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Antecedentes Del Origen Del Trabajo Y Los Riesgos Laborales


Enviado por   •  13 de Octubre de 2014  •  13.094 Palabras (53 Páginas)  •  2.551 Visitas

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CAPITULO I.- ASPECTOS INTRODUCTORIOS

1.1. Antecedentes del Origen del Trabajo y los Riesgos Laborales.

Desde el origen mismo del hombre y ante la necesidad de proveerse de alimentos y medios de sobrevivencia, nació el trabajo, el mismo que ha tenido que irse adaptando a condiciones climatológicas primero y posteriormente a los cambios sociales. Con la actividad misma del trabajo se originó un creciente número de riesgos laborales, situaciones capaces de producir enfermedades o incluso la muerte de los trabajadores.

Aquí surgieron los primeros accidentes laborales, cuando el hombre para su subsistencia construye ciertos implementos de trabajo para la caza y/o agricultura. En esta época se consideraba la caída de un árbol o el ataque de una fiera como accidente y la enfermedad era atribuida a fuerzas extrañas o como un castigo de los dioses.

Entre los antecedentes históricos sobre los accidentes de carácter laboral en las Edades Antigua, Media y Moderna se encuentran los siguientes:

Edad antigua: En el año 4000 a.C. se realizaban en Egipto tratamientos médicos y acciones de salud ocupacional a guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas. En el año 2000 a.C. se estableció en el Código de Hammurabi la protección a los artesanos y las indemnizaciones por accidentes de trabajo. En Grecia, en 1000 a.C., se contemplaba el tratamiento a zapateros y artesanos. En Roma se conformaron colegios (agremiaciones) a manera de asociaciones de ayuda mutua.

Edad media: Las cofradías, asociaciones de ayuda mutua, atendían los casos de sus trabajadores accidentados. Así mismo, las órdenes religiosas atendían a los trabajadores como obra de caridad.

En la Edad moderna, con el fenómeno del maquinismo y el desarrollo pleno de la Revolución Industrial aumentan los accidentes en el trabajo, obligando a los Estados a buscar una solución propia y especial ante la muerte de los trabajadores, originándose la necesidad de la salud ocupacional y la definición jurídica de accidente de trabajo.

En el siglo XIX se inicia la reglamentación de accidentes de trabajo en Gran Bretaña, Francia, España y Alemania. En sus finales, después de la consagración legislativa de la teoría del riesgo profesional en Europa, se expiden las primeras normas sobre Enfermedad Profesional en Suiza, Alemania, Inglaterra, Francia e Italia, dándose un carácter reparador a las enfermedades profesionales y se establecen los parámetros para la implementación de la salud ocupacional en las empresas.

A comienzos del siglo XX en Centro y Suramérica se inicia el desarrollo legislativo en Guatemala, Salvador, Argentina, Colombia, Chile, Brasil, Bolivia, Perú, Paraguay y paulatinamente en el resto de naciones, hasta quedar consagrados el accidente de trabajo, la enfermedad profesional y la salud ocupacional como derechos laborales protegidos por el Estado.

El desarrollo de la salud ocupacional en Colombia se remonta a la época prehispánica o amerindia, donde el indígena buscaba que el medio le proveyera alimento, estabilidad y seguridad, logros mínimos que adquiere con base en una organización social, como los cacicazgos y pre-estados, organizaciones sociales caracterizadas por la agricultura (maíz, fríjol, cacao, papayo, etc.), con estratificación jerárquica y donde el trabajo tenía un mérito y protección por parte de la comunidad.

Posteriormente, con el descubrimiento de América realizado por España a partir de 1492, se inició la dominación sobre el continente. Hasta el año 1520 continuó la Conquista, durante la cual la dominación española fue un hecho indiscutible.

En el período conocido como la Colonia, el Reino español les dio a las tierras americanas descubiertas una organización administrativa, política, social y económica. Existió en esta etapa una legislación que reglamentó todos los órdenes de la vida colonial de América; dichas leyes fueron las reales cédulas, las reales ordenanzas, los autos y provisiones, las cuales provenían del rey o de las autoridades legislativas de la época.

Entre las Reales Cédulas dictadas por el Consejo de Indias y referentes a la salud ocupacional tenemos que en 1541 se prohibió trabajar en días domingo y fiestas de guarda. También se estableció que los indios de clima frío no podían ser obligados a trabajar en clima cálido y viceversa. En 1601 se implantó la obligación de curar a los indios que fueran víctimas de accidentes y enfermedades en el trabajo, esta obligación implicaba tratamiento médico.

En este período de transición de la Colonia a la independencia el primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política».

Dentro del marco legal contamos con el Código de Trabajo de la República Dominicana, Reglamentación y Legislación Complementaria de 1996, en su Artículo 46; incisos del 1º al 6º , donde se establece las obligaciones del empleador con respecto a las condiciones de trabajo que deben imperar para la protección y prevención de los trabajadores en cuanto a los riesgos laborales.

La ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social en su libro IV, capítulo I: expresa que los trabajadores estarán protegidos por el Seguro de Riesgos Laborales, que garantiza la prevención de accidentes del trabajo, y enfermedades ocupacionales; y en caso de contingencia, prestaciones económicas en especie.

1.2. Introducción.

El establecimiento de las medidas de seguridad y salud, en las empresas es una actividad cotidiana y regular hoy en día, organizada y dirigida mediante leyes, reglamentos y normas, que definen criterios mínimos de cómo lograr la prevención de accidentes y enfermedades, sin embargo, todas estas medidas tienen un origen lento y en ocasiones de manera torpe, dentro de nuestra sociedad.

En su origen, todas y cada una de estas medidas tienen antecedentes recientes y en muchos casos son producto de experiencia que han costado vidas humanas o pérdidas funcionales a trabajadores que terminaron con incapacidad para trabajar.

La lesión a los trabajadores es sólo una de las consecuencias posibles de los accidentes. Resulta que el accidente es un hecho inesperado que produce pérdidas, y como tal tiene otras consecuencias (algunas previstas y otras no).

Las consecuencias de los accidentes

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