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“Análisis de casos de acuerdo con normatividad del SGSSS”


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2021  •  Tarea  •  1.389 Palabras (6 Páginas)  •  1.366 Visitas

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)



FORMACIÓN:  APOYO ADMINISTRATIVO EN SALUD

FICHA:  2404873


ACTIVIDAD:  GA1-230101266-AA1-EV-02
“Análisis de casos de acuerdo con normatividad del SGSSS”.

“”

LUIS DAVID GÓMEZ PINTO



30-10-2021

Caso 1 
Silvia Rodríguez, trabaja como asesora de ventas en una empresa de telecomunicaciones, con un salario de $900.000 y está casada con Rodrigo Bustamante, quien se desempeña como comerciante de San Andresito y en promedio maneja un salario de $1.800.000. Silvia y Rodrigo tienen dos hijos, Juan de 10 años y Ana de 6 años.

a. ¿A qué régimen se puede afiliar Silvia?
Respuesta: Silvia al ser parte de una empresa y tener un salario fijo puede afiliarse como dependiente al régimen contributivo.

b. ¿Rodrigo se puede afiliar a algún régimen? ¿A cuál? ¿Qué tipo de afiliado puede ser Rodrigo?
Respuesta: Puede afiliarse al régimen contributivo, pero a diferencia de Silvia, lo hará como afiliado independiente.

c. ¿Cuál es el IBC de Silvia y el de Rodrigo?
Respuesta: En el caso de Silvia su IBC serían $900.000, puesto que corresponde a lo que gana mensualmente.
SALUD: 900.000 X 12.5%= 112.500
El empleador para el que Silvia trabaja debe asumir el 8.5% de ese 12.5% y ella asumirá el 4% restante.
Silvia 900.000 X 4%= 36.000
Empleador 900.000 X 8.5%= 76.500

PENSIÓN: 900.000 X 16%= 144.000
El empleador asume el 4% y el empleado el 12% restante.
Silvia 900.000 X 12%= 108.000
Empleador 900.000 X 4%= 36.000

Para el caso de Rodrigo, como es un trabajador independiente y gana más que el SMMLV la ley estipula que deberá realizar aportes a seguridad con IBC del 40% de su sueldo mensual, por lo tanto, su IBC sería 1.800.000 X 40%= $720.000.
SALUD: 1.800.000 X 12.5%= 225.000
PENSIÓN: 1.800.000 X 16%= 288.000

d. ¿Qué documentos necesitan Silvia y Rodrigo para afiliar a sus hijos?
Respuesta: Es necesario el FUA o formulario único de afiliación, fotocopia de la cédula de la persona cotizante o de quien decide afiliarlo, copia de la tarjeta de identidad de Juan y copia del registro civil de Ana.

Caso 2 

Fernando Pérez quien vive con una tía, es un abogado, contratado por la Defensoría del Pueblo, para que dirija el consultorio jurídico por un plazo de 11 meses por la modalidad de prestación de servicios. El valor del contrato es de $30.800.000.  

a. ¿Qué tipo de afiliado es Fernando?
Respuesta: El tiempo que dure su contrato será afiliado contributivo.

b. ¿Cuál es el valor del salario mensual?
Respuesta: Para saberlo se divide el valor del contrato en los meses que laborará, es decir 30.800.000 entre los 11 meses, su salario mensual el 2.800.000

c. ¿Para el régimen donde usted cree que pertenece Fernando Pérez debe pagar cuotas moderadoras y copagos?
Respuesta: Sí, es necesario que pague cuota moderadora y copagos.

d. Si Fernando Pérez quiere afiliar a su tía quién depende económicamente de él, ¿qué proceso debe realizar?
Respuesta: Deberá acercarse a la EPS donde él se encuentra afiliado con los documentos requeridos para la afiliación efectiva. Estos documentos son: FUA (Formulario único de afiliación) y cédula de la tía.

e. En caso de que Fernando no esté satisfecho con los servicios que le está dando su EPS, usted cómo lo orientará para que se traslade de EPS.

Respuesta: Utilizar las herramientas electrónicas que existen para evitar el traslado hacia las EPS para hacer el trámite. En este caso le recomendaría a Fernando usar el portal de seguridad social, donde podrá crear un usuario y contraseña para poder hacer el traslado hacia la EPS en la que desee afiliarse.

Caso 3 

Pedro Nieto se pensiona el 15 de agosto de 2020, al diligenciar su pensión, se le establece un monto de $3.500.000. Él vive con su esposa que es ama de casa y con su hija menor de 24 años que estudia publicidad en la universidad.  

a. ¿A qué entes de control les corresponde tomar acciones para garantizar servicios de salud al usuario?
Respuesta: Entre los entes se encuentran: Ministerio de salud, superintendencia nacional de salud, Invima, Instituto nacional de salud, contraloría general de la república, procuraduría general de la nación y la superintendencia financiera.

b. ¿Qué debe hacer Pedro para pagar su salud, si ya no trabajará más con su empresa?

Respuesta: Pedro desde ese momento deberá encargarse de realizar los pagos a la EPS para que puedan seguirle garantizando los servicios, en este caso el pago será descontado de su mesada pensional.

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