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Derecho Constitucional Y Garantias


Enviado por   •  28 de Julio de 2014  •  2.571 Palabras (11 Páginas)  •  335 Visitas

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Actividad final

ENRIQUE GARCIA ZALETA

NO. DE CUENTA 220006854

CASO MARISELA MONTEJANO

El ejercicio de esta libertad solo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

En la unidad 2 en el que caso fue en la constitución política de los estados unidos mexicanos el apartado referido al ejercicio de la profesión, industria o comercio de los gobernados, a fin de indicar la forma como lo ahí señalado beneficia o afecta la situación particular de una extranjera residente en el país.

En esta unidad especificamos el artículo primero que dice que en los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece y también recurrimos al artículo 5º.

El cual ya escribimos de que se trata en la unidad 3 el caso fue que MARISELA MONTEJANO PETROVICHI se ha dado cuenta que su situación no es nada sencilla, pues además de no poder iniciar el negocio que quiere, desconoce muchos de los conceptos manejados en la constitución de nuestro país, aspecto que la hace sentir más vulnerable.

En esta unidad hicimos una distinción de las constituciones los cuales fueron distintos y descubrimos sus diferencias:

1857.-todo el mundo es libre de ejercer la profesión de su elección.

Este derecho puede sin embargo ser restringido por la ley, si dicha restricción es necesaria en relación con el interés público.

El derecho del pueblo a negociar las condiciones de empleo y otros asuntos relacionados con el trabajo se regirán por la ley.

1917.- a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo lícitos.

En base a los dos artículos en lo que coinciden es en que las personas es libre de ejercer una profesión, industria, comercio o trabajo siempre y cuando sean lícitos. la similitud de las dos constituciones es que toda persona nacional o extranjera puede ejercer profesión, industria, comercio o trabajo siendo actos lícitos ósea que están siendo conforme a derecho y no se cometa un delito y mi solución para la unidad 3 acerca del caso de MARISELA MONTEJANO PETROVICHI y lo que expuse es que la verdad optaría por que inicie su negocio ya que en ninguna forma está contemplando actos ilícitos ósea contra derecho y la realidad con la constitución de 1917 que dice que no podrá impedirse a la profesión industria o trabajo, en alguna forma esta constitución le está otorgando la libertad para poder realizar su negocio y empezarlo con los requerimientos que marca la ley.

En la unidad 4 notamos MARISELA MONTEJANO PETROVICHI ha recibido por parte de usted hasta el momento una solución parcial a su situación. No obstante ella en su afán por saber qué podría hacer, ha investigado por cuenta propia y entre sus búsquedas encontró el término "controversia constitucional".

En la unidad 5 presentamos el tema de las garantías individuales las cuales le están violando a MARISELA MONTEJANO PETROVICHI simplemente el ejercicio de la libertad que dice que nadie puede ser privado del producto de su trabajo, esto es porque toda persona tiene derecho de trabajar para obtener una satisfacción económica que va hacer parte de su patrimonio que la persona tiene y desea colaborar con las leyes del país siendo actos lícitos.

Lo que pretenden las garantías sociales que ciertos grupos de individuos gocen de protección de la constitución respecto de derechos varios, fundamentalmente de tipo laboral.

Así, los artículos 3o., 27 y 123 constitucionales se refieren ampliamente a las prerrogativas otorgadas a esos grupos sociales.

El artículo 3o. prevé la posibilidad de que todo individuo acceda a la impartición de la educación que estado, tanto en el ámbito federal como local municipal, está obligado a llevar a efecto.

Dentro de los principios fundamentales contenidos este precepto pueden señalarse el carácter laico de la educación ofrecida por el estado, gratuidad de tal educación y la necesidad de que el congreso de la unión expida leyes necesarias para que, a lo largo de la república mexicana, se unifique y coordine el sistema educativo de la nación.

En el caso del artículo 27, en su fracción vii reconoce “la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales, prevé que las leyes protegerán las tierras que tengan los grupos indígenas.

En relación con el artículo 123, su primer apartado contiene una serie de derechos en favor de los “obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos”, derechos destinados a impedir que los patrones fuercen a sus empleados a laborar en condiciones de franca explotación, que siempre repercute negativamente en la dignidad de los seres humanos.

En la unidad 7 indicamos las garantías de igualdad para que MARISELA MONTEJANO PETROVICHI puede abrir su negocio esta necesita una solicitud de licencias de uso de suelo, edificación y construcción ante el municipio correspondiente: para obtener el certificado te piden copia de la identificación oficial y copia de la última boleta predial.

Por ultimo no se le están violando sus garantías de igualdad puesto que este tipo de garantías está enderezado a proteger la condición de igualdad que todas las personas ubicadas en el territorio de la nación guardan respecto de las leyes y ante las autoridades.

Es decir, las garantías de igualdad dejan de lado cualquier consideración referente a que, por cuestiones de raza, sexo o condición social, las leyes deban aplicarse de manera distinta a cada persona a la que aquéllas se apliquen.

Las garantías de igualdad están contenidas en los artículos lo., 4o., 12 y 13.

De este modo en la unidad 8 dijimos que en base a lo leído y con referencia estrictamente jurídica hacia el caso de MARISELA PETROVICHI destaco que le están violando nuevamente sus garantías individuales que todos tenemos y que en realidad son derechos que las autoridades administrativas nos tienen que hacer valer en base a la constitución política de los estados unidos mexicanos en base a nuestra carta magna el o los artículos que le están violando son:

Capítulo I de los derechos humanos y sus garantías (reformada la denominación por decreto publicado en el diario

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