Atribuciones del poder ejecutivo, legislativo y judicial argentino
Enviado por tobimaffia • 30 de Marzo de 2019 • Trabajo • 1.206 Palabras (5 Páginas) • 1.136 Visitas
Consignas:
1- Poder legislativo atribuciones.
2- Poder ejecutivo atribuciones.
3- Poder judicial atribuciones.
Respuestas:
1- El poder legislativo esta compuesto (según el articulo 75 de la constitución nacional) por la cámara de diputados y senadores, cuya función básica es la discusión y votación de proyectos de ley.
Articulo 75: Corresponde al congreso:
Inc. 1: Establece aquellos derechos referidos a la importación y exportación.
Inc. 2: La coparticipación de cada provincia debe ser equitativa o inclusiva; la distribución debe ser equitativa y no puede ser modificada unilateralmente.
Inc. 3: Asignación y modificación de los recursos coparticipables, a través de una ley y por un tiempo determinado.
Inc. 4: Capacidad de contraer prestamos. (Aunque por uso y costumbre se encarga el poder ejecutivo)
Inc. 5: Disposición del uso y la posibilidad de renta de la propiedad nacional.
Inc. 6: Control del banco federal, capaz de emitir moneda, así como de los demás bancos nacionales.
Inc. 7: Arreglo de la deuda externa e interna (Por costumbre lo decide el poder ejecutivo)
Inc. 8: Definición del presupuesto anual de costos e inversiones de la nación.
Inc. 9: Capacidad de otorgar subsidios a aquellas provincias con insuficiencia de fondos.
Inc. 10: Control de puertos, aduanas y navegación de ríos interiores.
Inc. 11: Capacidad de sellar y fijar el valor de la moneda nacional y definir el valor el de las divisas.
Inc. 12: Capacidad de dictar códigos.
Inc. 13: Controlar el comercio tanto interno como externo.
Inc. 14: Arreglar y establecer los correos generales de la Nación.
Inc. 15: Fijar los limites del territorio nacional, y aquellos limites provinciales.
Inc. 16: Establecer la seguridad de las fronteras.
Inc. 17: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizando sus derechos. Ejemplo: derecho a una educación bilingüe, respetando su lengua y cultura.
Inc. 18: Promover la prosperidad del país y de las provincias a futuro.
Inc. 19: Promover el bienestar social y el progreso económico y educacional de la sociedad.
Inc. 20: Establecer los órganos para la administración de la justicia.
Inc. 21: Capacidad de aprobar o no la renuncia de un presidente, y proseguir con la ley de acefalía.
Inc. 22: Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales
Inc. 23: Garantizar la equidad en materia de derechos sin discriminar genero, etnia, nacionalidad, etc.
Inc. 24: Establecer tratados que garanticen la igualdad y la equidad en la sociedad.
Inc. 25: Autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz.
Inc. 26: Facultar al Poder Ejecutivo para ordenar represalias, y establecer reglamentos para las presas.
Inc. 27: Fijar las fuerzas armadas en tiempo de paz y guerra, y dictar las normas para su organización y gobierno.
Inc. 28: Permitir la salida de las fuerzas nacionales y la introducción de tropas extranjeras.
Inc. 29: Declaración de estado de sitio.
Inc. 30: Darle legislación exclusiva a la capital de la nación.
Inc. 31: Disponer la intervención federal a una provincia o a la ciudad de Buenos Aires.
Inc. 32: Hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes.
2- El poder ejecutivo de la Nacional es desempeñado por un ciudadano con el título de “presidente de la nación “. Las atribuciones del Poder Ejecutivo son las siguientes:
Articulo 99
Inc. 1: Es el jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país.
Inc. 2: Remite las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación.
Inc. 3: Participa de la formación de las leyes con arreglo a
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