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Asamblea extraordinaria convocatoria


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2016  •  Informe  •  975 Palabras (4 Páginas)  •  459 Visitas

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CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 16 fracc. X, 37 y demás relativos y aplicables de la ley General de Sociedades Cooperativas, se convoca a los socios de GUATA-MICH S.C. DE R.L. DE C.V.  Para participar en la asamblea extraordinaria que tendrá verificativo el día 07 de abril del 2016 a las 10:00 horas en el domicilio Conocido, Tahuejo Municipio de Taretan Michoacán, bajo lo siguiente:

ORDEN DEL DIA

  1. Lista de asistencia e instalación formal de la asamblea.
  2. Corrección y aclaración del Acta Constitutiva de fecha 05 cinco de febrero del 2016.
  3. Clausura de la asamblea.

Taretan, Michoacán a 5 de abril del 2016.

Por el grupo promovente.

Nombre y firma

Nombre y firma

Nombre y firma

Gerardo Cerda Villalovos

Presidente

Raúl Adolfo López Rodríguez

Secretario

Antonio Sánchez Rodríguez

Vocal

El que suscribe ING. ALEJANDRO CHAVEZ ZAVALA, Presidente Municipal Constitucional de Taretan, Michoacán, certifican que las firmas que aparecen al calce de esta convocatoria pertenecen a las personas firmantes.

Atentamente.

[pic 1]

ING. ALEJANDRO CHAVEZ ZAVALA.

Presidente Municipal Constitucional de Taretan, Michoacán.

Nombre, firma y sello.

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA.

En la localidad de Tahuejo municipio de Taretan estado de Michoacán, siendo las 10:00 horas del día 07 de abril del 2016 se reunieron en el domicilio Conocido, Tahuejo Municipio de Taretan Michoacán, las personas cuyos generales se hacen constar en la presente, las que fueron convocadas de conformidad con los artículos 1, 2, 4, 16 fracc. X, 37 y demás relativos y aplicables de la ley General de Sociedades Cooperativas, mediante convocatoria pública de fecha 5 de abril del 2016 con el propósito de llevar a cabo una Asamblea Extraordinaria.

ORDEN DEL DIA.

  1. Lista de asistencia e instalación formal de la asamblea.
  2. Corrección y aclaración del Acta Constitutiva de fecha 05 cinco de febrero del 2016.
  3. Clausura de la asamblea.

Con base en lo anterior se procedió al desahogo de todos y cada uno de los puntos contenidos en el orden del día.

Punto Número 1. Los convocantes, miembros del grupo promovente procedieron a levantar la lista de  asistencia, identificando un número de 19 diecinueve socios asistentes, los que en términos de la Ley General de Sociedades  Cooperativas cubren el requisito establecido para llevar acabo la presente asamblea extraordinaria, por lo que se dio por instalada formalmente la asamblea constitutiva.

Punto Número 2. La presente asamblea extraordinaria fue convocada a fin de dar corrección y hacer las aclaraciones pertinentes respecto del Acta de Asamblea Constitutiva de fecha 05 cinco de febrero del 2016. El primer punto a aclarar es que en el punto número 1 del Acta de Asamblea Constitutiva se hace referencia a que están presentes 20 veinte personas asistentes los cual es incorrecto puesto que únicamente se encontraban 19 diecinueve personas presente y quienes firmaron dicha acta.

Otro punto aclarar que debido a un error involuntario en la redacción del cuerpo del Acta de Asamblea Constitutiva se mencionó la designación de un tesorero lo cual es incorrecto ya que tal carácter no existe en la presente Sociedad Cooperativa, siendo lo correcto la designación de un Vocal, por lo que debemos entender que las         atribuciones que erróneamente se le atribuyeron al tesorero corresponden al Vocal, tal es el caso del punto número 2 y el punto número 8, así como en el apartado de las firmas de los socios en donde se hace mención de la existencia de un tesorero.

Así mismo en el punto número 9 de la multicitada acta de asamblea constitutiva se designa como como ADMINISTRADOR UNICO al Presidente del Consejo de Administración lo cual es incorrecto, ya que al ser un consejo formado por Presidente, Secretario y Vocal es el mismo consejo quien deberá fungir las funciones de Administrador Único otorgando facultades para que firmen conjunta y mancomunadamente por lo que en lo que corresponde a lo establecido en el artículo 63 del acta dichas atribuciones y facultades que ahí se mencionan le corresponden al Consejo de Administración de la Sociedad quienes las ejercerán de manera conjunta y mancomunadamente.

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