Alegato De Defensa ...
Enviado por crichi2020 • 19 de Diciembre de 2012 • 497 Palabras (2 Páginas) • 1.216 Visitas
40 J.P.L.
Escrito . N°02
Sec. . Reynoso
Exp. . N° 361-91
Sumilla:. Alegato de la Defensa.
SEÑOR JUEZ PENAL DE……..
LUCAS HUALLPATUERO COYLLO, en el proceso que se me sigue por pretendido delito contra la fe pública, a Ud. atentamente digo:
Que, al amparo de lo dispuesto en el arto 204 del Código de Procedimientos Penales, presento el informe correspondiente en el que se desvirtúan los hechos imputados, a fin de que sean analizados en su oportunidad. Las consideraciones son las siguientes:
Con fecha 04-02-92, se me abrió instrucción por pretendido delito contra la fe pública, imputándoseme el hecho de haber omitido consignar los datos exactos que deberían constar en las declaraciones juradas que había efectuado el denunciante, procediendo los denunciados a expedir unas copias certificadas con datos falsos perjudicando al agraviado en un proceso civil.
En principio, debo precisar que el señor Julio Campos Rosales, solicitó por Mesa de Partes que se le expidiera una copia certificada del auto avalúo del año 89-90, del inmueble de propiedad del señor Julio Moya Llerena, por lo que en mi calidad de Jefe de la Sección de Predios Urbanos, ordené al señor Felipe Revoredo Bambarén que buscara en el Libro de Padrón y en el de direcciones domiciliarias; de la Municipalidad de La Victoria; al no encontrar los datos requeridos, esta persona, también empleado de la Municipalidad, me manifestó que no habían las declaraciones juradas, por lo que mediante un memorandum informé a mi superior José Zevallos Castillo, Jefe de la División de Administración de Rentas, quien en última instancia emitió y suscribió el certificado negativo.
Sin embargo, ante una nueva solicitud, se expidió un nuevo certificado, suscrito por el señor José Zevallos Castillo, en el que se subsana la omisión puesto que la razón de la omisión radicó, en principio, en que el solicitante no consignó en su pedido el Código de Contribuyente pues la búsqueda de los archivos de años anteriores es de manera manual y no computarizada.
El delito previsto en el arto 429 del C.P., consiste en omitir en un documento público declaraciones de deberían constar o expedir duplicados con igual omisión, al tiempo de ejercer una función y con el fin de dar origen a un hecho u obligación. En el presente caso no se dan estos presupuestos por cuanto la omisión debe ser dolosa, es decir, con conocimiento y voluntad de omitir declaraciones. Además, se requiere de un elemento subjetivo distinto del dolo, cual, la finalidad de dar origen a un hecho u obligación.
Mi conducta de haber aceptado verbalmente lo manifestado por el empleado Felipe Reboredo Bambarén, en el sentido que no habían presentado el autoavalúo, constituye, en todo caso, una conducta negligente, no punible por nuestro ordenamiento jurídico penal, por cuanto
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