Autonomía colectiva y sistema de relaciones laborales
Enviado por lojaelkourti8 • 26 de Febrero de 2019 • Apuntes • 672 Palabras (3 Páginas) • 158 Visitas
TEMA 1: Autonomía colectiva y sistema de relaciones laborales.
La Autonomía Colectiva surge cuando existe un fenómeno social que hay que regular: la necesidad de regulación de la dimensión colectiva del trabajo por cuenta ajena.
Desde ese momento los trabajadores individuales pueden unirse para trabajar de manera colectiva para poder enfrentarse al empleador, por eso aparece la dimensión colectiva, cuando los trabajadores adquieren la conciencia de que son obreros y quieren actuar de manera colectiva.
El Derecho colectivo es un instrumento jurídico que sirve para defender a dichos trabajadores que luchan contra el empresario para conseguir más derechos individuales. De ahí nace el denominado convenio colectivo que marca unas normas que mejorarán las condiciones que la ley establece. El derecho colectivo también es un instrumento que sirve para participar a nivel institucional (a través de los agentes sociales).
Los sindicatos en los últimos años han sido desprestigiados por los últimos escándalos, actualmente solo hay un porcentaje de afiliación del 16% en España, más bajo que el de Francia. Este porcentaje tan bajo de afiliación se debe en parte por el sistema jurídico español. Podemos pensar que ese 16% es la gente que verdaderamente está comprometida con la causa, pero veremos más adelante en los siguientes temas por qué está ocurriendo esto.
Existen sindicatos más representativos estatales o autonómicos y sindicatos representativos en un ámbito funcional y territorial determinado:
Son sindicatos más representativos estatales los que acreditan un 10% de audiencia electoral en el Estado y lo federados a los mismos por irradiación.
Son sindicatos representativos autonómicos los que acrediten un 15% de audiencia electoral y 1500 representantes en la Comunidad Autónoma y los federados a los mismos por irradiación.
Son sindicatos representativos los que acrediten un 10% de audiencia electoral en un ámbito funcional y geográfico determinado.
AUTONOMIA COLECTIVA: El derecho laboral colectivo se basa en la autonomía colectiva, en el que los grupos van a tener la potestad para organizarse y actuar para la defensa de sus intereses. Van a defender la suma de los intereses individuales pero también van a defender el interés colectivo que es distinto de la suma de los intereses individuales. Es el interés del grupo, que puede llegar a ser contrario al interés de unos pocos.
Para defender estos intereses, la Autonomía Colectiva se compone de 3 pilares:
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