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COMO ES EL AMPARO PENAL APUNTES


Enviado por   •  16 de Junio de 2017  •  Resúmenes  •  2.999 Palabras (12 Páginas)  •  261 Visitas

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Amparo Penal Acusatorial

Lic. Lomelí

5-junio-2017-inicio

Amparo Penal Acusatorial        1

Derechos Humanos.        2

Novedades        2

Elementos del concepto constitucional        2

Conclusión        3

Controles Constitucionales        3

Control difuso        4

Juicio de Amparo y nuevo sistema de justicia        4

Hipótesis        4

Definición        5

Derecho Penal Acusatorial Amparo        5

1.        Contradicción.        5

2.        Igualdad procesal.        5

3.        Adecuada defensa.        6

4.        Inmediación.        6

5.        Stricti iuris – (Estricto Derecho).        6

Suplencia de la queja        6

Razonamientos filosóficos sobre la suplencia de la queja        7

Ruptura Constitucional        7

El Procedimiento Acusatorial Oral        7

Análisis del Juicio de Amparo Procesalmente        8

Proceso Oral Penal        8

Ubicar a los controles constitucionales en el Derecho Público nos lleva a referir necesariamente al concepto de Derecho Constitucional.

Llegando a un consenso general el Derecho Constitucional es la norma de Derecho Público que tiene por objeto el estudio de la norma soberana y suprema del Estado, los poderes públicos que lo integran, la relación de éstos entre sí y para con los particulares garantizar los Derechos fundamentales del hombre o Derechos Humanos.

Derechos Humanos.

Son el conjunto de prerrogativa sustentadas en la dignidad de la persona humana cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de las personas; en el caso de México estos derechos se encuentran establecidos en nuestra Constitución Política, las leyes que de ella emanen así como los tratados y convenciones internacionales de los que nuestra soberana nación se aparte previa suscripción de los vivos por el Presidente de la República y con la aprobación de senado ( Art. 133 Const.).

Novedades

Lo novedoso resulta ser el Derecho-humanismo que como dijimos conlleva la dignidad.

Dignidad implica ser gente en toda la extensión de la palabra, indigno sería negarle al ser humano es abusibilidad.

La indigencia es precisamente esa negación al humanismo aplicando de manera prejuiciosa conceptos fatales de discriminación.

Los derechos Humanos de convierten en la sustancia de control constitucional denominado Juicio de Amparo y las garantías Individuales se transforman en el derecho adjetivo, procedimental o procesal Constitucional para darles vigencia.

Elementos del concepto constitucional

  • Universalmente la Doctrina Constitucional Coinciden en que el concepto “Constitución” implica dos grandes elementos: la parte Orgánica y la parte Dogmática.
  1. Orgánica. Como su denominación lo indica “orgánico” refiere a organización y en esta parte se estudia la forma de gobierno el poder público los niveles de jerarquía que éste tiene, y en general, el aspecto organizacional de un estado en uso de su soberanía.
  2. Dogmática. Entendemos por “Dogma” una especie de verdad “revelada”, incuestionable y que no admite medición alguna; es más propia el termino o no de aspectos vinculados a la religiosidad, pero en su tiempo las garantías individuales o Derechos Fundamentales se consideraron dogmáticos incuestionados, independientemente que no estuvieran legislados.

Algunos autores estiman que la Constitución y su concepto tienen otros dos elementos:

Agregados Constitucionales y la superestructura Constitucional.

Conforme a lo anterior son:

  1. Agregados Constitucionales: Aquellas conquistas resultantes de algún movimiento social incluso revolucionario o armado que logra una transformación gubernamental y que plasma en el texto de la Constitución esos logros considerados supremos y a los cuales se les da una connotación de supremacía;

Por ejemplo, en la Constitución mexicana de 1917 surgieron las famosas llamadas garantía individuales plasmadas en el Art. 3º de materia de Educación, el Art. 27 que refiere a los regímenes de tenencia de la tierra sea de carácter de pequeña propiedad privada, ejidal o comunal y en el Art. 123 de la misma norma que refiere al régimen obrero-patronal tanto en su apartado A y su ley reglamentaria la Ley Federal del Trabajo y el apartado B que regula las misma relaciones obrero-patronales cuando el patrón es el Estado.

La ley reglamentaria de está apartado a nivel Federal es la Ley Federal al servicio del Estado.

  1. Superestructura Constitucional. Según os estudiosos del derecho que aceptan esta clasificación se trata de una parte adicional del concepto en que se refiere al régimen del gobierno que se ha logrado cansar a través de la historia y que debe ser intocable por ejemplo el régimen republicano, democrático y federalista.

La verdad de las cosas es que la forma de gobierno sí puede modificarse en base a dos hipótesis que tenemos en nuestra propia Constitución:

  1. Art. 135 Const. Que establece la posibilidad de adicionar o reformar la Constitución, con el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes y el voto de la mayoría de las legislaturas de los Estados.
  2. Art. 39 Const. Que establece que la soberanía recibe originaria y esencialmente en el pueblo, todo poder público dimana del pueblo -el pueblo tiene en todo tiempo la potestad de modificar su forma de gobierno-.

Conclusión

Si los agregados Constitucionales hablan de Derechos Fundamentales son parte Dogmática y la Superestructura Constitucional nos habla de formas de gobierno orgánicas.

Juicio de Amparo y nuevo sistema de justicia penal – Ricardo Ojeda Bohórquez y de Benjamín rubio Chaves.

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