesaria para asegurar la interrupción de la actividad y el resultado de las medidas decretadas.

El Derecho Ambiental en Venezuela y el resto del mundo se dedica a la prevención de los daños que se le puedan causar al medio ambiente. Teniendo en consideración que los mismos pueden llegar a ser irreversibles y poner en riesgo la posibilidad de vida de en el planeta y entendiendo que la actividad humana es la principal causante de estos daños, se le imprime a esta ley un carácter reparador sobre las leyes de efecto preventivo que hayan sido vulneradas y sobre los daños causados y fortalece las medidas para el cumplimiento de las sanciones y para vigilar que se eliminen efectivamente los riesgos de recurrencia. Desde esta perspectiva, el beneficio de la Ley Penal del Ambiente no está dirigido a las organizaciones sino hacia el ambiente en sí ya que se busca reparar con una pena los delitos que vulneran.

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