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Demanda Laboral Trabajador


Enviado por   •  25 de Marzo de 2015  •  4.976 Palabras (20 Páginas)  •  690 Visitas

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EFRAIN ALONSO GONSALEZ PEREZ

VS

TRASPORTES URBANOS Y

SUBURBANOS CACHANILLA, S.A DE C.V.

Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE

LA FUENTE DE TRABAJO

EXPEDIENTE NO._____/14

_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACION

Y ARBITRAJE DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.

POR CONDUCTO DE LA JUNTA ESPECIAL QUE

CORRESPONDA.

P R E S E N T E. –

C. EFRAIN ALONSO GONSALEZ PEREZ, mexicano, mayor de edad, promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en AVENIDA JEREZ ESQUINA CON CALLE MOYAHUA NUMERO 600 LOCALES 5, 6 y 7 A ALTOS DE LA COLONIA ZACATECAS de esta Ciudad de Mexicali, Baja California, y autorizando para tales efectos a los CC. LICS. HUGO FONSECA MEZA, NATALIA ALZATE BAHENA, profesionistas debidamente registrados ante esta H. Junta Local, a quienes otorgo poder amplio cumplido y bastante para que conjunta o separadamente me representen en el presente juicio, con todas las facultades generales y especiales, inclusive aquellas que requieran cláusula especial, conforme a lo señalado por los Artículos 692 y 696 fracción II de la Ley Federal del Trabajo, entendiéndose dentro de dichas facultades las de otorgar y revocar poderes, articular y absolver posiciones, interrogar a los testigos y repreguntar a los de la contraria, transigir y celebrar convenios, desistirse, interponer y desistirse del juicio de amparo, formular denuncias de hechos y querellas, mismas que se señalan en forma enunciativa y no limitativa y en general todo lo inherente a un mandato judicial derivado de la presente demanda, y para oír y recibir notificaciones a los CC. MARIEL ESQUIVIAS FLORES, MANUEL ALEJANDRO CASTILLO HERNANDEZ Y ASSENETH MENDOZA AYALA, ante esta H. Junta en forma respetuosa comparezco para exponer:

Que mediante el presente escrito, vengo a demandar bajo la acción jurídico individual en términos de lo señalado por los artículos 1, 123 fracción XXII Constitucional, Convenio numero 111 relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación, 1958, Ratificado 11-IX-61, D.O.F. 11-VIII-62, Convenio Numero 158 de la OIT de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8, 10, 48, 50, 158, 162, 527, 870, 875 y 878 de la Ley Federal del Trabajo, a los 1.- TRANSPORTES URBANOS Y SUB URBANOS CACHANILLA, S. A DE C. V. 2.- FERNANDO PATRON SING 3.- QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO, ubicado en el domicilio Blvd. Lázaro Cárdenas # 286 Fracc. Las Palmas de esta ciudad Mexicali, Baja California y donde pueden ser debidamente notificados y emplazados los hoy demandados y que el actuario al momento de constituirse de cumplimiento a lo señalado bajo la jurisprudencias por contradicción de tesis que a la letra dice; EMPLAZAMIENTO EN MATERIA LABORAL. ES NULO EL REALIZADO POR EL ACTUARIO SI SOLAMENTE SE CERCIORA DE QUE EL LUGAR EN EL QUE ACTUA ES EL LUGAR O LOCAL SEÑALADO PARA PRACTICAR LA DILIGENCIA, PERO OMITE CORROBORAR QUE AHÍ VIVE, HABITA O TIENE SU LOCAL LA PERSONA QUE AHÍ DEBE NOTIFICAR.- - -REGISTRO 170, 761, DICIEMBRE 2007, SEMINARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION, NOVENA EPOCA, JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCION DE TESIS.

Interponemos la presente demanda por el pago y cumplimiento de las prestaciones e indemnizaciones, derivadas de la acción jurídico individual en los términos antes señalados en los artículos 48 y 50 de la ley federal del trabajo y consistente en el DESPIDO INJUSTIFICADO en los términos que a continuación se detallan, reclamando en consecuencia las siguientes pretensiones y:

P R E S T A C I O N E S:

a).-La indemnización consistente en la cantidad de $113,020.20 (CIENTO TRECE MIL VEINTE PESOS M.N.) por 90 días de la indemnización derivadas del despido sin justa causa y en base al salario integrado de $1,255.78 pesos moneda nacional en los términos del artículo 84 de la ley federal del trabajo y tomando como conceptos para su integración los siguientes, 1.-Vacaciones $514.74 pesos 2.- Prima vacacional $128.57 pesos, 3.- Aguinaldo $8.5 pesos y 4.- Salario Cuota Diaria $ 600.00 pesos.

b).- El pago de los salarios caídos contados a partir de la fecha en que fui despedido injustificadamente de mi trabajo hasta que se dé total cumplimiento al laudo que recaiga en el presente juicio siendo esta la fecha de 27 DE AGOSTO DEL 2014.

c).-El pago proporcional de doce días de salarios por cada año de servicios prestados que corresponda por concepto de prima de antigüedad, de conformidad con lo previsto por el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y que asciende a la cantidad de $3,229.92 (TRES MIL DOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 92/100 MONEDA NACIONAL), POR UN TOTAL DE 168 DIAS Y EN BASE AL DOBLE DEL SALARIO MINIMO VIGENTE EN NUESTRO ESTADO APARTIR DEL 1RO DE ENERO DEL 2014, SIENDO ESTE POR LA CANTIDAD DE $134.58 PESOS ($67.29 X 2) SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

d).- El pago de las vacaciones más su prima vacacional, ambos proporcionales del periodo del día 17 de abril del 2012 al 27 de agosto del 2013, 17 de abril del 2013 al 27 de agosto 2014 y lo proporcional hasta la fecha de despido que asciende a la cantidad por concepto de vacaciones $10, 285.00 (DIEZ MIL DOCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS) , y se reclaman con fundamento en lo previsto por los artículos 76 y 80 de la Ley federal del Trabajo, en razón de que en tal periodo no se me pagaron tales vacaciones siendo una exigencia por ley obligatoria por ser una de las condiciones mínimas que deben señalarse en la ley federal del trabajo y tomándose en cuenta que para su cuantificación deberá tomarse el salario integrado y no el cuota diaria, ya que tales prestaciones directas se deben de integrar todas aquellas en las que se señala el artículo 84 de la ley federal del trabajo y que ha quedado por entendido en los términos de tal jurisprudencia

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