Asociacion y sociedad civil.
Enviado por brenvan18 • 4 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 1.011 Palabras (5 Páginas) • 351 Visitas
DERECHO CIVIL
Este ejerce las leyes que rigen el buen comportamiento de una sociedad, refiriéndose a los ciudadanos o a las ciudades, se basa en principios de justicia y tiene como finalidad preservar los intereses a nivel patrimonial y moral.
Se define como una rama del derecho que dice que cada ser humano es sujeto del derecho; al derecho continental también se le conoce como derecho civil.
El derecho civil comprende el derecho de cada persona así como el de la familia, el de bienes, el de las obligaciones y contratos y el derecho de sucesiones.
Históricamente comprendía todo el Derecho Privado, pero después se desprendieron algunas ramas adquiriendo autonomía.
Por ejemplo: El Derecho Comercial, Derecho Procesal, Derecho Del Trabajo, etc.
Si en las ramas con autonomía, no existiese alguna norma que contemple una situación dada, habrá que acudir al Derecho Civil.
Las normas del Derecho civil se aplican a todas las materias de Derecho privado que no tengan una regulación especial legal. La evolución del Derecho, hizo nacer ramas específicas del Derecho privado como el Derecho mercantil o el Derecho laboral. Estas ramas tienen en común el hecho de mantener como Derecho supletorio al Derecho civil, así como Derecho común.
Este tiene normas que regulan las relaciones jurídicas privadas aplicables a todas las personas sin importar su nacionalidad, profesión, religión, etc. Se aplica a todos los que estén en la misma situación jurídica.
El matrimonio entre personas del mismo sexo es un ejemplo más de derechos civiles…
Hoy en día la importancia del matrimonio homosexual, también denominado gay o igualitario, es que valida legalmente la unión entre dos personas del mismo género, contemplando tanto la relación como la convivencia, y ofreciendo los mismos derechos de los cuales gozan las parejas heterosexuales. Asimismo, se imponen las mismas obligaciones y requisitos.
SOCIEDADES CIVILES
Es un contrato en el cual dos o más personas son obligadas a aportar dinero, bienes o industria para repartir ganancias entre sí mismos, estos no tienen personalidad jurídica; también estas no están sujetas a formalización, salvo aportación de bienes inmuebles o derechos reales, en cuyo caso será necesaria escritura pública.
A partir de enero de 2016, las sociedades civiles sufren un gran cambio con objeto mercantil, es decir, que realicen una actividad económica, tuvieron que cotizar por el impuesto de sociedades, lo que obliga a replantear su situación.
Al igual que las Comunidades de Bienes, es una opción recomendable en pequeños negocios que no exijan inversiones y en los que se prefiera optar por una gestión sencilla. Sin embargo, es una opción poco extendida.
Estas son algunas de las características de la sociedad civil del 2015
*Mínimo de dos socios
*La responsabilidad de los socios por deudas frente a otras personas es personal e ilimitada, es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no se cuenta con los recursos necesarios para solventar lo gastos “cubrir las deudas”, responden con sus bienes presentes y futuros. Y lo hacen de forma mancomunada ante todos los deudores que pueda haber.
*Los socios pagan impuestos, por separado, sobre la Renta de las Personas Físicas. Hasta ahora la sociedad civil no tributa por el impuesto de sociedades aunque con la entrada en vigor de la reforma fiscal, a partir del 1 de enero de 2016 sí que tendrán que tributar por el impuesto de sociedades.
*Los socios deben darse de alta en autónomos, salvo en casos excepcionales.
*La Sociedad Civil carece de personalidad jurídica propia.
*Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en cuanto a derechos y obligaciones
*Permite diversas
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