1. Debe existir un bien o cosa adquirido por alguno de los modos de adquirir el dominio en común.
Enviado por Marco Mejía • 17 de Febrero de 2017 • Informe • 1.178 Palabras (5 Páginas) • 548 Visitas
DEL CUASICONTRATO DE COMUNIDAD
Art. 2204.- La comunidad de una cosa universal o singular, entre dos o más personas, sin que ninguna de ellas haya contratado sociedad o celebrado otra convención relativa a la misma cosa, es una especie de cuasicontrato. El ejemplo de cuasicontrato de comunidad es la herencia, enunciado así en el artículo 2206 C.C., que manda que, si la cosa es universal, como una herencia, cada uno de los comuneros está obligado a las deudas de la cosa común, como los herederos en las deudas hereditarias.
En cuanto a los derechos de los comuneros, éstos son los mismos que el de los socios en el haber social. [pic 1]
PARA QUE EXISTA CUASI CONTRTO DE COMUNIDAD
1. Debe existir un bien o cosa adquirido por alguno de los modos de adquirir el dominio en común.
2. Que no exista estipulación relativa al ejercicio de las facultades que otorga el dominio por parte de los comuneros (uso, goce y disposición).
El derecho de cada uno de los comuneros sobre la cosa común es el mismo que el de los socios en el haber social. (2205)
Derechos de los comuneros:
- Por uso de las cosas comunes. Ello según su uso ordinario y sin perjuicio del justo uso de los otros.
- Por las expensas de conservación. cada comunero puede obligar al resto a que hagan con él las expensas necesarias para conservar el bien.
- Por innovaciones en los bienes comunes. debe mediar el consentimiento de todos.
- Por derecho a oponerse a los actos administrativos de los otros. La oposición de uno, impide la realización del acto.
- Las cargas y beneficios a prorrata de su cuota. Es necesario saber la cuota que a cada comunero pertenece, en silencio de las partes se entiende que cada uno posee cuota equivalente a la del resto.
Art. 2206.- Si la cosa es universal, como una herencia, cada uno de los comuneros está obligado a las deudas de la cosa común, como los herederos en las deudas hereditarias. [1][pic 2]
Art. 2207.- A las deudas contraídas en pro de la comunidad, durante ella, no está obligado sino el comunero que las contrajo; es decir; estas no son deudas solidarias el comunero es el que paga la obligación y los demás deben reembolsar.
Art. 2208.- Cada comunero debe a la comunidad lo que saca de ella, inclusos los intereses corrientes de los dineros comunes que hubiese empleado en sus negocios particulares.[2]
Art. 2209.- Cada comunero debe contribuir a las obras y reparaciones de la comunidad, proporcionalmente a su cuota, también obtendrán los frutos según las cuotas (2210)
La comunidad termina: 2212[pic 3]
1.- Por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola persona;
2.- Por la destrucción de la cosa común; y,
3.- Por la división del haber común. Esta se sujeta a las mismas normas que la partición de herencia.
Art. 2213.- La división de las cosas comunes y las obligaciones y derechos que de ella resulten, se sujetarán a las mismas reglas que la partición de la herencia.
MODELO DE CONTRATO
En …………………………… , a …….. de …………………. de ……..
REUNIDOS
D…………………………………………………………………………………, de estado civil …………………. , nacionalidad …………………. , con C.C …………………. vecino de …………………. y con domicilio en ……………………………….. y profesión ………………….
D …………………………………………………………………………………, de estado civil …………………. , nacionalidad …………………. , con C.C …………………. vecino de …………………. y con domicilio en ……………………………….. y profesión ………………….
ACTUAN
Intervienen ambos en su propio nombre y derecho, reconociéndose la mutua capacidad legal necesaria para otorgar el presente contrato,
EXPONEN
Que es su intención la de constituir una COMUNIDAD DE BIENES que se regirá por las siguientes
CLAUSULAS
1.Denominación
La comunidad de bienes se denomina ……………………………………………………………………………………. ,
2.Finalidad
La finalidad de esta comunidad será la realización de las siguientes actividades: ……………………………………………………………………….
3.Domicilio
El domicilio de la comunidad se fija en la localidad de ………………………………….. , provincia de ………………………………….. , calle ………………………………………………………………………………………………………… nº ……..…….
4.Duración
La duración de la presente comunidad de bienes es de 10 años renovables tácitamente por plazos de igual duración, salvo denuncia expresa en contrario por cualquiera de los comuneros con un preaviso de …………………. días/mes/meses de antelación a la expiración de dicho plazo de 10 años.
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