Actividad de aprendizaje Vicios de la voluntad La reticencia
Enviado por VICTOR MANUEL PADILLA VILLEGAS • 3 de Abril de 2020 • Tarea • 779 Palabras (4 Páginas) • 202 Visitas
[pic 1]
[pic 2][pic 3][pic 4][pic 5]
Actividad de aprendizaje
Vicios de la voluntad
La reticencia
Elementos de estudio:
- Concepto legal
- Elementos
- Fundamentación
- Comparación con otras legislaciones nacionales
Concepto legal
Es el silencio voluntario que una parte observa al contratar y que, al ser ignorados por la contraparte, la dejan en desventaja.
Elementos
[pic 6][pic 7]
Fundamentación
No se contempla (Se debe tratar como Dolo) en el Código Civil del Estado de Hidalgo
Comparación con otras legislaciones
- Analizar la opinión de Manuel Bejarano Sánchez sobre la figura de la reticencia.
Anteriormente trate la opinión de Gutiérrez y Gonzales con respecto a los vicios del consentimiento “se coincide en que a esta legislación federal, y junto al error, la violencia y el dolo, deben adherirse como tales a la mala fe, la lesión y, como lo expone Gutiérrez y González” pero a esto Bejarano Sánchez añade como materias especiales relacionadas con el error al dolo y a la mala fe o mala intención con lo anterior se considera necesario tomar en cuenta siempre la clasificación que cada uno de ellos hace respecto de los vicios de la voluntad.
- Comparar la estructura jurídica de la reticencia con los Códigos de Puebla, Quintana Roo o Jalisco y establecer las diferencias sobre la figura.
Estructura jurídica de la reticencia de los códigos civiles de: | Indagando más sobre el tema encontré que en Código Civil Alemán hace una mención de la reticencia, aunque solo es breve me llamo la atención que es muy semejante la definición empleada en los anteriores códigos comparados: Wenn er von Zurückhaltung spricht, bezieht er sich auf die betroffene Stille, die fast immer absichtlich und schuldig ist, zum Nachteil eines anderen: si sciens retí euit si celavit ...... etc. Cuando se habla de reticencia se refiere al silencio afectado, y casi siempre doloso y culpable, con perjuicio de otro: si sciens retí euit si celavit...... etc | |
Puebla | Quintana Roo | Jalisco |
Artículo 1470 Son aplicables al error las siguientes disposiciones: I.- El error… […] III.- El error de hecho anula el contrato:
[…] e) Si se mantiene por dolo, reticencia, o mala fe del contratante que no incurrió en el error. | Artículo 204 También es causa de nulidad la reticencia si induce a error. Artículo 211 No es lícito renunciar para lo futuro la nulidad que resulte del dolo, de la mala fe, reticencia o de la violencia. | Artículo 1767 La nulidad por causa de error, dolo, violencia, lesión, reticencia o incapacidad de ejercicio sólo puede invocarse por el que ha sufrido esos vicios de consentimiento, se ha perjudicado por la lesión o representa al incapaz. |
Artículo 1765 La falta de forma establecida por la ley, así como el error, el dolo, la violencia, la lesión, la reticencia, y la incapacidad de ejercicio de cualesquiera de los autores del acto produce la nulidad relativa del mismo. | ||
Artículo 1471 En los contratos se entiende: I.- Por dolo, cualquiera… […] III.- Por reticencia el no hacer saber por uno de los contratantes al otro, un hecho o hechos conocidos por aquél e ignorados por éste y que, de haberlos sabido, no hubiera celebrado el acto jurídico. | Artículo 205 La reticencia es el silencio voluntariamente guardado por una de las partes, acerca de un hecho o circunstancia que la otra tendría interés en conocer para estar en aptitud consciente de celebrar el negocio. | Artículo 1289 Hay reticencia cuando uno de los contratantes no hace saber al otro un hecho o hechos conocidos por aquél e ignorados por éste y que, de haberlos sabido, no hubiere celebrado en sus términos el acto jurídico. La reticencia producirá la anulabilidad si indujere a error. |
...