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Análisis del artículo 273 al 291 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  5 de Mayo de 2020  •  Resumen  •  802 Palabras (4 Páginas)  •  932 Visitas

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Daniel Sanchez

CI: 30177323

Derecho segundo año

Sección: M-612

Lapso B

Fermín toro

Análisis del artículo 273 al 291 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 273: El Poder Ciudadano se ejerce por el concejo moral Republicano integrado por el Defensor o Defensora del pueblo, el Fiscal General y Contralor General de la Republica estos fueron creados para garantizar el orden y la investigación de la administración a fin de ejercer también sanciones por el mal funcionamiento de sus funcionarios los cuales fueron nombrados por la Asamblea la cual fueron nombradas Constitucionalmente, pero teniendo cada uno sus funciones por separado y delimitadas en defensa de la ley las cuales luchan en contra de las abusos de la derechos humanos, las malversaciones de fondos de la nación o de otros u otras organismos. También las que atentan contra el buen nombre de las Republica. Según el artículo 274 y 276. Estos Poderes también ejercen autoridad sobre la buen administración y el cumplimientos de las leyes garantizando la legalidad, libertad en el uso del patrimonio público, la educación, la democracia, para que allá una responsabilidad social de todos los venezolanos y el trabajo principalmente de las garantes de Estado juntos a sus funciones delegadas a cada de ellos. Articulo 276 y 277. El Presidente presenta un informe anual de su gentío ya que estará bajo la supervisión de la Asamblea Nacional las cuales están obligadas a colaborar, referentes a los solicitados por la Asamblea Nacional. Los cuales en forma confidencial podrán suministrar ya sea documentos o secretos de Estado que no podrán ofrecer abiertamente. El Concejo Moral Republicano es garante del promover las actividades pedagógica, instan a todos al estudio de la Constitución, la Democracia. Articulo 278 seguidamente al artículo 279. Contemplan la elección de los miembros y el tiempo establecido los cuales son representante de los diversos sectores de la sociedad. Los cuales se someten a consulta popular. Artículo 280-281-282-283. Estos se refieren a la defensora del pueblo los cuales tienen a su cargo la defensa y la vigilancia de los derechos y garantías juntos a los tratados internacionales, derechos humanos establecidos como ley en la constitución, en estos artículos se contemplan las atribuciones de Defensa del Pueblo como garantes de los derechos humanos, juntos a las acciones de amparo habeas corpus, habeas datas, servicios públicos los cuales son derechos fundamentales adscritos en la constitución, siendo de manera inamisible como proyecto de ley influyendo los derechos de los pueblos indígena como una eficaz protección de sus derechos como pueblo autóctonas de nuestros antepasados, teniendo en cuenta sus principios celeridad, formalidad. Articulo 284 al 286. El Ministerios Publico en marca la responsabilidad de la defensa y vigilancia de la responsabilidad de los procesos judiciales. Cumplimiento así la ley en cuantos a delitos no solo en la funcionarias sino también a las instituciones del Estado. (Efectivos militares funcionarios y funcionarias del sector público). Ministerio Público junto a sus atribuciones es garante de hacer cumplir a cada persona tanto público como funcionarios de los órganos de Estado. En el artículo 287 al 291. Contraloría General de la Republica es el órgano de fiscalizar las cuentas del ejecutivo nacional la cual es autónoma es nombrado que el fiscal, defensa del pueblo, los tres son encargado de controlar las leyes que son establecida en la Constitución.

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