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TEORIA GENERAL DE LAS CONTRIBUCIONES


Enviado por   •  13 de Junio de 2013  •  4.382 Palabras (18 Páginas)  •  710 Visitas

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TURA DE LAS LEYES

CPEUM.- Contribuir para los gastos de la federación, estado o municipio en que residan de manera proporcional o equitativa que dispongan las Leyes.

Ley de Ingresos de la Federación.- Si no existe dicha Ley no existieran contribuciones, esta Ley tiene una vigencia anual y nos dice que impuestos se nos cobrarán.

Ley de la Materia.- Esta Ley nos muestra cada uno de los impuestos así como para determinarlos, ósea que me van a cobrar.

Reglamento.- cada una de las Leyes de la Materia contiene la Ley y su respectivo Reglamento.

• Ley.- es lo general

• Reglamento.- es lo específico ( auxilio de la Ley, información mas detallada y/o específica)

Código Fiscal de la Federación.- Es la válvula legal de todas las Leyes, en cuanto al procedimiento legal de los impuestos, es un punto imparcial para la autoridad y para el contribuyente.

(Reglamento)

Derecho Común.- Es el que abarca todos los derechos existentes.

Resolución Miscelánea.- Es una publicación de vigencia anual que se pública antes del 30 de abril de cada año, con el fin de apoyar a todas las Leyes.

Modificaciones a la Resolución Miscelánea.- Esta nos muestra modificaciones, adiciones, derogaciones a dicha resolución.

Diario Oficial de la Federación.- Diario de circulación nacional en donde se publican dichas modificaciones.

❖ CLASIFICACION DE LAS CONTRIBUCIONES

Concepto.- Contribuir al gasto público.

Las contribuciones se clasifican en :

• Impuestos

• Aportaciones de seguridad social

• Mejoras y derechos

Impuestos.- Contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las PF y PM que se encuentren en la situación jurídica o de hecho.

Todas las Leyes son autoaplicativas

❖ ELEMENTOS DE LOS IMPUESTOS

Un impuesto no esta hecho de un todo, sino esta formado por elementos. Dichos elementos son los siguientes:

• Objeto.- Para que?. Contribuir al gasto público.

• Sujeto.- Quién?. Persona Física y Persona Moral.

• Base.- De donde?. Cada una de su respectiva Ley.

• Tasa o Tarifa.- Cuanto? Para PF es gradual de acuerdo a tabla, para PM es fija el 28%.

❖ CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS

Impuestos

Directos Indirectos

❖ PRINCIPIO DE LOS IMPUESTOS

• Generalidad.- Esto es que todos deberán pagar impuesto o nadie .

• Uniformidad.- Todos deben ser iguales frente al impuesto en relación a su capital.

• Certidumbre.- Seguridad, confianza, el impuesto a pagar debe ser fijo y no arbitrario.

• Comodidad.- El impuesto debe recaudarse en la forma mas conveniente para el sujeto en mejor época y de la mejor forma.

• Economía.- El impuesto es un negocio, debe ser costeable en su recaudación.

• Simplicidad.- No debe ser tan complicado.

• Claridad.- Lo más claro posible.

❖ FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL SECTOR PRIMARIO

El sector primario esta compuesto por:

• Actividades ganaderas.- Se consideran como dicha actividad a la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos que no hayan sido objeto de transformación industrial.

• Actividades pesqueras.- Dentro de esta actividad están los pescados, mariscos y/o cualquier producto extraído de los mares.

• Actividades silvícola.-Actividad económica de dicho sector que consiste en el aprovechamiento integral de las especies vegetales de selvas o bosques.

• Actividades agrícola.- Se consideran dentro de esta actividad la leche en estado natural, frutas, verduras y legumbres, granos y semillas.

FACILIDADES DE COMPROBACION PARA LA LEY DE ISR

• Podrán deducir con documentación comprobatoria que no reúna los requisitos fiscales.

• Por concepto de mano de obra hasta el 18% del total de sus ingresos propios.

• Siempre y cuando el gasto haya sido erogado en el ejercicio fiscal de que se trate y registrado en su contabilidad en concepto y forma acumulativa.

• Los gastos se deberán comprobar con la documentación siguiente: Nombre o denominación social, domicilio del enajenante, lugar y fecha de expedición.

PAGOS PROVISIONALES SEMESTRALES

• Será aplicable siempre que las PF y PM dedicadas a las actividades del sector primario opten por realizar pagos provisionales de ISR

• No será aplicable a los contribuyentes que en el ejercicio 2009 hayan presentado por lo menos una declaración o pago provisional en forma mensual.

PERSONAS FISICAS EXCENTAS DE ISR

• Los contribuyentes dedicados a actividades del sector primario no están obligados a presentar declaración de pago provisional y anual de ISR por los ingresos propios de su actividad.

• Tratándose de comunidades o ejidos e hijos de ejidatarios con derecho a salvo con ingresos que no excedan 20 VSM del área geográfica.

❖ SECTOR DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA FEDERAL

• Son los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal.

FACILIDADES

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