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Función electoral


Enviado por   •  30 de Junio de 2023  •  Informe  •  2.001 Palabras (9 Páginas)  •  31 Visitas

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Nombre del estudiante: Edison Javier Velásquez Morales

Facultad: Facultad de jurisprudencia y ciencias políticas.

Paralelo: B22-01

Modalidad: Distancia

Función Electoral.

Introducción.

En el presente ensayo vamos a analizar una de las cinco funciones del Estado, la función electoral; que cabe mencionar está compuesta por dos organismos, El Consejo Nacional Electoral y el Tribula Contencioso Electoral. Estos órganos están regidos por la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas.

Siendo su principal función dentro del Estado, dirigir,         ilar y garantizar, la transparencia de los procesos electorales a través del sufragio. Se regirán por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad.

Desarrollo.

Para abordar el tema debemos iniciar indicando que en Ecuador su primera constitución fue promulgada en año de 1830, esto en vista de haber adoptado un carácter republicano, que empezó a ejercerse en este lado del planeta, empezó el derecho al sufragio para que el pueblo pueda elegir a sus representantes. Las características que ha tenido el derecho a sufragar por los ciudadanos ha sido evolutiva paulatinamente de acuerdo a las Constituciones. Entre los años 1830 y 1852 como característica principal sobre el tema, era el sufragio censitario, que mencionaba el requisito de capacidad económica para ser ciudadano. Adicional, aquí existía el sistema indirecto de voto, así, quien tenía la calidad de ciudadano, en las elecciones primarias podía designar a la persona que, en segundo momento seria quien elija a las diferentes autoridades.

La Constitución de 1830 instauró la existencia de varias asambleas parroquiales, mismas que podían votar y designar a sus electores, mismos que debían cumplir ciertos requisitos como, ser mayor de 25 años y tener ingresos anuales a 200 pesos. Los electores parroquiales tenían la obligación de acudir cada dos años a la capital de la provincia con el fin de conformar la Asamblea Electoral, quien era la encargada de elegir a las diferentes dignidades como diputados y suplentes.

En la Constitución de 1945 se crea el Tribunal Supremo Electoral, que es el órgano encargado de dirigir el proceso electoral y garantizar sus procesos; este fue integrado por políticos designados y miembro propios. Tenía facultades administrativas, vigilar y colocar reglas para los actos electorales, así mismo realizar el conteo delos votos y crear justicia electoral. En la Constitución de 1946 estas funciones se entregan al Tribunal Contencioso Electoral, con la asignación de siete miembros, por los tres poderes clásicos del Estado.

Para Nohlen (2008), el criterio de Sartori no es muy sistemático, y propone clasificar los sistemas electorales conforme al principio de representación. El principio de representación plantea la cuestión de la decisión política de una sociedad para configurar su propia representación. Esta decisión se fundamenta en experiencias históricas, en consideraciones político-ideológicas, democráticas y político-pragmáticas. El principio de representación puede ser proporcional o de mayoría, y ambos son formas diferentes de ver y hacer política.

A partir del 2008 donde se promulgo la Constitución de Republica, existía un solo órgano rector el Tribunal Supremo Electoral, mismo que era el encargado de la estructura en sus tres niveles, de los procesos de elecciones. Este Tribunal Supremo Electoral en sus dos funciones tenía a cargo, el organizar, dirigir, vigilar y garantizar los procesos electorales. Y Juzgar las cuentas que rinden los partidos políticos a la época, sobre el valor, el origen y el destino que se dio a los recursos utilizados en campañas. A más de ser un órgano que brindaba administración, este tenía la facultad de juzgar las cuentas presentadas por los candidatos y sus organizaciones políticas.

En cuanto a la conformación del Tribunal Supremo Electoral, este se conformaba por siete vocales principales, cada uno con un suplente, quienes representaban a los partidos políticos, movimientos, etc., que obtuvieron la más alta votación en las últimas elecciones a nivel nacional.

Con lo antes mencionado, podemos decir que, el órgano encargado de llevar a cabo los procesos electorales y quienes juzgaban a las organizaciones políticas y a sus candidatos, eran los representantes de las mismas organizaciones políticas. Por lo cual se generó desconfianza en el pueblo, sobre el Tribunal Supremo Electoral y la imparcialidad en sus acciones.

Con este antecedente en 2008 se separó la instancia quien era la encargada de organizar los procesos electorales y quien sería el órgano encargado de juzgar la validez de dichos procesos: y, fue el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social quien se encargó de designar a los integrantes de los dos organismos.

Art. 217.- La Función Electoral garantizará el ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través del sufragio, así como los referentes a la organización política de la ciudadanía. La Función Electoral estará conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Ambos órganos tendrán sede en Quito, jurisdicción nacional, autonomías administrativa, financiera y organizativa, y personalidad jurídica propia. Se regirán por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad.

En este caso el Consejo Nacional Electoral es el órgano administrativo que es el sucesor del Tribunal supremo Electoral mismo que era el encargado de organizar y supervisar el desarrollo de los procesos electorales. Entre sus funciones principales son organizar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos electorales. Las atribuciones son las de convocar a elecciones, transparentar los procesos electorales, vigilar, organizar y dirigirlos, para que una vez realizado el escrutinio se puedan proclamar los resultados, y tomen posesión quienes hayan obtenido la mayor parte de respaldo de la población. Este está integrado por cinco consejeros principales y sus suplentes.

  1. Consejo Nacional Electoral.

El Consejo Nacional Electoral es el órgano administrativo de la Función Electoral y sus actos tienen ese carácter, aunque influyan en los derechos de las personas como ocurre con el control de la propaganda y el gasto electorales, o la realización de los cómputos y la proclamación de resultados electorales, por lo que son impugnables ante el Tribunal Contencioso Electoral.

Integración.

El Consejo Nacional Electoral está conformado por cinco miembros que los designa el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social por concurso de méritos.

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