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REGLAMENTO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA


Enviado por   •  10 de Enero de 2013  •  2.306 Palabras (10 Páginas)  •  533 Visitas

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REGLAMENTO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA

CAPITULO I

DE LOS DOCENTES DE LA FACULTAD

Art. 104.- Los docentes de la Facultad, son profesionales con título

académico, cuyo ejercicio podrá combinarse con la investigación, gestión

institucional y actividades de vinculación con la colectividad.

Art. 105.- El personal docente de la Facultad, se rige por la Ley de Educación

Superior, por el Escalafón del Docente Universitario, por las disposiciones del

Estatuto y este Reglamento.

38Art.

106.- Los docentes de la Facultad serán titulares, invitados y

accidentales. Los titulares podrán ser principales, agregados y auxiliares.

Los accidentales son auxiliares. Su tiempo de ejercicio docente podrá ser

a dedicación exclusiva, a tiempo completo y parcial. Ningún docente

universitario a dedicación exclusiva podrá desempeñar simultáneamente

dos o más cargos públicos, con esa denominación.

El Reglamento de Carrera Académica normará la clasificación de los docentes,

estableciendo las limitaciones de los docentes a tiempo completo, así como la

titularidad y jefatura de cátedra entre los docentes principales.

Art. 107.- Para ser docente titular de la Facultad, se requiere:

a) Tener título universitario o politécnico preferentemente de cuarto nivel,

reconocido por el CONESUP;

b) Reunir los perfiles y requisitos establecidos por el H. Consejo Directivo de

la Facultad; y,

c) Haber triunfado en el correspondiente concurso de merecimientos y

oposición; con un mínimo del 70% del puntaje, tanto en merecimientos

como en la oposición y lo que se determina en el Reglamento de Carrera

Académica.

Art. 108.- Para la designación del personal académico, así como para el

ejercicio de la docencia y la investigación, no se establecerán limitaciones que

impliquen discriminaciones derivadas de origen racial, género, posición

económica, política u otra de similar índole, ni éstas podrán ser causa de

remoción, sin perjuicio de que el docente deba ser leal a los principios que

inspiran a la Institución.

Art. 109.- Se garantiza la estabilidad del personal académico, que no podrá

ser removido sin causa debidamente justificada. Para la remoción se requiere

la resolución fundamentada de las dos terceras partes del H. Consejo

Universitario, previo el trámite administrativo en que se garantizará el derecho

de defensa, demostrable con la comparecencia y a falta de ésta, con la citación

al respectivo docente de conformidad a la Ley de Educación Superior y

Reglamento respectivo.

CAPITULO II

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL DOCENTE

Art. 110.- Son obligaciones del docente:

a) Sujetar su labor docente a la distribución de trabajo, horarios, plan

de estudios y programas aprobados por las Autoridades y Organismos

correspondientes;

39b) Entregar para el inicio del ciclo académico, dentro de la primera

semana de labores docentes, los programas curriculares; y con la debida

oportunidad, actas de calificaciones e informes del cumplimiento de su

trabajo académico. El avance académico semestral entregará al Director de

su respectiva escuela, quien bajo listado remitirá al Subdecanato;

c) Devolver a los estudiantes exámenes, trabajos y más aportes, previo

a la consignación de calificaciones en Secretaría de Escuela, a efecto de

establecer su conformidad con la nota obtenida;

d) Consignar en el avance académico el desarrollo del programa

curricular, la evaluación y novedades relevantes. Registrar su asistencia a

clases en el formulario de control correspondiente;

e) Ejercer su cátedra de conformidad con lo establecido en la Ley de

Educación Superior y su Reglamento, el Estatuto, los Reglamentos y las

regulaciones establecidas por el Consejo Directivo de Facultad;

f) Sujetarse a la evaluación anual de su trabajo y desempeño

académico;

g) Integrar obligatoriamente comisiones, tribunales y grupos de trabajo

que se le encomienden, por parte de las Autoridades y organismos

correspondientes;

h) Sujetar su programa de enseñanza a la orientación académica

científica respectiva;

i) Contribuir con trabajos de investigación científica, tecnológica y

social, para su publicación en los medios de difusión universitaria;

j) Dictar conferencias e intervenir en simposios,

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