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Práctica forence


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2023  •  Ensayos  •  1.575 Palabras (7 Páginas)  •  26 Visitas

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 LA PRUEBA COMO ELEMENTO ESENCIAL EN EL PROCESO. En forma diferente, como sucede algunas veces en ciertas instituciones y conceptos, que son propios a la ciencia del derecho, como pudiera ser la institución del matrimonio, o los contratos, el concepto de prueba, no sólo tiene relación con todo el ámbito del derecho (porque la prueba es importante en cualquier rama de éste, ya sea civil, familiar, penal, mercantil, laboral, etc.), sino que trasciende a otros campos y a su utilización en la vida diaria, todos los profesionistas utilizamos la prueba, no importa la profesión a la que nos dediquemos, necesita de ella el médico, el ingeniero, el maestro, el contador, y en general todo el profesional necesita a diario de la prueba, debe probar tanto hechos como resultados, tanto causas como efectos, la prueba también se necesita en la vida diaria, fuera de la actividad profesional, tanto en la familia como en las relaciones con los demás seres que nos rodean, necesitamos pruebas a diario tanto de actos, como de efectos, todos necesitamos de la prueba día a día.

No se necesita mucha imaginación, para darnos cuenta de lo importante que resulta la prueba dentro del derecho, se puede afirmar que si alguien tiene la razón y no la puede probar, es como si no la tuviera, de ahí la importancia de la prueba en la aplicación del derecho, en donde resulta que la prueba es determinante.

El derecho probatorio, es uno de los aspectos más importantes dentro del derecho procesal, se ha dicho incluso que el procedimiento se divide en dos grandes áreas, la primera que contiene las normas que regulan el proceso y la segunda contiene las normas que regulan las pruebas. Jeremías Bentham,l afirmó: el arte del proceso no es otra cosa Grue el arte de suministrar las pruebas.

MOTIVO DE PRUEBA. Son las razones que producen en el juez su convicción de lo que para él es la verdad. Los procesalistas Carnelutti y Bentham, a los motivos de prueba los llaman fuentes de la prueba, pero el sentido es el mismo, es de donde el juez aprecia la verdad.

Como ejemplos de motivos de pruebas serían: la observación que hace el juez personalmente de un daño, al desahogarse una prueba de inspección judicial; o la afirmación de un hecho por los testigos, que declaran al recibirse una prueba testimonial; 0 10 que el juez lee del contenido del texto de un documento que se presente como prueba; también será motivo de prueba, lo que una de las partes dice en su propio perjuicio, cuando se desahoga una prueba confesional, el motivo de la prueba, será entonces la apreciación que hace el juez de la prueba misma, será el resultado del desahogo o recepción de la prueba, motivo de prueba es entonces un ejercicio mental del juez, que lo lleva a conocer la verdad.

MEDIOS DE PRUEBA. Son las fuentes de donde el juez obtiene los motivos de prueba, son las distintas pruebas que se reglamentan dentro de cada una de las diferentes leyes procesales, así por ejemplo en el Código de Comercio se reglamentan las pruebas que se tomaran en cuenta en los procesos mercantiles y en el Código de Procedimientos Civiles se hace lo propio, igualmente aparece en el Código de Procedimientos Penales, y así en cada código procesal o leyes procesales se reglamentan las pruebas que le son propias a esa materia.

PROCEDIMIENTOS PROBATORIOS. Son las actividades necesarias para poner al juez en contacto con los medios de prueba

El procedimiento probatorio, comprende cuatro etapas, que son el ofrecimiento de la prueba, su admisión, su preparación y su desahogo.

La primera etapa es el ofrecimiento de la prueba, éste será el acto de una de las partes, en donde ofrece al juez los medios para convencerlo de su verdad, éste es un  cho de las partes, derecho que está sujeto a que su ofrecimiento se haga dentro del término que para ello se señale y además cumpliendo con las formalidades que en su caso establezcan las leyes procesales de la materia. Esta es una de las partes más' importantes en el resultado final del proceso, ya que en la sentencia sólo se ocupará el juez de las pruebas desahogadas, y obviamente sólo se pueden desahogar las pruebas que se hubieren ofrecido, salvo casos excepcionales, en donde el juez tiene libertad de ordenar la práctica de algunas pruebas que no hubieren sido   por las partes, u ordenar la ampliación de alguna prueba que hubiere sido ofrecida en forma limitada o deficiente, éste es el caso de lo que establece el artículo 279 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal:

DISTINTOS MEDIOS DE PRUEBA. Serán los instrumentos que tienen las partes para llevar al juez al conocimiento de la verdad, las diferentes legislaciones reglamentan distintos medios de prueba, como pueden ser: Confesional, Documental, Pericial, Testimonial, Inspección Judicial, Presuncional, etcétera.

  1. Confesional. La declaración de un testigo recibe el nombre de testimonio, a la declaración de una de las partes, en donde reconoce un hecho que le perjudique (que le es de circunstancias jurídicas desfavorables), se le llama confesión.

La confesión sólo se da entre las partes, y se puede definir diciendo: "Confesión es el reconocimiento que hace una de las partes, de un hecho de circunstancias desfavorables para el que la hace. " Confesar es reconocer algo que le perjudica al que lo hace, si manifiesta algo que lo beneficia no será confesión, sino declaración o manifestación.

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